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Rector Rondón anuncia que venezolanos no deben ser sancionados por ejercer derechos constitucionales
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Rector Rondón anuncia que venezolanos no deben ser sancionados por ejercer derechos constitucionales

martes 23 de agosto de 2016, 21:40h
El rector del Consejo Nacional Electoral (CNE), y presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento (Copafi), Luis Emilio Rondón, afirmó este martes que los venezolanos no deben ser sancionados por "simplemente ejercer sus derechos constitucionales".
"Cualquier venezolano debería ejercer su derecho sin que tenga que estar sancionado o expuesto a que dentro de organismos públicos le estén señalando y que deba poner su cargo a la orden(...) uno debe rechazarlo con toda fuerza, no hay ningún tipo de limitaciones y sanciones a venezolanos que sencillamente estén haciendo el ejercicio de sus derechos políticos, a eso corresponde", destacó el rector Rondón durante una entrevista con César Miguel Rondón en Unión Radio.

Apuntó que la normativa del 2007 no está cónsona con la realidad actual de garantizar un ejercicio de los derechos políticos constitucionales "de forma efectiva, encauzado dentro de los principios de celeridad que garantice los supuestos constitucionales para el ejercicio de este derecho fundamental como corresponde que los venezolanos puedan evaluar a un funcionario".

Indicó que este lunes "finalmente la norma dispone de 15 días para que este cuerpo de Copafi, la cual presido, aprobara el escrito de participación presentado por la MUD, que verificara el cumplimiento del artículo 18 de las propias normas que se han señalado en varias oportunidades, donde está establecida la distintas fases de solicitud de la fase del referendo(...) ayer finalmente fue aprobado y remitido al CNE y en esta semana debe concretarse la reunión del plenario del CNE para entonces verificar la recomendación de procedencia que ayer fue aprobado por Copafi".

Reprochó que "si estamos hablando de esta determinación y estamos con el propósito de garantizar un proceso electoral justo, no considero que lo conveniente es que la respuesta se de siempre a finalizar el término, debemos nosotros hacer el esfuerzo por las distintas actividades que están por cumplirse en las fases de los procedimientos".

Rondón destacó que "es importante que el organismo electoral en el uso de los propios principios que la normativa nos obliga, en este caso como es el principio de la imparcialidad, en la determinación y evaluación de las distintas actividades estamos hablando de lapsos, no términos, hay que distinguir claramente lo que corresponde al ejercicio de una facultad que está dentro de una temporalidad que puede cumplirla, por ejemplo de un lapso de 15 días , bueno a partir del primer dia, segundo día, no el último. Desafortunadamente gran parte de las actividades como se han estado considerando dentro del CNE se han evaluado, a mi juicio, como si fueran términos y no lapsos, en consecuencia se han estado aprobando y generando concensos en virtud del cumplimiento del ultimo dia del lapso".

Aclaró que "esta semana entonces debe notificarse a la organización política de las resultas de la decisión del CNE y se abre un lapso de 15 días hábiles para el alistamiento, por parte de la junta nacional electoral de los centros de recolección de manifestaciones de voluntad para el 20%".
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