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De la belga Ingrid Sartiau

En España la Justicia admitió una demanda de paternidad contra el Rey Juan Carlos

En España la Justicia admitió una demanda de paternidad contra el Rey Juan Carlos

miércoles 14 de enero de 2015, 08:57h
Se tambalean aún más los antiguos cimientos de la Casa Real. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda de paternidad presentada por la belga Ingrid Sartiau contra el Rey don Juan Carlos, algo que evidencia que su retirada de la Corona ahorró más disgustos a la monarquía española, ahora encabezada por Felipe VI.
Los 12 magistrados de la Sala Primera se han reunido en una sesión plenaria teniendo encima de la mesa dos demandas junto a los informes de la Fiscalía contrarios a su tramitación al considerar que no se acompañan del principio de prueba que establece el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
 
   Han rechazado admitir la demanda del español Alberto Solá, que decía que la inviolabilidad del Rey no afecta a las conductas privadas que realizó cuando no era jefe de Estado.
 
   La defensa de la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau aportó al Supremo una carta remitida a la Casa Real el 24 de abril de 2013 en la que esta mujer lamenta haber acudido a la vía judicial para solventar su filiación paterna y afirma haber sido presionada por Solá "y por los medios".
 
   "Y por eso no hay ninguna base para admitir la demanda, porque si Ingrid Sartiau no es hermana de padre de Alberto Solá Jiménez ¿qué demanda admitimos? La de Ingrid o la de Alberto, y la consecuencia lógica es que ninguna de las dos, pues no aportan ninguna el principio de prueba exigido por el artículo 767 de la Ley de Enjuiciamiento Civil", concluye la Fiscalía.
 
   La Sección número 24 de la Audiencia Provincial de Madrid tenía previsto celebrar en septiembre una vista en la que iba a deliberar sobre el recurso de apelación presentado por el abogado de Solá, Francesc Bueno, contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 34 de archivar este caso por la inviolabilidad que la Constitución otorgaba al entonces jefe del Estado español.
 
    El abogado amplió sus alegaciones tras la abdicación de don Juan Carlos y la Audiencia de Madrid elevó la causa al Tribunal Supremo tras los "términos rotundos" de la ley orgánica 4/2014, del 11 de julio, que dispone en su disposición transitoria que los tribunales que estén conociendo de hechos relacionados a los nuevos aforados deberán suspender su tramitación y remitirlos "inmediatamente" al alto tribunal.
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