De la belga Ingrid Sartiau
En España la Justicia admitió una demanda de paternidad contra el Rey Juan Carlos
miércoles 14 de enero de 2015, 08:57h
Se tambalean aún más los antiguos cimientos de la Casa Real.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda de
paternidad presentada por la belga Ingrid Sartiau contra el Rey don Juan
Carlos, algo que evidencia que su retirada de la Corona ahorró más disgustos a
la monarquía española, ahora encabezada por Felipe VI.
Los 12 magistrados de la Sala Primera se han reunido en una
sesión plenaria teniendo encima de la mesa dos demandas junto a los informes de
la Fiscalía contrarios a su tramitación al considerar que no se acompañan del
principio de prueba que establece el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
Han rechazado
admitir la demanda del español Alberto Solá, que decía que la inviolabilidad
del Rey no afecta a las conductas privadas que realizó cuando no era jefe de
Estado.
La defensa de la ciudadana belga Ingrid
Jeanne Sartiau aportó al Supremo una carta remitida a la Casa Real el 24 de
abril de 2013 en la que esta mujer lamenta haber acudido a la vía judicial para
solventar su filiación paterna y afirma haber sido presionada por Solá "y
por los medios".
"Y por eso no
hay ninguna base para admitir la demanda, porque si Ingrid Sartiau no es
hermana de padre de Alberto Solá Jiménez ¿qué demanda admitimos? La de Ingrid o
la de Alberto, y la consecuencia lógica es que ninguna de las dos, pues no
aportan ninguna el principio de prueba exigido por el artículo 767 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil", concluye la Fiscalía.
La Sección número
24 de la Audiencia Provincial de Madrid tenía previsto celebrar en septiembre
una vista en la que iba a deliberar sobre el recurso de apelación presentado
por el abogado de Solá, Francesc Bueno, contra la decisión del Juzgado de
Instrucción número 34 de archivar este caso por la inviolabilidad que la
Constitución otorgaba al entonces jefe del Estado español.
El abogado amplió
sus alegaciones tras la abdicación de don Juan Carlos y la Audiencia de Madrid
elevó la causa al Tribunal Supremo tras los "términos rotundos" de la
ley orgánica 4/2014, del 11 de julio, que dispone en su disposición transitoria
que los tribunales que estén conociendo de hechos relacionados a los nuevos
aforados deberán suspender su tramitación y remitirlos "inmediatamente"
al alto tribunal.