El caso Petro en Colombia
Por
José Méndez La Fuente
viernes 27 de diciembre de 2013, 09:38h
Cuando alguien que está ocupando un cargo público de
elección popular, es destituido del mismo por una sentencia condenatoria
emitida por un tribunal, después de un juicio realizado dentro del marco legal
de un país y como consecuencia, todo ello, de haber sido acusado de un delito,
puede afirmarse que nos encontramos en presencia de un acto de justicia. Pero
cuando ese mismo funcionario es sacado de su cargo por la decisión de otro funcionario, sin procedimiento legal alguno, sin que tenga la
oportunidad de defenderse y, sobre todo, sin que la causa de la remoción esté clara, no hay duda de que estamos en
presencia de un caso político, de venganza
política. En Colombia se habla de conspiración política.
Pareciera que esto fue lo que le pasó al, hasta no hace
poco, Alcalde de Bogotá Gustavo Petro, quien fue destituido de su
puesto por el Procurador de Colombia Alejandro Ordóñez e inhabilitado por 15
años para el ejercicio de cargos públicos. Petro tiene derecho todavía a un
recurso de reposición ante la misma Procuraduría, que deberá ser resuelto en un
plazo de más o menos un mes. Se trata del segundo alcalde de Bogotá en ser
destituido. En mayo del 2011, la Procuraduría también defenestró al entonces
alcalde Samuel Moreno por omisión en la vigilancia de la ejecución de contratos
de las obras públicas. Moreno, quien siempre ha negado los cargos, está en
prisión desde septiembre del 2011 por decisión judicial. Alejandro Ordóñez es
también, el mismo procurador que inhabilitó en el 2010 a la senadora
Piedad Córdoba por 18 años.
En el caso especifico de Petro, el
origen de la drástica decisión del Procurador estaría en el caos de la recolección de
la basura en la ciudad de Bogotá en
diciembre del año pasado, cuando el entonces alcalde, cambió el modelo que
venía operando, municipalizando el servicio, con lo cual resultaron afectados los intereses de las empresas privadas que lo venían
prestando tradicionalmente y que algunos
sectores políticos vinculan con el "uribismo" y la derecha tradicional.
Como consecuencia de esa decisión, por
lo demás y a nuestro modo de ver, dentro
de las funciones de un alcalde, durante
casi una semana la capital colombiana estuvo inundada de basura, lo que
llevó a que por esa
"irresponsabilidad", el Procurador de la
Nación decidiera aplicar el Código Único Disciplinario (Ley 734 del
2002) y destituir al funcionario, quien ocupaba el segundo cargo de elección
popular más importante de Colombia, después del de Presidente de la República.
Con razón el propio Petro dijo en días pasados, que si en lugar de Alcalde,
hubiese sido el Presidente, el Procurador
hubiese consumado un golpe de Estado.
Y aquí está el quid del asunto, pues más allá de la
competencia legal que pueda tener el Procurador, lo que hay que plantearse es si
algún órgano del estado, que no sea el propio poder judicial, puede en justicia
y sin que se preste como un instrumento de anulación o revancha política al
servicio de intereses, subalternos,
tener la potestad de cesar a un funcionario electo por los votos del poder
popular. Yo creo que ninguna ley puede darle esa atribución. Ni siquiera el
Presidente de Colombia que es a quien el
Art 323 de la Constitución colombiana le
da realmente la potestad de destitución del
Alcalde Mayor, en los casos taxativamente señalados por la ley, una vez
oído el informe del Procurador; lo cual,
por cierto, no ocurrió en este caso pues el Procurador aplicó la supuesta
sanción disciplinaria directamente.
Al igual que ocurre en Venezuela con la Contraloría General
de la República, el caso Petro sirve para demostrar que determinados cargos
públicos designados a dedo, pueden cumplir un rol retorcido ligado a fines
políticos particulares, por lo que hay quienes piensan que quien debería haber
sido enjuiciado y destituido es el
Procurador de la Nación en el país vecino.
Ahora bien, uno de los puntos que requiere una explicación
lógica en Venezuela, pues en Colombia está claro que la sanción justa o no,
destituye al funcionario de su cargo "ipso facto", es cómo quienes resultan inhabilitados
estando en ejercicio de un cargo público, no pueden ser elegidos para las
próximas elecciones, pero sí mantenerse en el puesto donde supuestamente
cometieron la irregularidad administrativa objeto de la sanción, o lo que es
más grave, un delito de corrupción. Lo cual no deja dudas, sobre
cuál es la verdadera intención que está
detrás de las inhabilitaciones políticas en nuestro país.
Aunque la "lógica" del asunto es un tanto diferente en ambos
países, la finalidad al final, es la misma.
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