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Para evitar la doble imposición

Aprobaron el convenio fiscal entre Argentina y España

Aprobaron el convenio fiscal entre Argentina y España

miércoles 18 de diciembre de 2013, 13:35h
A través de la Ley Nº 26.918 publicado en el Boletín Oficial, el Congreso argentino aprobó un nuevo Convenio entre la Argentina y España con el objetivo de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio.
El texto de la nueva norma contempla todas las cuestiones planteadas oportunamente por la Argentina a través de la Comisión Evaluadora y Revisora de los Convenios para evitar la Doble Imposición, presidida por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
 
El nuevo convenio soluciona inconvenientes principalmente sobre la base de las siguientes cuestiones:
 
-Le devuelve a la Argentina la potestad tributaria para gravar las participaciones de residentes españoles en sociedades argentinas (Impuesto sobre los Bienes Personales), lo que genera un ingreso adicional al fisco argentino de más de $ 500 millones anuales;
 
-Se moderniza la cláusula de intercambio de información tributaria, en línea con los estándares internacionales del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información, y;
 
-Se incluye un memorándum de entendimiento tendiente a evitar situaciones de abuso del Convenio a los efectos de evitar planificaciones fiscales nocivas. Esto fundamentalmente con el objeto de impedir el uso abusivo del régimen español de Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE).
 
El pasado mes de marzo se firmó en Buenos Aires el nuevo convenio, que sustituyó al firmado en Madrid el 21 de julio de 1992, el cual había sido denunciado, de manera unilateral, por Argentina, con fecha 29 de junio de 2012. Esta denuncia implicó que dicho convenio dejó de tener efectos desde el 1 de enero de 2013.
 
   Según el Ministerio de Hacienda, el nuevo convenio supone una mejora y actualización del anterior y facilita la cooperación entre las autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones, potenciando el intercambio de información de trascendencia tributaria entre ambos países.
 
   En concreto, el convenio introduce pequeñas modificaciones, como las previstas en el ámbito de la imposición sobre el patrimonio o de los intereses, manteniéndose en el resto del articulado en términos análogos al convenio denunciado.
 
   El convenio se acompaña de un memorando de entendimiento, en el que se contienen varias cláusulas de limitación de beneficios con el objetivo de poder atacar aquellas situaciones en las que se pudiera producir una utilización "abusiva" del convenio.
 
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