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Apoya una propuesta de ley del PSOE-A

El Parlamento plantea una moratoria de dos años para el 'fracking'

El Parlamento plantea una moratoria de dos años para el 'fracking'

miércoles 10 de diciembre de 2014, 19:27h
El Pleno del Parlamento ha aprobado este miércoles la toma en consideración de una proposición de ley del PSOE-A, que ha sido apoyada por IULV-CA y rechazada por PP-A, para que en Andalucía se establezca una moratoria de dos años en la aplicación de la fractura hidráulica como técnica de investigación, exploración y extracción del gas de esquisto o convencional, técnica más conocida como 'fracking'.

   En cambio, no salió adelante la toma en consideración de la proposición de ley de IULV-CA, que contó con el rechazo del PP-A y la abstención de PSOE-A, en la que se planteaba la prohibición directa en toda la comunidad de la realización de actividades de prospección, exploración, investigación o explotación de hidrocarburos y gases de roca y no convencionales que supongan, en todo el proceso o en parte, la utilización de las técnicas de fractura hidráulica con inyección de fluidos y/o de otros aditivos químicos.

   Esta moratoria, según consta en el Ley del grupo socialista, podrá ser prorrogada "hasta que no existan estudios científicos que determinen, con el máximo nivel de certeza, que la utilización de esta técnica no tiene afección negativa para las personas, las aguas y el medio ambiente en general".

   La ley que ha sido tomada en consideración y que ahora se tramitará en comisión consta de cinco artículos, de una disposición transitoria y de una disposición final. En su artículo 1 señala que, "como medida preventiva, y en base al principio de precaución recogido en el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dado que el proceso de fractura hidráulica puede tener efectos potencialmente peligrosos y puesto que el conocimiento científico actual no permite garantizar que su utilización no afecta negativamente a la salud de las personas, a la calidad de las aguas subterráneas, a la calidad del aire y a la protección y conservación de los recursos naturales", Andalucía establece "una moratoria de dos años en la aplicación de la fracturación hidráulica como técnica de investigación, exploración y extracción del gas de esquisto o convencional".

   Se añade que ese plazo de dos años podrá ser prorrogado hasta tanto no existan estudios científicos que determinen, con el máximo nivel de certeza, que la utilización de esta técnica no tiene afección negativa para las personas, las aguas y el medio ambiente en general.

   El artículo 2 de la ley establece que, con el objetivo de salvaguardar los valores protegidos del territorio andaluz, no se autorizará la técnica de la fracturación hidráulica, ni la construcción de infraestructuras e instalaciones con este destino, en terrenos pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, terrenos de la Red Natura 2000, y en los suelos urbanos, suelos urbanizables y suelos no urbanizables sujetos a algún régimen de protección.
   El artículo 3 recoge que, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación estatal en esta materia, la autorización de la técnica de fractura hidráulica tendrá que contar, con carácter previo a la misma, con la Autorización Ambiental Unificada o integrada en los términos establecidos en el Anexo I de la ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y sus modificaciones.

   Se añade que, en el procedimiento de evaluación, deberá quedar garantizado que la aplicación de dicha técnica no afecta negativamente a la salud de las personas, a los recursos hídricos y calidad de las aguas, y a las características geológicas, ambientales, paisajísticas y socioeconómicas de la zona y siempre que existan garantías suficientes a nivel científico.

   El procedimiento de autorización de la técnica de fractura hidráulica estará sometido a informe de Evaluación de Impacto en Salud en los términos previstos por el artículo 58.3 de la ley 16/2011, de 23 de diciembre de Salud Pública de Andalucía, según establece el artículo 4 de la proposición de ley.

   Por último, el quinto artículo recoge que las autoridades competentes garantizarán la participación de la ciudadanía en los procedimientos de autorizaciones que se lleven a cabo e informarán a la población de las afecciones y posibles riesgos en la utilización de la técnica de fractura hidráulica.

   Así, se agrega que periódicamente se publicará información sobre  el número de pozos terminados y de proyectos previstos en los que intervenga la fracturación hidráulica de alto volumen; el número de autorizaciones concedidas, nombre de los correspondientes operadores y condiciones de las autorizaciones, y de los incidentes relacionados con impactos sobre el medio ambiente o la salud humana.

   La disposición transitoria única determina que a las solicitudes de autorización de la técnica de la fractura hidráulica en labores de investigación, prospección o explotación que se encuentren en trámite les serán de aplicación las prohibiciones y limitaciones contenidas en esta ley.

RECHAZO DE LA LEY DE IULV-CA 

 En cuanto a la proposición de ley de IULV-CA, que ha sido rechazada, recogía en su primer artículo que queda prohibida en todo el territorio de Andalucía la realización de actividades de prospección, exploración, investigación o explotación de hidrocarburos y gases de roca y no convencionales que supongan, en todo el proceso o en parte, la utilización de las técnicas de fractura hidráulica con inyección de fluidos y/o de otros aditivos químicos.

   De igual forma, añadía que queda prohibido, sin excepciones, en todo el territorio de la Comunidad, la reinyección en el subsuelo de los flujos de retorno o de desecho, consecuencia de la explotación de fuentes de energía fósil. En el segundo artículo, se determina que la utilización de las técnicas referidas en el artículo 1 será considerada como una actividad y un uso del suelo prohibido en toda clase de suelo, a efectos de planificación territorial y de aplicación de la legislación urbanismo y reguladora de las actividades.

   En una disposición transitoria única se señalaba que la prohibición contenida en esta ley será de aplicación a los permisos o peticiones de autorización para realizar investigaciones, prospecciones o explotaciones que estén actualmente en trámite, así como la suspensión de las autorizaciones que se hayan podido conceder con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, que utilicen, en todo o en parte, técnicas de fractura hidráulica.

   El diputado de IULV-CA Manuel Baena ha manifestado que el coste de la técnica del fracking es muy superior a los beneficios de las extracciones y ha alertado de que el 80 por ciento de las prospecciones se realizan sobre o próximas a acuíferos, que se verían afectados según diversos estudios de ecologistas. Ha querido dejar claro que su formación no presenta esta ley por  motivos electorales, sino por la amenaza cada vez más creciente de que se llegue a desarrollar esta técnica.

   La parlamentaria del PSOE-A Josefa Vioque ha indicado que, sin duda, hay muchas incertidumbres y posicionamientos enfrentados sobre los efectos negativos que esta técnica produce sobre la salud y el medio ambiente. Ha apuntado que son numerosas las asociaciones, los partidos y gobiernos que denuncian las graves afectaciones ambientales y para la salud del fracking, que ha generado una "gran alarma social".

   El diputado del PP-A Juan Gázquez se ha preguntado por qué los gobiernos de Manuel Chaves y de José Antonio Griñán autorizaron tantas concesiones en Andalucía para explotar mediante el fracking, si tan arriesgada es esta técnica. Ha manifestado que es incomprensible que PSOE-A e IULV-CA, siendo un mismo gobierno, traigan cada uno su proyecto de ley sobre este asunto, en lugar de plantear un único texto consensuado, serio y riguroso, lo que evidencia que están cerca las elecciones municipales.
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