Dueño del ingenio Ledesma
Blaquier muy cerca de ir a juicio por 29 secuestros y otros delitos
domingo 19 de enero de 2014, 14:57h
El dueño del ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier, será al
parecer el primer integrante de la elite empresarial en comparecer a juicio
oral y público, tras ser procesado en 2013 por su participación en 29
secuestros y otros delitos de lesa humanidad cometidos durante la última
dictadura cívico militar en la provincia de Jujuy.
"Aunque los procesamientos de Blaquier y de (el
exadministrador de Ledesma) Alberto Lemos están apelados por todas las partes
(querellantes, defensas y fiscalía), nada impide avanzar en la elevación a
juicio", dijeron a Télam fuentes judiciales.
Una vez concluida la feria judicial de enero, el juez
federal de Jujuy, Fernando Poviña, podría dar por finalizada la etapa de
instrucción, y en consecuencia pedir la elevación a juicio, en las dos causas en
que están procesados Blaquier y Lemos, estimaron las fuentes consultadas.
La Cámara Federal de Salta, como tribunal de alzada,
confirmó en 2013 ambos procesamientos, resueltos por Poviña, como partícipes de
los delitos de privación ilegítima de la libertad y torturas, entre otros, en
perjuicio de numerosas víctimas.
Blaquier y Lemos están acusados de haber proporcionado
camionetas del Ledesma, el mayor ingenio azucarero del país, para el traslado
de los secuestrados en la Noche del Apagón, en julio de 1976, y otras
operaciones represivas en localidades jujeñas como Libertador General San
Martín, Calilegua y El Talar.
Mientras tramitan las apelaciones de estos procesamientos,
la Cámara Federal de Casación Penal debe resolver además si convalida o no el apartamiento
del fiscal ad hoc Pablo Pelazzo, resuelto por la Cámara Federal de Salta en una
decisión duramente criticada por querellantes y organismos de derechos humanos.
La defensa de Blaquier, que por el momento tuvo éxito en
lograr el apartamiento de Pelazzo, fracasó en cambio en el intento de recusar
al juez Poviña mediante una presentación rechazada en diciembre del año pasado
por la misma Cámara.
En el pedido de recusación había atribuido al juez "un
sentimiento de empatía con quienes han sufrido los crímenes aberrantes del
terrorismo de Estado" y deducía en consecuencia una "imposibilidad de
impartir justicia con objetividad e imparcialidad".
También en 2013, acaso en vista de la proximidad del juicio
oral, Blaquier dejó a los 86 años la presidencia del Ledesma, que ejerció desde
1970, y delegó la conducción de la empresa en sus hijos Carlos Herminio y
Santiago.
Al confirmar los procesamientos, la Cámara Federal de Salta
señaló que en las privaciones ilegales de la libertad investigadas Blaquier actuó
como "partícipe necesario", mientras que Lemos lo hizo como
"partícipe secundario".
En la denominada "Causa Aredez", en agosto de 2013
los procesó por el delito de privación ilegitima de la libertad agravada de
tres víctimas, entre ellas el médico Luis Ramón Aredez, exintendente de
Libertador, la localidad donde se hallan radicadas la planta de Ledesma y La
Rosadita, residencia de los Blaquier.
El fallo señaló que "las fuerzas de seguridad (que)
operaron aquella madrugada (el 24 de marzo de 1976) y días posteriores,
contaron con la autorización dada, prima facie, para el uso de vehículos de la
empresa y que tal asentimiento fue prestado por el Presidente del Directorio
(Blaquier) y ejecutada por su Administrador General (Lemos)".
"Tratándose de una empresa de la envergadura y grado de
organización que poseía Ledesma, era imposible disponer de sus vehículos y
apoyo logístico, sin instrucciones o aquiescencia del Presidente del
Directorio", abundó el fallo.
Con similar fundamento, la Cámara confirmó en diciembre
último los procesamientos de Blaquier y Lemos en la "Causa Burgos",
en un fallo que insumió más de 200 fojas, que consideró en particular la
represión de la Noche del Apagón, del 20 al 21 de julio de 1976.
El tribunal afirmó que esa represión "no pudo
coordinarse sino con antelación", y que "el uso de las camionetas y
trailers de la empresa no pudo ser sorpresivamente requerido y decidido el
mismo 20 de julio y con el absoluto desconocimiento de los responsables o
administrador de la empresa".
Respecto de un argumento de la defensa de los acusados, la
Cámara consideró "muy poco creíble que estos rodados pertenecientes a una
poderosa empresa nacional y provincial, hubiesen sido retirados sin ningún
control, sin ninguna constancia, sin ninguna protesta u otro indicio semejante,
que desvincule a los responsables del patrimonio societario o logístico de la
empresa".
También expresó la presunción de que "existieron
contactos y solicitudes previas con directivos de la empresa para confeccionar
el listado de las personas que iban a ser (ilegalmente) detenidas, ubicar sus
domicilios, el horario, el personal y los móviles que se utilizarían para tales
fines".
"Difícilmente se pueda afirmar que la empresa no haya
tenido conocimiento de las detenciones que se estaban produciendo en tan
pequeñas y cercanas localidades y que no se haya visto, por lo menos,
beneficiada de esta situación a todas luces anormal; ya que se liberó de la
presencia sindical en el establecimiento y ahuyentó la posibilidad de reclamo
alguno de los empleados frente al temor de correr la misma suerte", apuntó
el fallo.
Finalmente, sostuvo la validez de "la prueba
testimonial como único sostén de la imputación" y recordó que la
metodología del terrorismo de Estado incluyó "la destrucción de todo tipo
de registros y documentación", incluidos los mismos centros clandestinos
de detención, "justamente para dificultar la investigación y juzgamiento
de los perpetradores".