A evadir a otra parte
Cancelan más de 300 mil CUIT de empresas "fantasmas"
viernes 10 de agosto de 2012, 23:19h
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la baja de unas 318.000 sociedades "fantasmas", que se utilizan mayoritariamente para evadir impuestos.
Lo hizo a través de la Resolución General 3358 publicada en el Boletín Oficial, que posibilitará la cancelación de 318.774 Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) de "sociedades fantasma"; en su mayoría, firmas dedicadas al comercio, los servicios inmobiliarios, la industria manufacturera y la construcción.
Allí se especifica que la decisión abarca a las firmas inscriptas antes del 1 de enero de 2011, y busca "fortalecer" las acciones de control y "atacar" distintas maniobras.
La medida abarca desde las empresas creadas para funcionar como "carpetas" o "usinas" destinadas a facilitar la evasión fiscal, hasta aquellas que se utilizan para comprar inmuebles y así sacarlo del patrimonio de la persona por cuestiones de responsabilidad "o casos de maridos que quieren ocultarle el patrimonio a su mujer".
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, adelantó en la jornada del jueves que se cancelará la CUIT a más de 150.000 Sociedades Anónimas, y a unas 152.500 Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Otras 16.000 restantes pertenecen a otros tipos societarios, como colectivas, comandita simple, comandita por acciones, de capital e industria, y contratos de colaboración empresaria.
En cuanto a los parámetros para cancelar a la empresa, el funcionario informó que se analizarán a las firmas que no registren altas en impuestos o regímenes, y a las que no hubieren presentado declaraciones juradas determinativas.
En el caso de que sí hayan presentado, se considerará si informaron ventas en el impuesto al Valor Agregado (IVA) o ventas/ingresos en Ganancias, y si cuentan con una nómina de empleados activos.
Echegaray precisó que 78% de las empresas canceladas no presentaron una Declaración Jurada; 21% no declaró empleados y 1% no estaba de alta en ningún impuesto.
El comercio es la principal actividad declarada por estas firmas, con 29%; 16% declaró dedicarse a la actividad manufacturera; 15% a los servicios inmobiliarios y 8% a la construcción.
La resolución publicada hoy señaló que "los sujetos" comprendidos por la medida, "serán evaluados periódicamente teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la fecha de inscripción ante la AFIP y el cumplimiento dado a la obligación de presentar las respectivas declaraciones juradas"