El represor todavía le da la cara para hacer pedidos
La Corte Suprema rechazó un recurso de Astiz
lunes 21 de octubre de 2013, 17:31h
La Corte rechazó un recurso de la defensa del represor para
intentar que sea el fuero Contencioso Administrativo y no el penal el que trate
un reclamo que le efectúa al Ministerio de Defensa por la prohibición de
atención médica en hospitales militares a condenados por delitos de lesa
humanidad.
Fuentes judiciales indicaron este mediodía que los ministros
Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Maqueda,
Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay entendieron que el planteo de la abogada
María Laura Bonomi, letrada del destituido marino, "no se dirige contra una
sentencia definitiva o equiparable a tal", motivo por el cual lo desestimaron.
La cuestión de competencia se originó ante un reclamo de
Astiz contra la resolución 85/13 del Ministerio de Defensa que establecía la
"prohibición de atención médica en hospitales militares o unidades de
salud dependientes de las Fuerzas Armadas, de personas condenadas penalmente o
procesadas con privación preventiva de la libertad que tengan o hayan tenido
estado militar".
Esa causa tramitó ante el juzgado Contencioso Administrativo
2 a cargo de Esteban Furnari quien se declaró incompetente y remitió el
expediente a la Justicia Federal para que decida qué juez debe intervenir, pero
ello fue apelado por Bonomi quien argumentó un supuesto "abandono de persona".
La sala II de la Cámara del fuero -con la firmas de los
magistrados Luis Márquez, María Claudia Caputi y José Luis Castiñeira- confirmó
esa sentencia y dispuso que el tema debe ser resuelto en sede penal, tal como
ahora lo ratificó la Corte.
"Las recomendaciones médicas relevantes, el traslado y
lo referente al lugar de alojamiento" son de "exclusiva competencia del
Tribunal de ejecución", dijo la Cámara, que agregó que "toda decisión
(...) es exclusiva competencia del juez a cuya disposición se encuentra el
imputado".