Dictamen de la Unidad de Información Financiera
Multan con 5,4 millones de pesos al banco HSBC por no reportar una operación sospechosa de lavado
martes 11 de junio de 2013, 14:52h
La Unidad de Información Financiera (UIF) aplicó una multa
de 5,4 millones de pesos al HSBC Bank Argentina por no haber reportado una
operación sospechosa de lavado de activos
La sanción alcanza tanto a la entidad bancaria como al
director responsable antilavado, y al oficial de cumplimiento de las normas
contra el blanqueo de activos y el financiamiento del terrorismo.
La multa, establecida mediante la resolución UIF 189/13, fue
aplicada en virtud de un sumario iniciado a la entidad bancaria en marzo de
2010.
Apenas iniciada la gestión del titular del organismo, José
Sbattella, "se detectó que el HSBC no había reportado como sospechosa una
maniobra de más de cinco millones de pesos realizada en 2007, que resultaba
injustificable según el perfil patrimonial del cliente", detalló un
comunicado.
El depositante había declarado vivir de una renta que no
alcanzaba los 3 mil pesos por mes.
Además, de acuerdo con los registros de la AFIP, la persona
no presentaba bienes a su nombre y no poseía declaraciones juradas del Impuesto
al Valor Agregado, respecto de los períodos posteriores a mayo de 2005.
Tampoco existían declaraciones juradas respecto del Impuesto
a las Ganancias Personas Físicas, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta ni
aportes a la seguridad social.
A pesar de ello, el banco no consideró sospechoso el
depósito de más de cinco millones de pesos en la cuenta del rentista, ni aún
que este dinero fuera luego debitado en el curso de un mes bajo la modalidad
"Cheques 48 horas".
Los cheques librados por 500 mil y 232 mil pesos tuvieron
como destinatario a una misma persona jurídica.
La operatoria descripta -señaló la UIF- se ajustaba a varios
de los puntos de la "Guía de transacciones inusuales o sospechosas en la órbita
del sistema financiero y cambiario" y "operaciones a través de cuentas
bancarias", que regulaban al sector.
Tras iniciarse el sumario, el banco presentó el reporte de
la operación realizada casi tres años antes, pero la UIF señaló que tal
presentación resultaba "extemporánea y defectuosa".
La normativa antilavado vigente al momento de los hechos
establecía, concretamente, un plazo de seis meses para reportar la operación
sospechosa.
Ante tal infracción al régimen de prevención y control del
lavado de activos, el organismo de control resolvió multar al HSBC y a los dos
funcionarios responsables del incumplimiento por el mismo monto de la
operatoria no reportada.