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Duro revés para el oficialismo

La Corte rechazó el per saltum presentado por el gobierno nacional

La Corte rechazó el per saltum presentado por el gobierno nacional

martes 11 de diciembre de 2012, 14:23h
El máximo tribunal se reunió en dos oportunidades y al cabo del último encuentro decidió rechazar la presentación del gobierno, al confirmar que el juez Alfonso deberá expedirse sobre el artículo 161.
La Corte Suprema de Justicia confirmó que el juez Civil y Comercial federal Horacio Alfonso deberá expedirse sobre la constitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Medios, al rechazar el per saltum presentado por el gobierno nacional para que resuelva sobre la extensión de la medida cautelar dispuesta a favor del Grupo mediático, que mantiene suspendida la plena aplicación de la norma.


Previamente, los miembros de la Corte buscaron acuerdo con la presencia plena de todos los jueces, incluso adelantando un día antes la habitual fecha de los martes.


La medida cautelar interpuesta por Clarín frena la plena aplicación del artículo 161 de la norma, que obliga a los licenciatarios a desprenderse de las que excedan el cupo de 24 permitido en cable y las 10 en canales de aire.


A fines de noviembre, la propia Corte había ordenado al juez Alfonso, que trabaja en el amparo del Grupo Clarín contra la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios dicte una "sentencia definitiva de inmediato", y al mismo tiempo no hizo lugar al planteo para extender la medida cautelar más allá del 7 de diciembre, aunque el jueves pasado la Sala  de la Cámara Civil y Comercial extendió el amparo que beneficia al grupo mediático.


Tras esta decisión de la Corte, el juez Alfonso deberá decidir sobre la denominada "cuestión de fondo" de la constitucionalidad o no del artículo en cuestión.


Zaffaroni manifestó su disidencia con el fallo de la Corte



El ministro de la Corte Suprema manifestó su disidencia al firmar el fallo que rechazó el per saltum presentado por el gobierno nacional para que se resuelva sobre la extensión de la medida cautelar dispuesta a favor del Grupo Clarín.


La decisión de ampliar el alcance de la cautelar interpuesta por el Grupo Clarín sobre el artículo 161 que impide la plena aplicación de la Ley de Medios, fue adoptada el jueves por la Sala I de la Cámara Civil y Comercial, y fue contraria a la decisión de la propia Corte fijando el 7 de diciembre como último plazo para la vigencia de la cautelar solicitada por el grupo empresario.


En ese marco, el ministro de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni manifestó su postura disidente a través de "una ampliación de fundamentos", donde se refirió al apartado 3 de los considerandos del fallo que lleva la firma de los siete miembros de la Corte, aunque sólo con el voto favorable en debate de Carlos Fayat, Enrique Petracchi y Carmen Argibay.


Si bien el magistrado acompañó la firma del fallo con el resto de los miembros del máximo tribunal que no participaron de la votación (Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Elena Higton de Nolasco), la decisión de rechazar el pedido del gobierno quedó supeditada sólo a la aprobación de tres de los siete miembros de la Corte.


Zaffaroni expuso que "de verificarse la existencia de la contradicción invocada por el recurrente, podría importar un alzamiento de la instancia ordinaria contra decisiones firmes de esta Corte, con desconocimiento grave de la autoridad del Tribunal como máxima instancia de control de constitucionalidad".


La apreciación de Zaffaroni coincidió con lo expuesto la semana pasada por el ministro de Justicia Julio Alak, quien advirtió que si una Cámara "pretende extender la (medida) cautelar" dictada en favor del Grupo Clarín, se produciría "un alzamiento contra una ley de la Nación" y un "conflicto de poderes".
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