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Cambios en la facturación de la telefonía móvil
jueves 31 de mayo de 2012, 23:49h
Las empresas de telefonía móvil cuentan con 90 días desde
este viernes para modificar los sistemas y facturar las llamadas desde que el
destinatario contesta, según la resolución 45 de la Secretaría de
Comunicaciones que dio a conocer la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
La Presidenta adelantó que este viernes se publicará la
resolución que obligará a las empresas de telefonía móvil a cobrar las llamadas
desde el momento que el receptor atiende y no desde que se marca el número.
"La resolución de la Secretaría de Comunicaciones es
en ejercicio de los derechos
establecidos en el artículo 42 de la Constitución, en defensa de los
consumidores", dijo la mandataria en un acto que encabezó este jueves en
el Salón de las Mujeres de Casa de Gobierno.
Precisó que la resolución de la Secretaría se publicará
mañana en el Boletín Oficial y que en ella se especifica que las operadoras
tienen hasta 90 días para implementar la medida.
"Hasta que no te conteste persona o el contestador no
pueden facturar, te facturan por el tiempo que dura mensaje o la
conversación", explicó la Presidenta.
Agregó que "si no lográs la comunicación, eso no te lo
pueden facturar", en referencia al "tiempo de aire" tal como
denominan el sector de telecomunicaciones a los segundos que van desde que el
usuario realiza una llamada hasta que el receptor atiende.
La Presidenta remarcó que la medida se enmarca en "lo
que seguimos haciendo en materia de derechos de los usuarios" como la
implementación de la portabilidad numérica.
Se trata de una medida reiteradamente solicitada por los
movimientos de defensa del consumidor.
En ese sentido Héctor Polino, titular de Consumidores
Libres, adhirió a la medida y remarcó que "es un anuncio muy importante
que va en el camino de quitarles privilegios y ganancias injustificadas a las
empresas de telefonía celular".
La directora del Centro de Educación al Consumidor, Susana
Andrada, coincidió con Polino y subrayó que la medida se suma a la portabilidad
numérica y "abre a futuro la posibilidad de que se vayan modificando otras
irregularidades que afectan a los consumidores de telefonía celular".
En los considerandos de la resolución se especifica que un
informe de 2003 por el área económico financiera de la Comisión Nacional de
Comunicaciones consideró que "no resultan razonables los fundamentos"
utilizados por las empresas para facturar el servicio "desde que se
presiona la tecla SEND".
También figura que la empresa Movistar informó que
"facturaba el tiempo de aire cuando la señal de llamada supera los 30
segundos y hasta que se cortara la comunicación".
Pero no facturaba si "la señal diera ocupado, o si el
abonado se encuentra fuera del área de cobertura o tiene el equipo apagado o no
se encuentra habilitado para el servicio memofacil".
Respecto de Nextel, señaló que no cobra cuando el receptor
está "ocupado, no contesta o está fuera del área de cobertura" pero
sí factura cuando "atiende la casilla, o el fax" desde "que se
presiono la tecla send".
En la misma línea Claro informó a la CNC que factura
"tiempo en el aire" pues "lleva asociada la utilización de
recurso de la red (canales de aire, facilidades conmutación, ruteo,
etcétera".
La medida, que fuera adelantada por el ministro de
Planificación, Julio de Vido, a mediados de mayo, se basa en la Ley de Defensa
del Consumidor, en el reglamento General de Clientes de los Servicios de
comunicaciones móviles y en recomendaciones de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones