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Diferendo marítimo

La Haya fija fecha para sustentación de demanda peruana

La Haya fija fecha para sustentación de demanda peruana

La Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ) anunció que Perú y Chile tendrán que presentar los próximos 20 de marzo de 2009 y 9 de marzo de 2010 sus respectivas memorias documentales en el marco del contencioso por su frontera marítima que les enfrenta en esa corte.

En un comunicado de prensa, el máximo órgano judicial de la Naciones Unidas especificó que la decisión "fue tomada teniendo en cuenta las posturas de las partes y las circunstancias del caso".

 

El pasado 14 de marzo las delegaciones de ambos países, encabezadas por el peruano Allan Wagner y el vicecanciller chileno, Alberto van Klaveren, se reunieron a puerta cerrada con la presidenta de la CIJ, Rossalyn Higgins, para exponer sus preferencias sobre las fechas.

 

Primero presenta su memoria el país demandante, en este caso Perú, y a continuación el demandado, en este caso Chile. A partir de la presentación de las memorias documentales, que se inscriben la fase de argumentación escrita, las partes podrían presentar alegaciones preliminares.

 

De ser ese el caso, la CIJ fijará fechas de celebración de audiencias orales para tramitar las alegaciones previas, que en gran parte de los casos se centran en poner en tela de juicio la competencia de la corte para dirimir en el contencioso.

 

Si no se presentan objeciones previas o si los jueces las rechazan, la corte establecerá a continuación las fechas de inicio de las vistas orales -la llamada fase oral, que suele prolongarse dos semanas- para tramitar el fondo de la demanda.

 

A partir de ahí, la terna de 15 jueces que componen la CIJ deliberan durante meses antes de emitir su fallo final. El Estado Peruano demandó a Chile el pasado enero ante la CIJ para que ésta fije la frontera marítima entre los dos países.

 

El Perú también reclama el reconocimiento de una zona dentro de las 200 millas náuticas de la costa peruana que Chile considera como una parte de alta mar.

 

En su demanda, Perú, que sostiene que la línea divisoria con Chile parte del punto en la orilla del mar denominado Concordia, pide a la Corte que "determine la frontera de acuerdo al Derecho Internacional".

 

El Perú sostiene que la frontera marítima con el país del sur debe ser fijada por una línea equidistante a las costas de los países, y no paralela, ya que considera que esta delimitación actual le resta territorio marítimo.

 

Chile alega que los límites marítimos bilaterales fueron fijados en tratados suscritos en la década de 1950, que según la posición oficial del Perú sólo son acuerdos pesqueros.

 

Como base de su denuncia, el Perú invoca el artículo XXXI del Pacto de Bogotá, firmado en abril de 1948 y según el cual tanto Chile como Perú "reconocen, como cualquier otro Estado americano, la jurisdicción de la Corte".

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