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La convocatoria abarca siete tipos de ayuda.

La Xunta refuerza con 4 millones de euros las ayudas económicas individuales para las familias gallegas del exterior en situación de vulnerabilidad
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La Xunta refuerza con 4 millones de euros las ayudas económicas individuales para las familias gallegas del exterior en situación de vulnerabilidad

Plazo de solicitud abierto hasta el 25 de marzo

miércoles 31 de enero de 2024, 13:07h

El Diario Oficial de Galicia acaba de publicar la nueva línea de ayudas de la Secretaría Xeral da Emigración para las familias gallegas del exterior en situación de vulnerabilidad, que este año cuenta con un presupuesto de cerca de 4 millones de euros, un 15% más que el año anterior.

El objetivo de estas ayudas es paliar las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria de miles de familias gallegas del exterior que se encuentran en una situación económica precaria.

La convocatoria de este programa de la Secretaría Xeral da Emigración se realiza en régimen de concurrencia no competitiva y está dirigida a las y los emigrantes de origen gallego, y a determinadas y determinados familiares residentes en el extranjero, que acrediten encontrarse en situación de alta precariedad económica.

Se trata de una ayuda de pago único a la que el departamento destina cada año una parte importante de su presupuesto.

El grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades y sus tratamientos, los ingresos económicos, y la edad de la persona solicitante, así como las cargas familiares, son los criterios básicos de valoración. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que demuestren carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes para la subsistencia, y que cumplan los requisitos de necesidad estipulados en cada tipo de ayuda.

La convocatoria abarca siete tipos de ayuda. Las primeras son aquellas por unidad familiar en situación de precariedad; las segundas, por situación de dependencia o enfermedad grave de la persona solicitante; las terceras por situación de dependencia o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar; las cuartas por invalidez o enfermedad permanente; las quintas por cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves cuando tengan un coste elevado; las sextas para las mujeres que sufran violencia de género; y las últimas para paliar una situación de emergencia social sobrevenida por desempleo en la unidad económica familiar.

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