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El Supremo mantiene su competencia para juzgar a la exsenadora del PSOE Elena Diego tras su renuncia al fuero

El Supremo mantiene su competencia para juzgar a la exsenadora del PSOE Elena Diego tras su renuncia al fuero

La Fiscalía alega que el proceso "no puede quedar al exclusivo arbitrio de la mera voluntad de la persona en su día aforada"

Por Redacción/Agencias
lunes 15 de diciembre de 2014, 14:05h
El Tribunal Supremo ha mantenido su competencia para celebrar el juicio contra la exsenadora del PSOE Elena Diego por supuesta prevaricación, después de que la socialista comunicara que el pasado otoño había renunciado a su escaño y, por lo tanto, a su condición de aforada.   

El alto tribunal no se inhibirá a favor de otro juzgado a tenor del acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala de lo Penal del pasado diciembre, que determinó que el fuero solo se pierde si la dimisión se produce durante la instrucción y no en caso de que se haya abierto juicio oral contra el aforado.   

El tribunal, formado por los magistrados Manuel Marchena, José Ramón Soriano, Manuel Maza, Miguel Colmenero, Perfecto Andrés, Andrés Palomo y Cándido Conde-Pumpido como presidente y ponente, juzgará a la ex senadora por un presunto delito de prevaricación administrativa cometida cuando era alcaldesa de la localidad salmantina de Villamayor relacionado con la contratación irregular de dos monitoras.   

En un auto, del que ha sido ponente Marchena, admite las pruebas propuestas por el Ministerio Fiscal, la acusación popular y las defensas basadas en el interrogatorio de las acusadas, la testifical y la documental. En este sentido, el Servicio de Intervención del Ayuntamiento de Villamayor informará del coste, el sueldo, las cargas sociales y la liquidación de los dos contratos firmados por las dos plazas de monitoras que ocuparon el curso 2008-2009.   

En relación con la competencia, la Sala cuenta con el visto bueno de la Fiscalía, que argumentaba que en estos momentos procesales la competencia para enjuiciar a Elena Diego y la exconcejal Cándida Egido González  se entiende "definitivamente asumida y es por tanto inderogable". "El procedimiento no puede quedar al exclusivo arbitrio de la mera voluntad de la persona en su día aforada", alegaba.

El fiscal pide ocho años de inhabilitación   

El Supremo abrió el pasado junio juicio oral contra Diego por presunta prevaricación y un delito continuado de nombramiento para cargo público sin concurrir los requisitos legalmente establecidos para ello. La Fiscalía pide que se la inhabilite para cargo público por ocho años y las acusaciones popular y particular que además responda con 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil.   

El pago de esta indemnización se exige también de modo solidario a la segunda procesada en esta causa, la que fuera concejala de este municipio Cándida Egido González por cooperación necesaria en la misma conducta. El pasado 3 se septiembre, la Mesa del Senado aceptó tramitar el suplicatorio del Tribunal Supremo contra la senadora Diego, que se concedió a mediados del mes de octubre.   

El instructor de la causa, Francisco Monterde, ha encontrado indicios de que Diego colocó 'a dedo' en el año 2008 a dos monitoras de tiempo libre que fueron contratadas por el Consistorio de Villamayor sin haber superado la correspondiente convocatoria pública de empleo.   

El pasado mes de febrero, la senadora declaró voluntariamente ante el Supremo y negó haber participado en el proceso de selección. Según dijo, poco después de la contratación el interventor municipal le comunicó después que se había producido una irregularidad administrativa y entonces firmó el informe de reparación por el cual se modificó el contrato de una de las trabajadoras.   

La segunda monitora, según su versión, obtuvo el empleo tras renunciar dos aspirantes al puesto. Diego aseguró además que ninguna de las dos monitoras tenía vínculo personal o político con el Ayuntamiento.   

El asunto había sido elevado al Supremo por el Juzgado de Instrucción número 3 de Salamanca, que encontró indicios de delito contra Diego y la edil en relación con la contratación de monitores culturales y deportivos realizada por el Ayuntamiento de Villamayor para el curso 2008-2009.   

En la documentación obrante en el caso consta que tras la convocatoria de la oferta pública de empleo el tribunal calificador instó a contratar a nueve personas conforme a la baremación de sus méritos. Pese a ello, la que fuera concejal Cándida Egido elevó una propuesta que incluía a dos mujeres que no se encontraban en la lista, una de las cuales ni siquiera se había presentado al concurso.
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