red.diariocritico.com
El Supremo rechaza archivar la causa contra Elena Diego por presunta prevaricación al contratar dos monitoras

El Supremo rechaza archivar la causa contra Elena Diego por presunta prevaricación al contratar dos monitoras

Descarta que sea una "mera" irregularidad administrativa y dice que una monitora cobró más de lo debido sin superar ningún concurso selectivo

Por Redacción/Agencias
lunes 26 de mayo de 2014, 14:47h
El Tribunal Supremo ha rechazado archivar la causa seguida contra la senadora salmantina del PSOE Elena Diego por la presunta prevaricación cometida cuando intervino en la contratación de dos monitoras. La socialista alegó que, a lo sumo, se trataría de una "mera" irregularidad de carácter administrativo.   

La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso que la parlamentaria y la que fuera concejal de Villamayor (Salamanca) Cándida Egido González presentaron contra el auto que daba por concluida la instrucción y daba un plazo de diez días a las partes para pedir juicio oral. La Fiscalía ya ha pedido que sea condenada a ocho años de inhabilitación para ejercer un empleo o cargo público.   

La senadora, que fue alcaldesa de este municipio salmantino cuando contrató a dos monitoras de tiempo libre en 2008, defendió que no actuó de forma "arbitraria", sino que siguió el informe de la que era edil de Cultura, Cándida Egido, quien está siendo investigada por cooperación necesaria. Añadió que no surgió "conflicto alguno, denuncia o queja  por ningún ciudadano interesado" en el proceso.   

Sin embargo, la Fiscalía y las acusaciones impugnaron este extremo, al igual que ha hecho el alto tribunal al recordar que la contratación de la primera monitora obvió la tramitación de "cualquier tipo de expediente" sin respetar los principios de mérito, capacidad y acceso igualitario a la función pública.   

Según el auto, la empleada ni siquiera intervino en el concurso de méritos y cobró "una retribución superior a la correspondiente durante varias mensualidades" pese a los reparos del interventor. La contratación de la segunda monitora también prescindió de tales principios y vino precedida de un informe del técnico de Cultura, que justificaba el nombramiento sobre dos renuncias "inexistentes".   

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, rechaza entrar en el fondo de la cuestión para no proyectar ningún "prejuicio", pero sí descarga sobreseer la causa teniendo en cuenta las circunstancias existentes.

Colocación 'a dedo' de dos empleadas   

El pasado 3 se septiembre, la Mesa del Senado aceptó tramitar el suplicatorio del Tribunal Supremo contra la senadora  Diego, que se concedió a mediados del mes de octubre.   

En su auto, el magistrado instructor Francisco Monterde ha encontrado indicios de que Diego colocó 'a dedo' en el año 2008 a dos monitoras de tiempo libre que fueron contratadas por el Consistorio de Villamayor sin haber superado la correspondiente convocatoria pública de empleo.    
El pasado mes de febrero, la senadora declaró voluntariamente ante el Supremo y negó haber participado en el proceso de selección. Según dijo, poco después de la contratación el interventor municipal le comunicó después que se había producido una irregularidad administrativa y entonces firmó el informe de reparación por el cual se modificó el contrato de una de las trabajadoras.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios
ventana.flyLoaderQueue = ventana.flyLoaderQueue || [] ventana.flyLoaderQueue.push(()=>{ flyLoader.ejecutar([ { // Zona flotante aguas afuera ID de zona: 4536, contenedor: document.getElementById('fly_106846_4536') } ]) })