martes 23 de diciembre de 2014, 23:32h
Para ir directamente al punto, a estas alturas, sabemos que
la Ley de Medios tuvo como objetivo desmembrar el llamado "Grupo Clarín".
Para "disimularlo" la
ley estableció límites sobre el derecho de propiedad de todos los
grupos. Límites vinculados con el tipo de accionista (empresa extranjera,
empresa proveedora de servicios públicos, etc.). Límites geográficos (número de
localidades máximas en que se podía brindar determinado servicio). Límites
respecto del número de medios que cada grupo puede tener, en cada jurisdicción.
(No más de tantas radios y/o canales de televisión, en cada ciudad). Y límites
y normas respecto de producción propia, producción local, producción
internacional, tiempos y contenidos publicitarios, etc.
En su búsqueda por reducir a su mínima expresión al Grupo
Clarín, que es, al mismo tiempo, una empresa de provisión de servicios de red y
otro tipo de "continentes" y productor de "contenidos", dueño de radios y
canales de televisión, la ley mezcló, absurdamente, regulaciones vinculadas con
los medios y su contenido con, como se mencionó, regulaciones dirigidas a
limitar el tamaño de las empresas en su papel de proveedores de distintos tipos
de servicios en red.
Estos límites no rigen para los servicios satelitales que,
por definición, eluden al menos las limitaciones geográficas.
El proyecto original de la ley se completaba con la
autorización para que las empresas proveedoras de telefonía fija, pudieran
también brindar el servicio de televisión por cable. Pero el Congreso eliminó
este aspecto de la legislación.
La Ley de Medios quedó entonces, convertida en una Ley para
achicar un grupo empresario particular.
Propósito que quedó plasmado y evidente en la aplicación de
la ley, dado que el organismo regulador (AFSCA) fue aceptando y sigue
aceptando o haciendo la vista gorda,
"adecuaciones" y operaciones de compra venta, de otros grupos, en clara
violación del espíritu y la letra de la ley, mientras rechazó el mismo
procedimiento, para el caso del Grupo Clarín.
Pero al ser tan evidente la discriminación del AFSCA y ante
el fallo de la Corte que claramente advierte contra ello, el gobierno decidió
"reforzar" su intento por reducir el poder económico de dicho grupo,
proponiendo esta nueva ley "Argentina digital" o ley sobre tecnologías de
información y comunicación.
La nueva ley mete por otra puerta, lo que la ley de Medios
había dejado afuera, la posibilidad de que las empresas de telecomunicaciones,
puedan brindar servicios de televisión por cable, compitiendo con las cableras
que hoy prestan el servicio.
Obviamente, la ley entra en contradicción con la Ley de
Medios. Y esto debía ser así, porque, por sus propias características, la
ventaja de una red, es que es una red, de manera que no tiene sentido
económico, "cortarla" en materia geográfica o de otro tipo.
Por lo tanto, mientras la ley de medios limita a las
empresas de cable y de contenidos, geográficamente, y en participación de
mercado. La ley de TIC libera de esta restricción a las empresas que posean una
red nacional de telefonía.
Obviamente, este esquema deja en inferioridad de condiciones
a las empresas reguladas por la ley de medios, respecto de las empresas
reguladas por la ley de TIC, en aquéllos servicios en los que compiten.
Para "compensar" esta desigualdad, la ley incorpora los
conceptos de "servicio público" y "neutralidad de la red", lo que significa que
cualquiera tiene derecho a utilizar la red de otro para brindar su servicio, en
las condiciones y precios que determine el Estado, a través de un ente que
todavía no existe y con reglas que se desconocen.
Pero aquí también surge un grave problema, dado que nadie
invierte para "alquilar" su red, a un precio indeterminado y por una cantidad
indeterminada. En general, las empresas que compiten entre sí en el mundo arman
su propia red y compiten por anchos de banda, y otros servicios.
En síntesis, la ley de Medios limita la formación de grupos,
y mezcla y confunde provisión de
contenidos y provisión de servicios de red, aunque en su aplicación sólo
afecta, en su mayor parte, al Grupo Clarín.
Por su parte, la ley de TIC, le permite a las telefónicas,
brindar el servicio que la Ley de Medios les prohibía, sin límites geográficos,
ni de otro tipo, pero, para compensar, las obliga a ceder sus redes a cualquier
otro proveedor de servicios de contenido u otro tipo, en las condiciones que
fije, discrecionalmente, el Estado. Todo esto superpuesto, además, con los
proveedores de servicios satelitales que, como se mencionó, por tecnología, no
tienen límites geográficos. También obliga a las empresas de cable que han
tendido sus redes y modernizado su tecnología a "alquilar" sus redes
a las empresas de telefonía en las zonas en dónde estas, por cantidad de
habitantes no han invertido.
Asimismo, el Estado construyó o está construyendo una red
propia de fibra óptica, y un sistema de televisión digital terrestre,
subutilizado, o utilizado discriminatoriamente.
Como resultado, el Grupo Clarín protesta contra la Ley de
Medios, porque sólo se aplica a ellos.
Los cableros, entre ellos el más grande Cablevisión, también del Grupo Clarín, contra la ley de
TIC porque los deja en inferioridad de condiciones para competir contra las
telefónicas que, por escala y poder económico, más la posibilidad de combinar
el servicio de cable con telefonía tienen obvias ventajas. Y las telefónicas, porque si bien tienen
ahora la posibilidad de brindar el famoso "triple play", podrían ser obligadas
a ofrecer sus redes a terceros en condiciones indeterminadas.
A todo esto, el convidado de piedra en todo este mamarracho,
es el consumidor, y el ciudadano, que debería ser el principal protagonista de
un marco regulatorio de este tipo, y beneficiarse de incentivos adecuados a la
inversión y a la mejora en la variedad y calidad del servicio.
En síntesis, el tema de medios y tecnología de la
información requiere un replanteo integral, que contemple el interés de los
consumidores, regule diferencialmente los servicios de red, de otros y aplique
adecuadamente incentivos para modernizar y abaratar el sistema y mejorar
integralmente la calidad, y la competencia.
Liberar y favorecer la multiplicación de proveedores de
contenidos, sin límites, ni censuras.
Creando condiciones para la multiplicidad de oferentes, pero
teniendo en cuenta que la tecnología y la inversión necesaria, implican, en
general, una competencia "entre
grandes", dadas las inversiones enormes
que se requieren para estar al día con los avances globales.
Es por eso que la regulación antimonopólica en este sector,
no se basa en "contar número de empresas" o "participaciones de mercado", si
no, básicamente, en evitar comportamientos que afecten al consumidor, al
ciudadano y a la libertad de expresión y todavía está en evolución, dados los
nuevos servicios de contenidos que surgen y que usan las redes de terceros.
(Netflix o Spotifi, por ejemplo).
Conclusión, hay que hacer todo de nuevo.
Teniendo en cuenta principalmente el interés del consumidor
y, sobre todo, del ciudadano.
Dos malas leyes no hacen una buena.