Desmintió nota de La Nación
La AFIP aclaró que modificar el impuesto a los Bienes Personales requiere la sanción de una ley
miércoles 12 de marzo de 2014, 23:16h
El organismo respondió así a una nota publicada por el
diario "La Nación", en la cual se señala que "la AFIP no
modifica el mínimo a partir del cual se paga Bienes Personales desde 2007, ni
tampoco ajusta las escalas que aplica".
Tal afirmación, sostiene la AFIP, "carece de rigor
técnico y profesionalismo, ya que desconoce el principio de reserva de ley
previsto en nuestra Constitución Nacional, que claramente establece que para
modificar una ley se requiere de otra ley".
"Tanto el mínimo a partir del cual se paga el impuesto,
como las escalas y alícuotas del gravamen, están previstas en el texto actual
de la ley del Impuesto sobre los Bienes Personales (artículos 21, inciso i.- y
25, respectivamente)", precisa.
De allí, insiste el organismo, que "cualquier
modificación que se pretenda introducir requiere de la sanción de otra
ley".
Remarca luego que la AFIP "no tiene facultades para
modificar esta ley mediante una resolución general".
"Cualquier modificación que se quiera instrumentar en
la ley del Impuesto sobre los Bienes Personales es facultad exclusiva del
Congreso de la Nación, siendo Diputados la Cámara de origen en función a lo
previsto en el artículo 52 de la Constitución Nacional", concluye el ente
recaudador.