Tras el último accidente
El Estado asumió el control y manejo de la línea Sarmiento
viernes 25 de octubre de 2013, 19:14h
El Estado asumió el manejo total de la línea ferroviaria
Sarmiento, que une Once-Moreno, tras rescindir la concesión a la sociedad
integrada por Metrovías y Ferrovías, ante la "grave irregularidad"
registrada por el incumplimiento de controles al motorman, que chocó el sábado
último en Once.
El gobierno anunció la estatización de la línea Sarmiento
El Ministerio del Interior y Transporte, por Resolución
1244/2013, publicada en el Boletín oficial, resolvió que el Estado asuma el manejo total del
Ferrocarril Sarmiento, -que une las estaciones Once-Moreno- en el área
metropolitana, decisión que fue adelantada a principios de esta semana por el
titular de la cartera, Florencio Randazzo
La resolución instruye a la Operadora Ferroviaria Sociedad
del Estado para que instrumente las medidas necesarias a los efectos de
rescindir el Acuerdo de Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de
Pasajeros - Grupo de Servicios 1 y 2 Líneas Sarmiento y Mitre y sus Addendas,
en lo atinente a la operación integral, administración y explotación del
servicio de transporte ferroviario urbano de pasajeros de la Línea Sarmiento.
Además instruye a la
Secretaría de Transporte para que, con la debida intervención los organismos
descentralizados competentes que revisten en la órbita del Ministerio del
Interior y Transporte, realice un inventario de los bienes involucrados,
estableciendo su estado de situación.
La resolución lleva la firma del ministro Randazzo y en los
considerandos señala como causales la grave irregularidad registrada el pasado
sábado 19 de octubre de 2013 a las 07.25 hs. aproximadamente, en la estación
Once de Septiembre, donde se produjo el lamentable incidente con la Formación
Chapa 5, que era conducido por Julio
César Benítez.
Advierte que la
Unidad de Gestión Operativa Mitre Sarmiento Sociedad Anónima (UGOMS S.A.) incumplió con el "Protocolo de
Evaluación del Centro de Recepción de Personal a Controlar y de Evaluación
Aleatoria de Personal Operativo", permitiendo que el motorman accediera a la
conducción de la formación sin que se hubiera verificado su control previo al
inicio de tareas.
Agrega que en consecuencia, y "ante tan grave irregularidad"
se instruye a la Operadora Ferroviaria S.E. a rescindir el acuerdo para la
explotación del Sarmiento.
En los considerandos recuerda que el 24 de mayo de 2012, se
constituyó la Unidad de Gestión Operativa Mitre Sarmiento Sociedad Anónima
(Ugoms S.A.) conformada por las empresas Metrovías S.A. y Ferrovías S.A.,
concesionaria, a los fines de gestionar la operación del servicio ferroviario
correspondiente a las Líneas Mitre y Sarmiento del sistema de transporte
ferroviario urbano de pasajeros del Área Metropolitana de Buenos Aires.
Destaca luego que la Ugoms S.A. firmó un acuerdo con la
Secretaría de Transporte, ratificado el
25 de julio de 2012, por el cual se aceptó la gestión integral de dichos servicios ferroviarios de
pasajeros, como también de servicios colaterales y la realización de las obras
de inversión.
A este acuerdo se le incluyó una Addenda este año (que se
refleja en la Resolución Nº 328) por la cual el Ministerio del Interior y
Transporte estableció la obligación de
disponer de un Centro de Recepción Previa de Conductores de servicios
ferroviarios por cada línea del Área Metropolitana de Buenos Aires de manera
tal de permitir, en forma anticipada, la realización de comprobaciones e
indicaciones a la rutina que deberán llevar adelante los conductores en la
administración del sistema.
Luego, con fecha 31 de julio de 2013, mediante el artículo
1° de la Resolución Nº 759 del Ministerio del Interior y Transporte se ordenó a
los concesionarios y operadores de la prestación de servicios de transporte ferroviario
de pasajeros del Área Metropolitana implementar nuevas medidas en los Centros
de Recepción de Conductores con el objeto de mejorar los controles que se
venían realizando.
Se determinó que los controles deberían ser de carácter
permanente y/o aleatorio y extenderse a todas las personas con responsabilidad
asignada en la seguridad operativa de la circulación de trenes. Surge además
(artículo 4° de la misma Resolución) la obligación impuesta a los
concesionarios y operadores de incorporar un plan de mejoras técnicas y
operativas en la comunicación entre la base de control y los conductores que
contenga principios y/o supuestos de diálogo y procedimientos que permitan la
observación sobre el funcionamiento de la formación y su conductor.
Para ello la Comisión Nacional de Regulación del Transporte
(CNRT) dictó (Resolución Nº 404) el "Protocolo de Evaluación del Centro de
Recepción de Personal a Controlar y de Evaluación Aleatoria de Personal
Operativo", para ser implementado por la totalidad de los concesionarios y
operadores de la prestación de servicios de transporte ferroviario de
pasajeros.