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Un severo retroceso democrático

Un severo retroceso democrático

Por Leopoldo Moreau
martes 20 de agosto de 2013, 18:14h
   Debo decir que estoy realmente azorado con la decisión de la Corte Suprema de convocar a una audiencia pública destinada a recoger opiniones respecto a la constitucionalidad o no de la ley de medios.


No quiero adjetivar por el respeto que me merecen algunos de sus integrantes pero es difícil no hacerlo frente a tamaño despropósito.


No tengo dudas que se trata de una maniobra dilatoria. También tengo--y lo dejo por escrito, con el riesgo de equivocarme--la certeza de que una mayoría del cuerpo ya resolvió declarar la insconstitucionalidad de un artículo: nada más y nada menos que el aquel que prevee la desinversión.


Es el corazón de la ley. Pero volviendo al tema de la audiencia pública, digamos, que es cuanto menos insólito que la Corte convoque en un pie de igualdad al Estado y a un grupo económico para que expongan sobre lo que ya fundamentaron largamente en un proceso judicial que lleva cuatro años de duración.


Más indignante es que se llame a participar a cinco ONG, por cada parte, para que en el supuesto rol de " amigos del tribunal " vuelquen sus opiniones. ¿ Opiniones  sobre qué?. Se supone que la Corte conoce el derecho y sobre lo que tiene que fallar es una cuestión de puro derecho ya que es de carácter constitucional. ¿ Las ONG van a enseñarle a los miembros del tribunal como interpretar el derecho constitucional ?. ¿ Acaso la opinión de esas ONG que tal vez reciban, en algún caso, aportes privados o estatales es más importante que el debate de los legisladores, que las opiniones ya vertidas por los fiscales de primera y segunda instancia, que los fallos del juez de primera instancia, la Cámara Civil y Comercial y que, el dictamen de la Procuradora Fiscal ?


.Una vergüenza. Algunos remiten a la audiencia que la Corte patrocino respecto a la situación del Riachuelo.


Nada tiene que ver porque, precisamente, en esa reunión se trataba de conocer "los hechos " y no "el derecho".


Además, esta audiencia la han convocado a pocos días de finalizado el escrutinio de las PASO como si el "clima de época" fuera lo que determina las decisiones del más alto tribunal de justicia de la nación.
 
Ahora, tratan de pasar la decisión para despues de los comicios definitivos de octubre agregando fojas a un expediente sobre el que ya debería haberse fallado. Por eso, no tengo dudas de cual va a ser el resultado final. Espero que no utilicen, como argumento para decretar la inconsititucionalidad del artículo de la desinversión, la falacia de que los cables al no circular por el espectro radioeléctrico no son objeto de regulación pública.
 
Sería un fundamento insostenible. Efectivamente, los cables no integran el espectro radioeléctrico pero esa circunstancia no los deja afuera de una ley que pretende la desmonopolización de medios de comunicación.
 
Si fuera así, la legislación norteamericana que establece la incompatibilidad entre la propiedad de un diario y un medio audiovisual en la misma zona de influencia, seria invalida porque, obviamente, un diario tampoco circula por el espectro radioeléctrico.
 
Se trata de regular, para que no existan concentraciones mediáticas que actúen como tutores de la opinión pública y, por ende, de la democracia sin importar el carácter técnico de esa acumulación de herramientas mediáticas. Así lo entendimos en el gobierno de Raúl Alfonsín y por esa razón en abril de 1988 enviamos al parlamento un proyecto--que desgraciadamente no se aprobó por la presión combinada del Grupo Clarín y el menemismo recién triunfante en la interna justicialista--de ley de medios que era más restrictivo, si se quiere, que la ley actual.
 
Por último, la Corte debe considerar que la cuestión en debate no es favorecer al Grupo Clarín y perjudicar al gobierno, o viceversa. Está en discusión si el estado tiene--con los resortes legales que corresponden--la facultad de sancionar normas antimonopólicas o si, por el contario, estamos condenados a tolerar la concentración.
La Cámara Civil y Comercial tuvo la desfachatez de fundar su fallo en favor de la inconstitucionalidad afirmando que la que desinversión hacia inviable la ecuación económica de la empresa.
 
Ese criterio se da de narices que un reciente fallo de la Corte en favor de la llamada libertad sindical que promueve la descentralización de los gremios por rama de producción habilitando a los sindicatos que carecen de personería gremial para ser parte de las paritarias.
 
Esta decisión debilitará, sin lugar a dudas, el poder económico de los grandes gremios. No vaya a ser que ahora, por una parte, un fallo de la Corte fortalezca doctrinariamente la concentración de poder económico en grupos monopólicos y, con otro fallo, haya desprotegido en la negociación colectivo al eslabón más débil de la cadena que son los trabajadores.
 
De confirmarse que, al rechazo de la constitucionalidad del articulo madre de la ley de medios, se sumarían sentencias que desfinanciarían el sistema de la seguridad social estaríamos en presencia de un retorno a un escenario propicio para una restauración neoliberal y frente a un severo retroceso democrático.
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