Como era lógico
La Justicia rechazó la nulidad de la causa por el crimen de Ángeles
lunes 22 de julio de 2013, 23:57h
El juez de Instrucción 17 de la Capital Federal, Javier
Ríos, rechazó declarar nula la causa por la investigación del crimen de la
adolescente Ángeles Rawson, como lo había reclamado la defensa del único
imputado, el portero Jorge Mangeri.
Según el fallo difundido por el Centro de Información
Judicial (CIJ), uno de los argumentos del magistrado fue "descartar de
plano la aplicación de la teoría conocida como ´doctrina del fruto del árbol
venenoso´" planteada por la defensa del encargado.
Es que los abogados Miguel Ángel Pierri y Marcelo Biondi
consideraron que hubo una violación del derecho de defensa en perjuicio de
Mangeri en su primera declaración como testigo, por lo que todo lo que derivó
de la misma debería ser nulo.
"(...) la defensa no ha demostrado la existencia de un
acto ilegal ni que de ese acto se haya extraído información que derivara en un
cauce de investigación que quede teñido de ilegalidad por esa primera evidencia
viciada", sostuvo Ríos.
Luego, el magistrado explicó que la fiscal María Paula Asaro
"dejó en claro en su dictamen que no existía en la causa ´ninguna
evidencia con suficiente seriedad, peso e importancia que hiciera
sospechar´" de Mangeri al momento de la primera declaración, por lo que le
brindó un "trato como testigo".
Según Ríos, Mangeri "ya había actuado como
testigo" días antes en la causa cuando durante el procedimiento en el que
se secuestraron las cámaras de seguridad del edificio de Ravignani 2360, el
ahora acusado, "reconoció" a Ángeles como la persona que se veía
caminando en las imágenes.
Sobre el correo electrónico enviado a los pesquisas por una
vecina antes de la primera declaración de Mangeri y en el que pidió que
investigaran al portero, el juez dijo que "un criterio investigativo de índole
profesional no puede ser guiado por este tipo de información por sí sola".
El juez también consideró "más que suficientes"
los elementos "para descartar la hipótesis que pretende instalar la
defensa acerca de la existencia en la Sra. Fiscal de un estado de sospecha
relativo a la intervención en el hecho, en forma previa a la recepción de la
declaración testimonial" de Mangeri.
Para el magistrado, las sospechas surgieron durante la
declaración y cuando la fiscal terminó "de formar su juicio al respecto"
actuó "en forma prudencial suspendiendo" la testimonial,
"cristalizando de ese modo la transición a la calidad de imputado de
Mangeri y asegurándole los derechos que como tal le corresponden".
"En otras palabras, la situación que se presenta
encuentra explicación en el concepto de transición que se desarrolló, único
cauce posible para no vaciar de contenido el desarrollo progresivo de las
distintas contingencias procesales, sin que ello implique, repito, menoscabo
alguno en las garantías constitucionales", dijo.
Respecto de la revisión del médico legista a Mangeri
ordenada por la fiscal luego de que el encargado denunciara supuestos apremios,
Ríos sostuvo si bien la defensa "pretende hacer ver ese proceder como
"una situación anormal", tal actividad "se encuentra reglada
como obligatoria" para esos casos.
Según el magistrado, "no puede dejarse de lado"
que el encargado asintió "de conformidad" a que se le realizara el
examen médico y dio "su consentimiento" para que "se le
extraigan fotografías de su cuerpo y de las lesiones que denuncia haber
sufrido".
En cuanto al planteo de la defensa de que en las dos horas
que pasaron entre la suspensión de la testimonial y el acta de
autoincriminación Mangeri fue "apretado" por la Policía, el juez dijo
que esa denuncia forma parte de otra causa pero que "a la fecha no hay
imputación a persona alguna en tales actuaciones".
Recordó que en su dictamen, la fiscal explicó que Mangeri
"en ningún momento estuvo en compañía solitaria de personal
policial", y que, además, el Ministerio Público cuenta con "un plazo
de seis horas" para "detener al imputado con el objeto de conducirlo
ante el juez" de la causa.
Respecto de la extracción de las muestras de ADN de Mangeri,
Ríos dijo que es una "mecánica habitual de toda investigación" de
hechos como éste y que "ha quedado evidenciada la inexistencia de
ilegalidad alguna".
Los abogados del encargado también criticaron que no se
notificó cuando debía al defensor oficial de Mangeri sobre la realización de
los peritajes de ADN pero el magistrado entendió que se lo hizo el 17 de junio
pasado, es decir, "el primer día hábil siguiente".
"Tales estudios fueron concluidos el día 19 de junio de
2013, esto es dos días después de la notificación, plazo dentro del cual la
defensa oficial actuante en ese momento no opuso objeción alguna ni realizó
observación de cualquier índole al desarrollo del estudio en curso",
indicó el juez.
Para Ríos, la defensa "tuvo una completa y plena
posibilidad de controlar el desarrollo de la medida" pero "no existió
proposición de perito de parte alguno ni de otros puntos de pericia".
Por su parte, los abogados Pierri y Biondi ya adelantaron
que van a apelar este rechazo a su pedido de nulidad y prepararán un informe
para presentar sus argumentos en una audiencia oral ante la Cámara Criminal y
Correccional.