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El Juez Alfonso le da  un duro golpe a Clarín

La Justicia dictó la constitucionalidad de la ley de medios

La Justicia dictó la constitucionalidad de la ley de medios

sábado 15 de diciembre de 2012, 17:47h
El juez federal civil y comercial Horacio Alfonso declaró "constitucional" el artículo 161 de la ley de medios, que había sido objetado por el grupo Clarín, que rechaza cumplir con la adecuación de la norma votada en el Congreso hace tres años.
El magistrado dictaminó que "no se vislumbra afectación a la libertad de expresión" y tampoco "resulta de la causa" que el articulado de la Ley de Medios


A través de un documento de 62 páginas, Alfonso rechazó la "acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por el Grupo Clarín" y ofrendó, "como consecuencia, el inmediato levantamiento de toda medida cautelar dictada en el presente proceso".


De esta forma, el fallo dictado por el juez de primera instancia dejó en plena vigencia la LSCA, poniendo punto final a la medida cautelar interpuesta hace tres años por el multimedios y prorrogada por la sala I de la Cámara Civil y Comercial, aún cuando la Corte Suprema había fijado el 7 de diciembre como fecha máxima para la vigencia de la cautelar.


Por medio del fallo, Alfonso además, dejó sin efecto la "habilitación de las horas y días inhábiles" que habían sido habilitadas para que el juez resolviera respecto de la cuestión de fondo, aún en períodos correspondientes a la feria judicial.


Hacia el final del documento, el magistrado destaca que "conviene recordar que el interés general tenido en mira por el nuevo ordenamiento, responde al objetivo de diversificar la oferta informativa y ampliar la posibilidad de ejercer la libertad de expresión a la mayor cantidad posible de medios de comunicación".


En el mismo sentido afirma que lo que intenta la Ley de Medios "no es afectar la libertad de prensa y de expresión, sino antes bien, que se genere una multiplicidad de canales de comunicación audiovisual".


En ese marco, el juez advierte que "no se advierte la existencia de un interés superior que autorice a prohibir lisa y llanamente -con los alcances y el sentido en el que ha sido formulada la presentación actoral-, que el sistema de licencias múltiples de radiodifusión sea objeto de un nuevo tratamiento, regulación y distribución".


Otro de los temas importantes a los que apunta el fallo de Alfonso es el referido al plazo de adecuación de los grupos mediáticos a la nueva ley.


Allí advierte que "han transcurrido hasta el presente más de 3 años desde el dictado de la norma, plazo que se estima como razonable para que las accionantes hubieran elaborado racional, conveniente y organizadamente un programa progresivo de adecuación, por lo que queda también sin efecto ni virtualidad actual el fundamento esgrimido".


Sobre la formulación de un eventual reclamo indemnizatorio, el juez sostiene que "la eventual existencia de daños y perjuicios de orden patrimonial resultante de la aplicación de las normas de la ley solo será susceptible de concreción y devaluación de reclamo indemnizatorio una vez materializada la obligación de desinversión".


Entre las opiniones y afirmaciones que vierte sobres el fallo, señala en la página 41 que "la ley 26.522 regula los servicios de comunicación audiovisual y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia, y declara la actividad de dichos servicios como de interés público".


En el mismo sentido indica que "a través de ella se exterioriza el derecho humano de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones ideas y opiniones".


Sobre la afirmación del Grupo Clarín respecto de que la norma puede afectar la libertad de expresión, el juez sostiene en la página 47 de su fallo que no se vislumbra "afectación a la libertad de expresión", así como tampoco "resulta de la causa ni ha sido demostrado que tal regulación carezca de racionalidad o los medios implementados resulten inadecuados o inconducentes"


Para Alak "Con este fallo, la palabra ya no tiene dueño"



El ministro de Justicia celebró "la vigencia plena" de "una ley legítima, abrazada por la voluntad popular, que salda una deuda de la democracia y amplía las fronteras de la libertad de expresión", y destacó que a partir del fallo de la justicia que declaró la constitucionalidad de la Ley de Medios "la palabra en Argentina ya no tiene dueño".


De esta manera, Julio Alak se refirió al fallo del juez federal en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso, que declaró  la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que habían sido cuestionados por el Grupo Clarín.


"La ratificación de la constitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fortalece la democracia y la libertad de expresión como requisito indispensable del Estado de Derecho", sostuvo el ministro.


En ese sentido, el funcionario aseguró que "la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual universaliza la información, desmonopoliza la palabra y se la devuelve al Pueblo en sus más diversas expresiones", al tiempo que advirtió: "Con este fallo, la palabra ya no tiene dueño en la Argentina".


"Hoy es un día histórico para los argentinos: después de tres años, dos meses y cuatro días rige plenamente una ley sancionada por el Congreso de la Nación por mayoría amplísima y plural, expresando acabadamente la voluntad popular y en uso de las funciones que le otorga el artículo 22 de la Constitución Nacional", agregó.


Alak destacó también que a partir del fallo la Ley 26.522 "goza de absoluta legitimidad de origen" y "remplaza una norma de la dictadura genocida, con lo cual salda una deuda que la democracia tenía con la sociedad desde el 10 de diciembre de 1983".


"Se trata de una ley clave para la consolidación de una verdadera democracia, una democracia profunda, como dijo nuestra Presidenta, para que sea efectivamente el gobierno del Pueblo y no el de los poderes de facto que históricamente limitaron y condicionaron la soberanía popular".


"Ahora la ley se aplicará de manera integral"
, indicó Martín Sabbatella


El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) señaló que "se terminó la medida cautelar" y "se aplicará la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de manera integral".


A la vez, opinó que "ahora toda presentación que se haga ante la justicia no debería tener efectos suspensivos", y añadió que por esa razón "no hay motivo para suspender" la adecuación a la ley de medios.
 

"Puede haber presentaciones pero no se tendría que suspender la aplicación de la ley", reflejó el funcionario.

 
Sabbatella, en declaraciones a Télam luego de reunirse con el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; el secretario de Legal Técnica, Carlos Zannini; y el secretario de Comunicación Pública, Alfredo Scoccimarro, dijo que "hoy es un día muy importante  porque se ha planteado la constitucionalidad de la ley de medios".

 
"Es muy buen día para democracia, para las instituciones, para la ley se ha dado un paso fundamental; nosotros partíamos de la presunción de constitucionalidad de una ley votada por el Parlamento nacional pero hoy se refuerza ya con el fallo de un juez que habla de la constitucionalidad de la ley", enfatizó.
 

Subrayó Sabbatella que con esto "se termina con todas las medidas cautelares" porque ya está "la plena vigencia de la ley para aplicarla integralmente".
 

Sostuvo el funcionario que "a partir de ahora vamos seguir con la aplicación de la ley, tanto sea con el plan de adecuación voluntaria de los que presentaron sus planes como la transferencia de oficio para quienes no presentaron sus planes".
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