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Nuevas competencias para la Secretaría de Política Económica

Kicillof consigue más poder en el gobierno

Kicillof consigue más poder en el gobierno

viernes 27 de julio de 2012, 19:16h
La Secretaría de Política Económica, que comanda Axel Kicillof, ejercerá los derechos accionarios de empresas donde el Estado sea socio minoritario y ejercerá los derechos políticos sobre las acciones que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía del Régimen Previsional Público de Reparto.
Por Decreto 1278/2012 publicado  en el Boletín Oficial, se estableció que  la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo, a cargo de Axel Kicillof, entenderá en la ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario.


Kicillof, tomó gran protagonismo durante los anuncios de la expropiación de YPF, donde con mensajes categóricos, consiguió una gran popularidad de los seguidores del gobierno, y un rechazo importante del gobierno español y de los directivos de Repsol por sus duras críticas hacia ellos. Esta popularidad llevó a muchos a pronosticar que el joven funcionario tendrá un papel preponderante en la conformación de la futura lista electoral para las elecciones del 2015.


También entenderá en aquellas sociedades donde el Ministerio de Economía  posea tenencias accionarias o de capital, e instruirá a los representantes del Estado Nacional o propuestos por él en tales sociedades o empresas.


Asimismo, la Secretaría de Política Económica tendrá a su cargo ejercer los derechos políticos inherentes a las acciones que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto, (creado por el Decreto Nº 897 del 12 de julio de 2007), e instruirá a los representantes del Estado Nacional en tales sociedades o empresas.


Precisa que el Fondo de Garantía de Sustentabilidad continuará percibiendo los dividendos que generen sus tenencias accionarias y ejerciendo los demás derechos patrimoniales y económicos derivados de las referidas acciones.


En ejercicio de la competencia reconocida la Secretaría de Política Económica, tendrá a su cargo las siguientes acciones:


a) Efectuar la comunicación de asistencia a las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias y Especiales de la Sociedad y toda otra comunicación necesaria para el ejercicio de los derechos accionarios.


b) Designar a quienes representen a las referidas acciones o participaciones societarias en las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias y Especiales. c) Impartir las instrucciones a las que deberán ajustar su actuación en las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias y Especiales, o en reuniones de socios los Representantes designados a tales fines. La manda deberá incluir la orden de proponer y votar a los Directores o Administradores y Síndicos que actuarán por las acciones o participaciones societarias que representan, estos últimos, con arreglo a la nómina que deberá solicitarse al efecto a la Sindicatura General de la Nación, con la antelación suficiente.

En el caso de los Directores o Administradores por las acciones que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto, la propuesta deberá contar con el previo conocimiento del Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses)


d) Ejercer el derecho de información que otorgan las participaciones societarias, y efectuar las solicitudes que correspondan a los órganos sociales para el acceso y/o copia de los libros y documentación de la empresa.


e) Implementar un sistema de información que permita el monitoreo permanente del desempeño de las sociedades o entidades alcanzadas por el presente.


f) Impartir directivas y recomendaciones a los Directores o Administradores designados a propuesta del Estado Nacional, a fin de que la administración de los negocios sociales resguarde el interés público comprometido en la actuación de la sociedad.


g) Llevar a cabo todas las acciones que fueran necesarias para el cumplimiento del objeto del presente.
Se aprobó, además, el Reglamento de Representantes y Directores designados por las acciones o participaciones accionarias del Estado Nacional cuyos derechos políticos ejerce la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de economía, que se publica como anexo.
Se faculta a la Secretaría de Política Económica a dictar  normas aclaratorias y complementarias que regulen la actuación de los Representantes y Directores designados por las acciones o participaciones accionarias.

El Jefe de Gabinete de Ministros dispondrá las adecuaciones presupuestarias pertinentes, a través de la reasignación de partidas del Presupuesto Nacional, a los efectos de poner en ejecución lo dispuesto mediante el presente.

El decreto lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, del Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina y de los ministros de Economía,  Hernán G. Lorenzino y de Trabajo, Carlos A. Tomada.

En los considerandos expresa que a fin de garantizar y preservar la sustentabilidad del Régimen Previsional resulta necesario concentrar la información normativa y de gestión relativa a las participaciones accionarias que componen el aludido Fondo, ello a fin de unificar la toma de decisiones para llevar adelante planes de acción consistentes con las políticas de desarrollo económico implementadas a nivel nacional.

A ese fin -agrega-, se estima conducente asignar a la Secretaría de Política Económica el ejercicio de los derechos políticos inherentes a las acciones que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto (creado por el Decreto Nº 897/07).

Expresa luego que con objeto de dotar de eficiencia a la gestión estatal de participaciones accionarias actualmente en cabeza del Ministerio de Economía, unificándola en un único órgano, resulta necesario asignarle a la Secretaría de Política Económica las competencias actualmente a cargo de la Secretaría de

Finanzas, en orden a la ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario, como así también en aquellas sociedades donde el aludido Ministerio posea tenencias accionarias o de capital, y a instruir a los representantes del Estado Nacional en ellas




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