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Proyecto de Constitución marroquí: ¿du déjà vu?

Cuarenta y nueve años y cinco constituciones separan al proyecto de constitución que el rey de Marruecos someterá a referéndum el próximo día 1º de Julio, y la primera Constitución marroquí de 1962. El tiempo pasa lentamente y deja pocas huellas en la monarquía marroquí pero muchas en las constituciones todas aprobadas por algún imperativo de la estrategia real. El proyecto de Constitución de 2011, que será sometido al pueblo en condiciones de mayor libertad de expresión que nunca, ha podido ser construido con las opiniones de los líderes políticos y personalidades consultadas, que no obstante no llegaron a ver el proyecto mismo de Constitución cuya redacción el rey Mohamed VI encomendó a Abdellatif Mennouni, presidente de la Comisión Consultativa de Reforma de la Constitución, nombrada por el rey, tal como hizo Hassán II en ocasión de todas las anteriores constituciones. Casi medio siglo después este proyecto suscita menos controversia y rechazo que la Constitución de 1962, pero quienes se oponen a él o piden su boicot, la poderosa Confederación Democrática del Trabajo (CDT), el Movimiento 20 de Febrero o primavera marroquí, numerosos intelectuales y periodistas, y algunos partidos de izquierda, lo hacen por los mismos motivos que se oponían en 1962 la Unión Nacional de Fuerzas Populares, y líderes del prestigio religioso de Mohamed Belarbi Alaui o político como Abdelkrim el Khattabi. Los herederos de aquellos opositores forman hoy parte acomodada del sistema político marroquí, al que han sido incorporados en sucesivas etapas. En aquel año crucial de 1962, que consagró constitucionalmente el absolutismo del reinado de Hassán II, yo trabajaba de intérprete en la embajada de Cuba en Rabat. Por ella y por otras embajadas de países socialistas y de Argelia después de su independencia ese mismo año, pasaron casi todos los dirigentes marroquíes que aspiraban a construir un país democrático y buscaban apoyos en países socialistas. Hoy el campo socialista ha desaparecido y los partidarios del régimen, en parte con razón, quieren encontrar su propia y original vía a la democracia porque, según sostienen, a la vista de cómo se comportan en el mundo los países llamados occidentales, el modelo de democracia que éstos quieren transmitir no constituyen para ellos un ejemplo imitable. La rudeza constitucional de Hassán II en 1962, apoyado por Francia y por España que temían el contagio al Magreb de la guerra de liberación de Argelia, tuvo importantes consecuencias para Marruecos: la llamada guerra de las arenas entre Marruecos y Argelia de 1963, la creación de la Conferencia Tricontinental, en sus inicios esbozada en la embajada de Cuba entre sus funcionarios y Mehdi Ben Barka que se concretaría en un encuentro en La Habana tres años más tarde, y las durísimas confrontaciones cruzadas en el interior de Marruecos que perfilaron el inicio de los llamados años de plomo. La Constitución de 1962 había sido precedida, en vida de Mohamed V, por un amplio debate sobre la necesidad de elegir por sufragio universal una asamblea constituyente, que finalmente fue constituida después de que el rey eligiera personalmente a todos sus integrantes. Pero Mohamed V falleció antes de que la primera constitución del país pudiera ver la luz y no fue posible saber qué tipo de constitución estaba dispuesto a adoptar para el Marruecos independiente de la colonización. Recuerdo que la emoción de los líderes políticos de la época fue enorme cuando Ahmed Reda Guedira, probablemente el Consejero Real que más influyó en el afianzamiento de la monarquía dictatorial de Hassan II, dijo que una asamblea constituyente no procedía porque todo el poder constituyente lo tiene en Marruecos el rey, que es el poder supremo del país. Si establezco este paralelismo entre la Constitución de 1962 y el Proyecto de 2011 es porque el actual proyecto es el único que es presentado como una “genuina y radical reforma”, una ruptura con el pasado de constituciones otorgadas. Aunque la Constitución de 1996 contiene elementos positivos con respecto a las anteriores, fue elaborada con el objetivo principal de llevar al gobierno a la USFP y a su líder, Aberrahman el Yussufi, como primer ministro. En medio de una notable atomización de la escena política marroquí, la USFP obtendría en las legislativas de 1997 solo 57 escaños en un Parlamento de 325, lo cual no le habría permitido constituir una mayoría necesaria para gobernar de no ser por el apoyo del rey, como le ocurriría en 2007 al actual primer ministro Abbas el Fassi, cuyo partido Istiqlal obtuvo cinco escaños menos que la USFP de Yussufi. El proyecto de Constitución, que casi con toda seguridad será refrendado el 1º de Julio próximo como sexta constitución marroquí desde la independencia en 1956, incluye cambios en relación con la Constitución anterior, aunque en opinión de quienes pide su boicot o se oponen a él, ninguno que permita de forma concluyente pretender que Marruecos se va a convertir en una monarquía parlamentaria donde el rey reine pero no gobierne. El régimen marroquí pondrá seguramente todo su empeño en que el referéndum del 1º de julio sea aprobado por una mayoría holgada porque la monarquía marroquí, que se coloca con demasiada frecuencia en la primera línea del debate político, no ha perdido nunca una consulta popular. Por el contrario, el Movimiento 20 de Febrero y quienes solicitan el boicot del referéndum se verán deslegitimados si lo pierden porque no disponen de los recursos del régimen para competir. Es una deslegitimación que ya ha comenzado en los medios de comunicación y los políticos oficiales que acusan a esos jóvenes de inclinación hacia la violencia, de estar manipulados tanto por la extrema izquierda y por los islamistas radicales, y de no ser representativos, algo que las manifestaciones incluso multitudinarias no despejan. En cualquier caso la monarquía marroquí no habrá cedido más poder que el que voluntariamente ha querido ceder, ni el régimen tendrá más rasgos democráticos de los que ya tiene, pero sí habrá dado argumentos a Estados Unidos y la Unión Europea, que han expresado su entusiasmo por estas reformas, para apoyar a Marruecos en lo que de verdad es transcendente y vital para la monarquía y el régimen marroquí: el contencioso internacionalmente pendiente por el territorio del Sahara occidental. Ver artículo siguiente: El proyecto de Constitución marroquí: qué cambia y qué pertmanece.
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