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No cometió desacato

08/01/2016@15:27:09
Artículo 187, numeral 20, de la Constitución establece: “Corresponde a la Asamblea Nacional calificar a sus integrantes” (no al Tribunal Supremo de Justicia). Además, el artículo 200 de la carta magna aclara que los diputados “gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación” (no juramentación).
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