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Será juzgado por la Audiencia Nacional

Varapalo del Tribunal Constitucional a Arnaldo Otegi

Varapalo del Tribunal Constitucional a Arnaldo Otegi

Varapalo del Tribunal Constitucional a la ilegalizada Batasuna: su Sección Primera ha inadmitido por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por Arnadlo Otegi contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de declararse incompetente en una causa contra el batasuno y remitirla a la Audiencia Nacional. Otegi será juzgado por la Audiencia por enaltecer el terrorismo y no por el TSJPV, como era su deseo.

  Aunque la Providencia está fechada el 27 de diciembre pasado, no se ha conocido hasta este miércoles: la Sección Primera de la Sala Primera del Tribunal Constitucional ha inadmitido por unanimidad a trámite el Recurso de amparo interpuesto por el líder batasuno Arnaldo Otegi Mondragón contra el Auto de la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de declaración de falta de competencia y de remisión de la causa contra Otegi a la Audiencia Nacional. Ello significa que la causa contra Otegi será enjuiciada por la Audiencia, algo que quería evitar a toda costa el líder batasuno.

   Los hechos se remontan al homenaje que el brazo político de ETA dio a la etarra Olaia Castresana, que murió en Torrevieja cuando explotó la bomba que manipulaba. Por sus palabras en el citado homenaje, Otegi fue encausado por un posible delito de apología del terrorismo. No obstante, en aquel momento Otegi era parlamentario vasco, por lo que, al ser aforado, debía ser juzgado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Sin embargo, al dejar de ser parlamentario en las últimas elecciones autonómicas, la causa debía pasar a la Audiencia Nacional, competente en cuestiones de terrorismo.

   Y eso era lo que Otegi Mondragón pretendía evitar a toda costa: ser juzgado por la Audiencia. Contra la resolución del TSJPV interpuso recurso de amparo al Constitucional, alegando que se había vulnerado su derecho al juez ordinario y que se habían producido dilaciones indebidas.

  Ahora bien, según la Providencia del Constitucional, carece de contenido constitucional la primera queja de la demanda de Arnaldo Otegi, en la que se invoca como vulnerado el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley “en relación con el derecho a un juicio con todas las garantías y el derecho a la tutela judicial efectiva, en relación asimismo con el derecho a un juicio sin dilaciones indebidas”.

  El Alto Tribunal asegura que el recurrente atribuye tal vulneración a la asunción por parte de la Audiencia Nacional de la competencia para el enjuiciamiento de la causa en la que figura como acusado, cuando lo cierto es que lo único que determinan los Autos impugnados es la falta de competencia de la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y la remisión de los autos a la Audiencia Nacional, sin que conste una decisión de asunción de competencia por parte de este órgano judicial. “No se han producido pues los hechos en los que la demanda sustenta la vulneración constitucional”.

  Igualmente, merece el mismo destino de inadmisión la alegación relativa a la “producción de dilaciones indebidas”. En primer lugar, por razones formales, dado que la demanda no acredita que se “haya denunciado oportunamente la dilación ante el órgano jurisdiccional y asimismo se haya dado a éste un tiempo que razonablemente le permita remediar la dilación” (STC 177/2004, de 18 de octubre).

  En segundo lugar, por la falta de objeto de la queja, que se refiere a unas dilaciones que, de haberse producido, ya habrían cesado. “Constituye doctrina constitucional reiterada que no cabe denunciar ante este Tribunal las dilaciones indebidas una vez que ha concluido el proceso en la vía judicial, pues la apreciación en esta sede de las pretendidas dilaciones no podría conducir a que este Tribunal adoptase medida alguna para hacerlas cesar”.

 Otegi, por tanto, será definitivamente juzgado por la Audiencia Nacional y todo ello en un momento en el que ETA ha roto, a base bombazos, el proceso de paz.




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