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El Supremo, ahora protagonista

La Justicia se corrige otra vez a sí misma, a la baja, con el entorno batasuno

> Después de que el Constitucional validara la lista ilegalizada de Alfonso Sastre, revolución en el caso Ekin

Cambio de sentencias. O revisión, como se quiera ver. El caso es que en una semana hemos visto pasar de ilegal a legal la lista de Iniciativa Internacionalista, acusada de ser una tapadera de ETA-Batasuna, y ahora reducir las sentencias contra los condenados por el 'caso Ekin'. En el primer tema se trata de la corrección del Constitucional al Supremo. En el segundo, del Supremo a la Audiencia Nacional.

El Tribunal Supremo ha rebajado la pena a 37 de los 47 condenados por la Audiencia Nacional en el sumario por el 'caso Ekin' y ha absuelto a otros 9. Así lo acordó la Sala de lo Penal en una sentencia hecha pública ayer, en la que el mayor beneficiado ha sido José Luis Elcoro, presidente de Orain, editora del clausurado diario Egin, que de 24 años de cárcel ha pasado a tener una pena de 8 años. El Supremo ha revocado además la declaración de ilicitud de Orain, aunque mantiene las de KAS, Ekin y Xaki.

Sin embargo, el Ministerio del Interior mostró su satisfacción por la sentencia del Supremo ya que considera que "avala" el trabajo realizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a pesar de que por una "cuestión técnica-jurídica" rebaje las penas a los condenados.


Clara voluntad de participar en los fines de ETA

El Tribunal Supremo, eso sí, mantiene en su sentencia que las organizaciones enjuiciadas, que funcionaron de forma permanente desde 1976 a 2000, y pese a carecer de armas, "tenían clara voluntad de participar en los fines de ETA complementando -en el caso de KAS Y EKIN, la actividad de lucha armada".

Esta afirmación se mantiene pese a que la sentencia del alto tribunal, de 1.096 páginas, justifica la absolución de nueve de los condenados en diciembre de 2007 por la Audiencia Nacional y rebaja, por una cuestión de proporcionalidad de las mismas, las penas de otros 37 condenados (la Fiscalía apoyó modificar las condenas de un total de 38 enjuiciados). Así, la resolución comunicada hoy a las partes modifica todas las condenas menos una, la de José Ramón Anxía, que mantiene los 2 años de cárcel por colaboración que le impuso la Audiencia Nacional.

La complementación a la labor de ETA, según el alto tribunal, la realizaron los condenados mediante el control y dirección de la 'kale borroka', el señalamiento de posibles objetivos (EKIN) y, en el caso de XAKI, "mediante la recuperación para la lucha armada de aquellos militantes que habían sido deportados o proporcionando a éstos documentación auténtica que había sido manipulada para facilitar la ejecución de actos terroristas".

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