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La prohíbe por considerar que vulnera el artículo 149 de la Constitución

El Constitucional da 'con la puerta en las narices' a Ibarretxe

· La norma pretedía generar "una nueva relación entre el Estado y País Vasco"

   El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró este jueves por unanimidad la inconstitucionalidad del proceso de consulta que el lehendakari Juan José Ibarretxe pretendía convocar para el próximo 25 de octubre, y ordenó la nulidad de la conocida como Ley de Consulta del Parlamento vasco.
   La presidenta del alto tribunal María Emilia Casas Baamonde y los magistrados Guillermo Jiménez Sánchez, Vicente Conde Martín de Hijas, Elisa Pérez Vera, Eugenio Gay Montalvo, Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Ramón Rodríguez Arribas, Pascual Sala Sánchez, Manuel Aragón Reyes y Pablo Pérez Tremps, consideran que el referéndum vulnera el artículo 149.1.32 de la Constitución que establece que el Estado tiene competencia exclusiva en la autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.

   El Pleno explica en su sentencia, hecha pública este jueves por la noche, que la pretendida consulta -en realidad, referéndum-- "no cabe en nuestro ordenamiento constitucional" puesto que en nuestro sistema "sólo puede convocarse y celebrarse los referendos que expresamente estén previstos en las normas del Estado, incluidos los Estatutos de Autonomía, de conformidad con la Constitución".

   "Tal convocatoria no puede ampararse en genéricas potestades implícitas vinculadas al principio democrático, al entrar estas en colisión con otras competencias expresamente atribuidas a otro ente", indica la sentencia. 

   La sentencia pone de manifiesto que nuestra Constitución garantiza "uno de los sistemas democráticos más plenos que cabe encontrar en el Derecho Constitucional comparado".

   Los 11 magistrados recuerdan, además, que el respeto a los procedimientos es "siempre y en todo caso, inexcusable" y destacan que "tratar de sortearlos, eludirlos o simplemente prescindir" de ellos sería "intentar una inaceptable vía de hecho para reformar la Constitución al margen de ella o conseguir su ineficacia práctica".




Pretendía una nueva relación con el Estado

   Por otra parte el Pleno del Tribunal Constitucional indica que el contenido de la Ley de Consulta de Ibarretxe "no es sino la apertura de un procedimiento de reconsideración del orden constituido" que pretende "una nueva relación entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco". 

   Los magistrados explican que la existencia de un sujeto nombrado en la Ley de Consulta como "Pueblo Vasco", que tiene un derecho a decidir equivalente al titular de la soberanía, es decir, el "Pueblo Español", y es capaz de negociar con el Estado los términos de una nueva relación, "es imposible sin una reforma previa de la Constitución vigente"

   "El procedimiento que se quiere abrir, con el alcance que le es propio, no puede dejar de afectar al conjunto de los ciudadanos españoles, pues en el mismo se abordaría la redefinición del orden constituido por la voluntad soberana de la Nación", dice la sentencia.

   El alto tribunal indica por otra parte que la Ley de Consulta viola uno de los valores superiores de nuestro ordenamiento como es el pluralismo político e infringe el Reglamento del Parlamento Vasco.

   "Se ha impuesto a la Cámara la tramitación de la Ley a través de un procedimiento en el cual resultan notablemente limitadas las posibilidades de participación de las minorías en el proceso de elaboración de la norma (...) en virtud de una decisión del Gobierno vasco.

Ibarretxe contestará este viernes

El Consejo de Gobierno, presidido por el lehendakari, Juan José Ibarretxe, se reunirá de manera extraordinaria mañana en el Palacio de Ajuria Enea, a las 11.00 horas de este viernes, para estudiar la decisión unánime del pleno del Tribunal Constitucional.

   Según informó el Ejecutivo vasco, tras la reunión, a las 11.30 horas, el lehendakari leerá una declaración institucional sobre la sentencia del TC ante los medios de comunicación.
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