red.diariocritico.com

Se estima el recurso de los familiares de las víctimas contra el archivo

La Audiencia Nacional descalifica al juez Marlaska por su pésima instrucción del 'caso Yak-42' y le obliga a reabrirlo

La Audiencia Nacional descalifica al juez Marlaska por su pésima instrucción del 'caso Yak-42' y le obliga a reabrirlo

Pocas veces se ha visto un varapalo jurídico tan grave contra un juez como el que le ha dado la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional al magistrado Fernando Grande-Marlaska por el cierre del sumario del Yak-42. Han utilizado adjetivos como ‘desacertado’, ‘precipitado’, ‘nefasto’… y le ordenan taxativamente que siga investigando la contratación del avión maldito. Después de esto, ¿debe dejar su puesto el juez?

 

El Auto 11/08, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre el cierre de las diligencias previas 366/2003, relativas al accidente del Yak-42 en Turquía, en el que fallecieron 62 militares españoles que regresaban de Afganistán, significa uno de los mayores varapalos que los organismos judiciales han dado a un juez por una decisión que juzgan desacertada.

El auto, del que ha sido ponente Fernando Bermúdez de la Fuente y en el que han participado los también magistrados Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel Rivero, ordena al juez del Central número 3, Fernando Grande-Marlaska, que continúe la tramitación de la causa con la práctica de las diligencias interesadas por las partes y el Ministerio Fiscal para el mejor esclarecimiento de los hechos.

Dice el Auto: “Del examen de la causa remitida y alegaciones efectuadas por las partes apelantes y apelada por escrito y en forma oral en la vista del recurso se llega por la Sala a la conclusión de que las resoluciones recurridas han adoptado una forma desacertada en su motivación al precipitarse en acordar el sobreseimiento libre, con las nefastas consecuencias que hubieran tenido para la causa de no haberse interpuesto los preceptivos recursos de reforma y apelación adquiriendo fuerza de cosa juzgada material e impidiendo que las familias de los militares fallecidos en el citado accidente aéreo del Yak 42 tuvieran la tutela judicial efectiva y pudieran ejercitar libremente el derecho de defensa. Por ello procede estimar los recursos interpuestos, con la consiguiente revocación de los Autos recurridos, para que por el Juzgado Instructor se continúe la tramitación de la causa con la práctica de las diligencias interesadas por las partes y el Ministerio Fiscal para el mejor esclarecimiento de los hechos”.

Como se recordará, en el Juzgado Central de Instrucción n° 3 se tramitaban las Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado n° 366/2003 en virtud de la denuncia formulada por la Asociaci´`on de Familias Afectadas por la Catástrofe del Accidente Aéreo Yak-42 y otros, en las que el 1 de Junio de 2007 el juez Grande-Marlaska dictó un Auto en el que, alegando que no había lugar “a practicar diligencia de instrucción complementarias” y “no concurriendo indicio racional alguno de criminalidad", aplicaba el artículo 779. 1-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y acordaba el sobreseimiento libre de la causa.

La decisión de Grande-Marlaska de cerrar el sumario en falso fue recurrida por las víctimas, recurso que fue remitido para su resolución a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. También el Ministerio Fiscal solicitó la revocación de las resoluciones recurridas, señalando que el Auto de cierre de actuaciones de Grande-Marlaska es “contradictorio al no haberse practicado las diligencias interesadas por la Sala de lo Penal en su Auto de 15 de Julio de 2004” y también “incorrecto en cuanto que acuerda el sobreseimiento libre y no el provisional ya que como reconoce el propio Juzgado existe delito y además quiebra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva reconocida en el art.24 de la Constitución Española”.

A partir del Auto de la Sala de lo Penal, el juez del Central de Instrucción número 3 deberá seguir con la investigación y practicar las pruebas que se le han pedido y que en su día denegó. Todo un varapalo judicial.

Pueden ver íntegro el Auto de la Sala de lo Penal pinchando aquí.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios