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Condenado a 17 años por asesinar a hachazos a su esposa en Écija

lunes 20 de julio de 2015, 22:21h

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 17 años de cárcel por un delito de asesinato a Antonio L.G., el hombre acusado de degollar con un hacha a su esposa el día 18 de marzo de 2013 en la vivienda que ambos compartían en la localidad sevillana de Écija.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial condena al acusado, por un delito de asesinato con las atenuantes por ideación delirante celotípica y consumo perjudicial de drogas, a 17 años de prisión, al pago de una indemnización de 109.666,87 euros a los tres hijos de la pareja y al Estado, y a 23 años de prohibición de acercarse a menos de 500 metros de sus hijos.

La sentencia se conoce después de que, el 24 de junio, un jurado popular declarase culpable por unanimidad a Antonio L.G., tras lo que la Fiscalía mantuvo su petición de 18 años de cárcel para el acusado, mientras que la acusación particular que ejercen los tres hijos de la pareja disminuyó de 25 a 20 años su solicitud de prisión y el abogado de la defensa interesó que se le impusiera una pena máxima de 15 años.

Según la sentencia consultada por Europa Press, el jurado consideró probado que los hechos sucedieron el 18 de marzo de 2013, cuando la víctima, Petra M.M., y dos de sus hijos se despertaron sobre las 6,00 horas para desplazarse a sus respectivos trabajos, mientras el tercero de los hijos y el acusado continuaban descansando en sus respectivas habitaciones.

Tras abandonar el domicilio familiar dos de los hijos que se encontraban en la vivienda, y cuando Petra aún no se había marchado, el acusado se despertó y, encontrándose a la víctima en la cocina, cogió un hacha y le asestó varios hachazos en cara, cabeza y cuero cabelludo, ocasionándole la muerte.

HASTA 14 HACHAZOS

De este modo, la fallecida presentaba en su cuerpo hasta 14 heridas inciso contusas "compatibles" con el hacha, todas las cuales "tienen la suficiente gravedad para producir la muerte, en tanto que se localizan en cráneo y cuello", de manera que la muerte se produjo por shock hipovolémico por hemorragia masiva secundaria a lesiones vasculares.

Según el jurado, los hachazos "fueron asestados" por el acusado "con intención de causar la muerte" de Petra, ya que abordó a su esposa "de forma que ésta no pudiera reaccionar ni defenderse, pretendiendo asegurar así que acababa con su vida".

En el momento de los hechos, el imputado presentaba una ideación delirante celotípica y consumo perjudicial de sustancias estupefacientes, "con intacta capacidad cognitiva y limitada de forma leve-moderada la capacidad de querer", por lo que rechaza aplicar la eximente completa o incompleta.

NO HUBO CONFESIÓN

La Audiencia, que considera que, en este caso, "resulta indudable que la agresión se ejecuta eliminando cualquier posibilidad de defensa" por parte de Petra, rechaza aplicar la atenuante de confesión, pues, para aplicar dicha atenuante y según establece el Tribunal Supremo, "la confesión debe producirse antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él".

A la hora de establecer la pena, que en un delito de asesinato va de 15 a 20 años de prisión, la Audiencia argumenta que en este caso, "después de compensar racionalmente la agravante y la atenuante, persiste el desvalor de la agravante de parentesco, derivado de la mayor entidad del mandato que impide cualquier clase de maltrato a los familiares, así como la mayor relevancia de los efectos psíquicos sobre los hijos de la víctima y del acusado, pues no es lo mismo que a su madre la matara un extraño, a que lo haya hecho su padre".

Ello, unido a la "falta de arrepentimiento" por parte del acusado, lleva a la Audiencia a condenarlo a 17 años de cárcel, aunque no le impone la prohibición de acudir a la localidad de Écija, solicitada por la acusación particular, pues "no consta que el acusado represente un peligro para sus hijos", imponiéndole por contra la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de ellos durante 23 años.

La Audiencia condena al imputado a pagar una indemnización total de 109.666,87 euros, de los que 58.545,91 euros serán para sus tres hijos, a los que ha causado "unos evidentes daños, sobre todo morales", y el resto --51.120,96 euros-- para el Estado, que abonó dicha cantidad en concepto de ayuda provisional a los hijos de la fallecida.

EL ACUSADO SE DECLARÓ "CULPABLE"

El imputado, cabe recordarlo, se declaró "culpable" y comenzó su comparecencia diciendo que "no recuerda muy bien las cosas" porque había tomado "muchos psicotrópicos", precisando que el día de los hechos se despertó sobre las 7,30 horas y mantuvo una discusión "fuerte" y "a gritos" en el comedor con su esposa, a la que "recriminó" que le era "infiel".

"No recuerdo todo, estaba demasiado 'endopao' de pastillas", explicó el procesado, que aseguró que media hora antes de la discusión se tomó "seis o siete" pastillas, concretamente 'tranquimazín' de dos milígramos que ingería para "quitarse de las drogas", agregando que en el marco de la disputa su mujer le preparó una tila "con demasiadas pastillas". "Le dije que no me las tomaba" porque "me iba a volver loco", indicó.

El imputado, que afirmó que "creía" que su esposa "le envenenaba", puso manifiesto que, en el marco de esa discusión, cogió un hacha "pequeña" que utilizaban para cortar la carne y golpeó con ella a la víctima. "Fue un arrebato, la quería más que a nada en el mundo", aseveró.

Una vez cometido el crimen, el acusado narró que cogió el bolso de su mujer y salió de la vivienda para dirigirse al banco, trayecto en el que la Policía Nacional le "cogió".

"Por lo que dice la Policía, escondí el hacha en una alcantarilla, aunque no lo recuerdo porque yo estaba traumatizado", relató el acusado, que negó lo asegurado en su declaración judicial, cuando afirmó que, tras matar a su mujer, escondió el hacha y se dirigió a casa de su hermano, a quien le confesó el crimen.

DENUNCIA PREVIA

La víctima ya denunció en el año 2007 ante la Policía al ahora detenido por insultos, amenazas y maltrato psicológico, aunque la denuncia fue archivada después de que ella misma la retirara.

El detenido cuenta con 30 antecedentes policiales, en su mayoría por delitos de robo con fuerza, aunque en una ocasión también fue detenido por un delito de prostitución después de que ofreciera a una joven 50 euros a cambio de sexo, lo que ésta denunció inmediatamente.

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