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Estima el recurso presentado por El Corte Inglés

El TSJCyL anula la adjudicación de la gestión del aparcamiento de Juan de Austria en Valladolid a Isolux

El TSJCyL anula la adjudicación de la gestión del aparcamiento de Juan de Austria en Valladolid a Isolux

Por Redacción/Agencias
jueves 04 de diciembre de 2014, 12:03h
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado el recurso interpuesto por El Corte Inglés contra la resolución del Ayuntamiento de Valladolid por el que se adjudicaba a Isolux Corsan Aparcamientos SL el contrato para la reforma, mantenimiento y explotación del aparcamiento de la Plaza de Juan de Austria, por lo que ha anulado dicha resolución y ha ordenando la repetición del proceso.   

Según ha informado el Tribunal, el fallo incluye la declaración de inadmisión de la oferta de Isolux para que el órgano de contratación efectúe la adjudicación contractual que sea procedente. La Sala anula el referido contrato porque se adjudicó "alterando la propia Administración los términos de la oferta inicial efectuada por la referida mercantil", algo propio de un procedimiento negociado y no de uno abierto como éste.  
 De esta forma, con la introducción en el estudio económico de una modificación de la oferta inicial, se ha introducido una variación de aquella, lo que constituye "la formulación de dos ofertas", algo que en la práctica "ha supuesto que la Administración municipal eligiera una de ellas".   

Por lo tanto, el Tribunal considera que "ha existido una vulneración del procedimiento contractual" que ha de estar presidido "por la pura aceptación de la oferta de la Administración objeto de publicidad, que se encuentra contenida en el pliego de condiciones".   

Entre las modificaciones introducidas en la oferta inicial se encuentra una modificación del canon en el supuesto de que se alteren las circunstancias del estacionamiento, ante lo que Tribunal considera que "es claro que es un elemento relevantísimo del contrato, en cuanto que constituye la contraprestación del concesionario a la Administración municipal por la explotación del servicio objeto de concesión".   

Asimismo, entiende que lo relevante de esta alteración de la oferta inicial queda corroborado por el hecho de que "la propia Mesa de Contratación, apercibida de la contravención por esta oferta del Pliego de Condiciones, se vio obligada a la supresión de la misma". Por el contrario, de haber sido una mera declaración accesoria, interpretativa, la Sala opina que "no se debería haber hecho ningún pronunciamiento sobre su supresión".   

Así, el TSJCyL advierte de que la Administración "no puede alterar por sí misma la declaración de voluntad que constituye la oferta realizada por el contratista, determinando qué partes son o no válidas", pues este proceder "daría lugar a una especie de ofertas o contraofertas entre el licitador y la Administración, impropias de un sistema ordinario de adjudicación", algo "más característico de un sistema negociado". Ello, a juicio de la Sala, redunda en perjuicio de los demás licitadores de acuerdo con los principios de "transparencia e igualdad de trato" que inspira la contratación administrativa.   

Isolux Corsán se impuso a El Corte Inglés, anterior gestión del mismo, en el proceso para la gestión del aparcamiento el pasado mes de enero de 2013.
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