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La Fiscalía insiste en mantener la fecha del juicio contra el alcalde de Valladolid por desobediencia

La Fiscalía insiste en mantener la fecha del juicio contra el alcalde de Valladolid por desobediencia

Por Redacción/Agencias
martes 16 de septiembre de 2014, 15:40h
La Fiscalía de Valladolid ha reiterado su negativa a modificar la fecha del juicio por delito de desobediencia contra el alcalde, Francisco Javier León de la Riva, previsto para el próximo 27 de abril de 2015, tras insistir en que el señalamiento "no puede supeditarse a la identidad del acusado ni a las opiniones de los partidos políticos o grupos sociales en relación a dicha cuestión".   

De forma categórica, el departamento que dirige Esther Pérez Jerez deja bien claro que "el fiscal se opone" y en su escrito pide la desestimación del recurso del alcalde contra el decreto del secretario judicial, que rechazó la inicial petición de cambio de fecha, por entender que el mismo no infringe los preceptos procesales--el recurrente alegaba que no tenía en cuenta 'cualquier circunstancia modificativa--y tampoco vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.   

Pero además, recuerda que el abogado del primer edil fundamentaba la modificación de fechas, bien el adelanto o el retraso del juicio, en la necesidad de no incidir en las elecciones municipales de mayo donde León de la Riva pudiera optar nuevamente a la reelección, algo que la acusación pública sitúa en el mero plano de la "hipótesis".   

En cualquier caso, con carácter subsidiario al mantenimiento de la fecha, fiscalía se mostraría más partidaria de posponerla puesto que "lo que no procedería es alterar el calendario del juzgado para, a solicitud de parte, adelantar el juicio, pues el plazo de espera debe afectar a todos los ciudadanos por igual, en cuanto a todos ellos debe aplicarse la Ley en igualdad de condiciones".   

El alcalde de Valladolid, Francisco Javier León de la Riva, deberá  responder de un presunto delito de desobediencia relacionado con los retrasos de las obras en el proceso de legalización del antiguo edificio de Caja Duero en la plaza de Zorrilla, donde reside el munícipe.   

En su escrito de calificación provisional, la acusación pública tipifica los hechos como un delito de desobediencia, del artículo 410.1 del Código Penal, e interesa por ello un año y tres meses de inhabilitación para el cargo de alcalde u otros análogos, una multa de 3.600 euros y el pago de las costas procesales.   

Por su parte, la Federación de Asociaciones de Vecinos Antonio Machado, personada en la causa como acusación particular, entiende, a diferencia de la Fiscalía, que la conducta del regidor se enmarca en un delito continuado de desobediencia (410.1.C.P), en relación con el artículo 74, y pide su inhabilitación por dos años y el pago de una multa de 12 meses con una cuota diaria de 250 euros, es decir, un total de 90.000 euros, amén de las costas.   

Los acusadores toman como punto de referencia la inicial sentencia de abril de 2008 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León--ratificada en septiembre-- que anuló licencias y obligaba a demoler áticos en dicho inmueble creados a partir de unos trasteros, así como, sobre todo y a causa del no cumplimiento de dicho fallo, los autos de 16 de junio de 2009 y posteriores de julio de 2010, marzo de 2011 y marzo de 2012 que ordenaron al alcalde, "bajo su directa y personal responsabilidad" y en un plazo de tres meses, ejecutar la demolición de las obras de rehabilitación y a reconstruir los elementos protegidos ilegalmente demolidos o modificados.   

"El acusado, desde el primer momento evidenció su voluntad contraria al cumplimiento de la sentencia, de la que es muestra la solicitud de nulidad de actuaciones que planteó, ante el tribunal, alegando no haber tenido conocimiento del proceso judicial, su esposa y copropietaria de la vivienda -domicilio de ambos- ubicada en el edificio afectado, que sería desestimada en auto de 16 de julio de 2008", refiere el Ministerio Fiscal.   

En este sentido, sostiene que el comportamiento del acusado no acatando el mandato, que de modo personal y directo, le había efectuado la Sala de lo Contencioso Administrativo, "ha tenido su reflejo, no sólo en el evidente retardo en la realización de las obras necesarias para restablecer la legalidad, derivado de la sucesiva aprobación y posterior anulación de proyectos que no daban cumplimiento a la sentencia, lo cual era conocido por el señor León de La Riva, sino también en la inejecución de lo resuelto en orden al cese de ocupación de las viviendas y oficinas afectadas por el fallo judicial".   

La oposición al cumplimiento del mandato judicial, según el acusación pública, plasmada en la conducta de "abstención y pasividad" de León de la Riva, ha derivado en el prolongado periodo de ejecución de una resolución, de cuyo contenido nunca solicitó aclaración el Ayuntamiento, ni su máximo responsable, que finalmente se ha tenido por cumplida en el mes de enero de 2014, seis años después de la primera sentencia del TSJCyL anulatoria de las licencias concedidas al inmueble.   

Pero además, incide en que León de la Riva, tras haber sido designado como órgano responsable para el cumplimiento de la sentencia, se ausentó de las sesiones de la Junta de Gobierno Local cuando se iba a abordar la aprobación de los distintos proyectos de restitución del inmueble a la legalidad, "para no participar en el debate y votación de ese punto del orden del día".

Abstención por "pasividad"   

Dicha abstención, "que no se produjo cuando se votaron los acuerdos anulados, a pesar de que el imputado estaba en trámites de adquirir una vivienda en el inmueble a que se referían aquellos, colmaría igualmente la tipicidad de desobediencia en cuanto también revela una reiterada y evidente pasividad a lo largo del tiempo, no dando cumplimiento al mandato judicial", actuación que "excede, sin lugar a duda, del ámbito residual de la falta y debe residenciarse en el delito".   

El caso fue sobreseído inicialmente por el Juzgado de Instrucción número 2, si bien los recursos de las acusaciones pública y particular ante la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid llevaron a este tribunal a instar al juez instructor a que continuara las diligencias contra el alcalde por desobediencia, delito por el que ocupará finalmente banquillo en un juzgado de lo penal de la ciudad.   
En su día, el 7 de noviembre de 2012, el alcalde declaró en sede judicial en calidad de imputado para atribuir a cuestiones técnicas, derivadas de la falta de una "documentación fiable", la dificultad de atender la exigencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de restituir la legalidad en el edificio de la Plaza de Zorrilla, en el que se autorizó un exceso de edificabilidad y donde, casualmente, el munícipe, cuenta con una vivienda.   

De este modo, León de la Riva mantuvo que "la voluntad del alcalde ha sido siempre la de cumplir la sentencia, y así lo ha hecho decreto tras decreto", en alusión a los distintos proyectos de restitución anulados sucesivamente por el TSJCyL debido a los problemas a los que se enfrentan los técnicos municipales a la hora de saber cuál es el edificio original.   

Y es que, según precisó entonces, el edificio, que es de 1950, fue declarado protegido en 1997, si bien cuando se protegió no se sabía a ciencia exacta si tal protección afectaba al inmueble original o a las múltiples modificaciones realizadas en los últimos cuarenta años.
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