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Ya se han celebrado tres reuniones

La Junta presenta a los grupos parlamentarios la Reforma de la Administración para facilitar el trámite de urgencia

- De Santiago-Juárez recuerda que el consenso "siempre" se alcanza en la vía parlamentaria
- El Ejecutivo regional reduce la estructura central de Sanidad en un 22 por ciento con la supresión de 34 unidades

Por Redacción/Agencias
jueves 20 de marzo de 2014, 13:59h
El Consejo de Gobierno ha analizado este jueves el anteproyecto de ley de Medidas para la Reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, documento que ya ha presentado a los grupos parlamentarios a fin de facilitar el trámite de urgencia.   

Así lo ha explicado este jueves el consejero de la Presidencia y portavoz, José Antonio de Santiago Juárez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, momento en el que ha explicado que se han celebrado tres reuniones con los grupos parlamentarios a fin de informarles sobre el contenido y facilitar el trámite de urgencia que se aplicará a su llegada a las Cortes, previsiblemente a mediados de abril.   

"Los consensos siempre se alcanzan en la vía parlamentaria", ha señalado el consejero en relación al contenido de las reuniones ya celebradas, que lejos de perseguir un "consenso", buscaban dar a conocer las modificaciones que plantea el texto y facilitar que se agilice su tramitación por la vía de urgencia.   

Esta reforma, ha recordado, contempla la modificación de 43 leyes autonómicas y aborda medidas de recursos humanos, simplificación administrativa y otras de carácter organizativo con el fin de contribuir a la prestación "de unos mejores servicios" mediante una Administración autonómica "más eficaz, eficiente, austera" que, además, evitará y propiciará "una participación más ágil".   

El anteproyecto, que el lunes se colgará en el espacio de Gobierno Abierto y que luego irá al Consejo Consultivo, consta de 37 artículos, con tres títulos que aglutinan medidas de recursos humanos, simplificación administrativa y otros aspectos organizativos; estos, a su vez, se vertebran en sendos capítulos monográficos sobre la organización de la Administración de la Comunidad, órganos de Cooperación Local, órganos de Coordinación Interdepartamental y órganos de asesoramiento y participación.

Medidas de recursos humanos   

Las funciones del Consejo de la Función Pública de Castilla y León se simplifican (se elimina la referencia a informes sobre diferentes cuestiones y mantiene la competencia de informar los anteproyectos de ley y disposiciones administrativas de carácter general que afecten a las cuestiones de personal), como también la tramitación de las relaciones de puestos de trabajo, y se regula de forma expresa la figura de la atribución de funciones a los funcionarios distintas a las que corresponden a su puesto de trabajo, por necesidades del servicio y con carácter temporal.   
En el caso del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, se prevé que, a fin de contar con una herramienta ágil que permita cubrir posibles vacantes de personal, se convoquen bolsas de empleo temporal no necesariamente ligadas a procesos selectivos; se concreta y homogeneiza el régimen de puestos de libre designación; se regulan medidas dirigidas a compatibilizar la gestión de recursos humanos con el estado de salud de los empleados y se flexibilizan las promociones internas temporales.   
Entre otros asuntos, respecto a las infracciones previstas en 26 leyes autonómicas y en dos decretos, se prevé una reducción del 50 por ciento de la sanción económica en las infracciones que no sean de carácter muy grave cuando el pago se efectúe con carácter voluntario en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento sancionador y se incluyen modificaciones diseñadas para agilizar procedimientos y reducir trámites.   

En el marco de las medidas organizativas, la racionalización de órganos administrativos y de sus competencias se aborda en un título propio, desglosado en cuatro capítulos; el primero de ellos, referente a la organización de la Administración de la Comunidad, racionaliza los principios que rigen la competencia de los órganos, incluyendo en ellos la posibilidad de que órganos y unidades de una consejería desempeñen funciones en relación con los entes adscritos a ella.  
 Se regula expresamente la figura de la encomienda de gestión que, sin suponer cesión de la titularidad de la competencia ni de sus elementos esenciales, posibilita la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios por órganos o unidades distintos de los que tienen atribuida dicha competencia, lo que redunda en una mayor eficacia y aprovechamiento de los recursos existentes.   

Además, se introduce en el anteproyecto de ley la previsión del asesoramiento, representación y defensa en juicio por los Servicios Jurídicos de la Comunidad de los entes que integran la Administración Institucional así como, en determinados supuestos, de empresas, fundaciones públicas y otras instituciones.

Capítulo II   

El capítulo segundo, relativo a los órganos de Cooperación Local, recoge la modificación de la organización del Consejo de Cooperación Local y se atribuyen a este las competencias que correspondían a la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales y a la Comisión de Carreteras.   

El capítulo tercero está dedicado a los órganos de coordinación interdepartamental, funciones que se asignan a la Comisión de Secretarios Generales, modificando las leyes en las que se encuentran regulados la Comisión Autonómica de Publicidad Institucional, la Comisión de Coordinación de Ciencia y Tecnología, la Comisión Interconsejerías para la Igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres, la Comisión Interconsejerías de apoyo a las familias y la Comisión de Coordinación para la política de Juventud de la Administración Autonómica.   

Finalmente, el capítulo cuarto, referido a los órganos colegiados de asesoramiento y participación, incluye la racionalización de diversos órganos de asesoramiento y participación existentes para agilizar y dinamizar su funcionamiento, permitiendo la fusión de varios órganos en uno solo.   

Para ello, se modifican las referencias expresas a órganos concretos, sustituyéndolas por una referencia genérica a la necesidad de que exista un órgano de asesoramiento y participación en la materia de que se trate. Con ello, se garantiza la participación en todas las áreas que existían hasta ahora si bien con esta modificación se busca una participación más ordenada y efectiva.

Reducción en Sanidad

El Consejo de Gobierno también ha aprobado la Orden que reduce la estructura central de la Consejería de Sanidad y la Gerencia Regional de Salud en un 22 por ciento con la supresión de 34 unidades cuya labor se encontraba "solapada" al existir departamentos con competencias semejantes.   

Con esta actuación se persigue simplificar la organización administrativa de ambas en sus servicios centrales y evitar duplicidades competenciales, además de adaptar su organización "a las nuevas realidades del sistema público de salud de la Comunidad y de la sociedad castellanoleonesa a la que presta servicio".   

Según los promotores de este cambio, los cambios que conlleva esta nueva ordenación sanitaria se han acometido "atendiendo a la racionalización y a la simplificación administrativas y a la eficiencia en la asignación y en la gestión de recursos".   

Esta unificación administrativa se enmarca en las medidas aprobadas por el Consejo de Gobierno a finales del pasado mes de enero para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla. El Gobierno autonómico estima que, además de "mejorar la actividad ordinaria", supondrá un ahorro de un millón y medio de euros anual.   

Entre las novedades de la Orden aprobada está la creación de servicios únicos de Estudios, Normativa, Gestión de Recursos Comunes y Asesoría Jurídica que, dependientes de la Secretaría General de Sanidad, pasan a desempeñar competencias de carácter transversal de forma unificada.

Oficina de gestión   

Asimismo, la Consejería de Sanidad va a disponer de una Oficina de Gestión Económica y Control Presupuestario que, adscrita a la Dirección General de Administración e Infraestructura de Sacyl, nace como instrumento de control del gasto público y de costes en la actividad asistencial que desarrolla el servicio público de salud de Castilla y León.   

Esta intervención organizativa se centra, especialmente, en tres campos como son una mayor coordinación entre las unidades administrativas de la Dirección General de Salud Pública, la planificación y diseño de las políticas y programas de salud pública y las de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, a quien compete el desarrollo y la ejecución de esas acciones preventivas a través de los niveles asistenciales de Atención Primaria y de Especializada.   

La segunda de estas intervenciones busca lograr una "mayor continuidad, integración y coordinación funcional" entre los niveles de Primaria y de Especializada, para lo que se ha establecido una nueva estructura en la Dirección General de Asistencia Sanitaria.   
Se trata de "superar una compartimentación estanca" en función del ámbito asistencial con el fin de posibilitar una comunicación directa entre Primara y Especializada, una gestión compartida de los procesos y de la información asistencial a través de la historia clínica digital compartida e incrementar la capacidad de resolución de la Atención Primaria, con el objetivo de mejorar la asistencia a los usuarios y mejorar la gestión de los recursos.   

Y por último, la nueva estructura también se ocupa la planificación a medio y largo plazo que asegure la sostenibilidad del sistema sanitario castellanoleonés. En este sentido, se reordenan unidades tanto de la Dirección General de Planificación e Innovación y de la Dirección General de Recursos Humanos, ambas de Sacyl, con el fin de "dar respuesta, sin menoscabo alguno de la calidad asistencial, a las nuevas demandas y necesidades existentes en materia de ordenación de personal".
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