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Autor de un delito de prevaricación administrativa por omisión 

Inhabilitado por siete años el exalcalde socialista de Corcos (Valladolid)

Por Redacción/Agencias
domingo 14 de abril de 2013, 21:09h
El que fuera alcalde socialista de Corcos del Valle (Valladolid), Constancio Maté González, ha sido condenado a siete años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargo público como autor de un delito de prevaricación administrativa, al no haber paralizado a partir de 2008 la actividad extractiva ilegal que la empresa Áridos Antolín S.A, cuyo titular ha sido condenado por delito contra el medio ambiente, venía realizando en el municipio pese a no contar con las correspondientes autorizaciones.

En una sentencia del Juzgado de lo Penal 2, recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial, Constancio Maté González, exalcalde, exdiputado socialista y hoy concejal en el Ayuntamiento de Corcos, ha sido inhabilitado como autor de un delito de prevaricación administrativa por omisión (artículo 404 del C.P), según informaron fuentes jurídicas.

Su compañero de banquillo, Francisco Javier Antolín Aguado, administrador solidario de Áridos Antolín S.A, se conformó en el acto del juicio oral, por un delito contra el medio ambiente, con una multa global de 3.600 euros, junto con su inhabilitación por un año para la actividad industrial de minería y extracción y fabricación de áridos y la obligación, en concepto de responsabilidad civil, de sufragar el coste derivado de la reparación de los daños medioambientales causados en los terrenos en los que ejecutó extracciones no autorizadas.

Dicha mercantil venía realizando desde 1997 en Corcos la extracción de áridos en régimen de concesión minera de la explotación Palazuelo otorgada por la Dirección General de Energía y Minas, si bien el presente procedimiento tiene su origen en una inspección llevada a cabo por personal de la Sección de Minas del Servicio Territorial de Industria en la que se pudo comprobar que la concesionaria estaba operando en zonas no autorizadas, fuera del perímetro originario.

Tal actividad, no sometida a la Declaración de Impacto Ambiental y sin contar con licencia municipal, fue mantenida por Áridos Antolín S.A. pese a las advertencias de paralización de la Junta y el consiguiente expediente sancionador-se propuso una multa de 300.000 euros-, a lo que se suma además, tal y como se constata en un informe de 16 de abril de 2010 encargado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente, la "deficiente" ejecución de los planes de restauración en los terrenos inicialmente extraídos dentro de la concesión.

Riesgo de contaminación de aguas subterráneas

El informe apunta igualmente que en los terrenos no autorizados y carentes de restauración alguna la actividad ilegal de la empresa provocó incluso un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas por herbicidas, abono e insecticidas al disminuirse el espesor del suelo que ejercía como capa filtro sobre las aguas freáticas, además de los efectos directos que los trabajos extractivos propiamente dichos podían ocasionar a las especies y poblaciones de animales de la zona, en particular respecto del LIC y la ZEPA Riberas del Pisuerga, incluidos en la Red Natura 2000.

En su sentencia, el juzgador no sólo considera que la ilegal actividad de la empresa se encuadra en un delito contra el medio ambiente, reconocido por el propio empresario, sino que dicho proceder contó con la connivencia de quien entonces ocupaba el sillón de la Alcaldía en Corcos, el socialista Constancio Maté González, hoy edil de dicha formación.

En este caso, el juez considera probado que, pese a estar al corriente de la situación al recibir comunicaciones del Seprona y de la Junta, no adoptó medida alguna y "omitió de forma deliberada, sin causa justificante, el ejercicio de las competencias administrativas que correspondían al Ayuntamiento", en referencia a la orden de paralización nunca emitida y que sí dio en el caso de Tecnofirmes S.A, propietaria de una planta de conglomerado asfáltico en la misma parcela 5008 del Polígono 8, por carecer de licencia ambiental y urbanística.

La razón de ello, siempre según el fallo, se encontraría en el hecho de que la empresa afectada era la matriz o parte integrante de la entidad Triturados Antolín, para la que trabajaba el entonces alcalde de Corcos.

"En el presente supuesto, el no hacer del acusado no tiene causa que la justifique en derecho, sino la de no perjudicar los intereses de la entidad afectada por el vínculo laboral existente con la misma", concluye la sentencia condenatoria.
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