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Cambios en el Programa Personal de Integración y Empleo (PIE)

Modificadas las ayudas a desempleados para hacerlas más accesibles

Modificadas las ayudas a desempleados para hacerlas más accesibles

martes 04 de septiembre de 2012, 17:25h
La Junta de Castilla y León ha modificado este martes mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl) el Programa Personal de Integración y Empleo (PIE) con el objetivo de flexibilizar los requisitos y hacerlo más accesible a los ciudadanos que sufren más directamente las consecuencias de la actual crisis económica.

El PIE, dirigido a trabajadores desempleados para la mejora de su empleabilidad e inserción laboral, estaba previsto para el año 2012 y su plazo de solicitudes finalizaba el pasado 30 de junio.

Según consta en la modificación de la Orden publicada este martes, uno de los requisitos para acceder ahora al PIE, ayuda que tendrá una duración máxima de cuatro meses, será no haber trabajado por cuenta propia ni ajena durante más de un mes desde la fecha en la que extinguió, por agotamiento, la ayuda, en su primera convocatoria, del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Además, para obtener la condición de beneficiarios de las ayudas reguladas los trabajadores deberán reunir a fecha de 1 de septiembre los siguientes requisitos: estar inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León --se considerará como desempleados a los demandantes de empleo no ocupados--, tener una inscripción ininterrumpida como demandante de empleo de, al menos, 6 meses, y suscribir el compromiso de participar en las acciones de orientación, inserción y búsqueda de empleo a que se refiere la Base 1.ª de esta orden.

Otro de los requisitos es no ser beneficiario de ningún tipo de prestaciones o subsidios de desempleo, renta agraria o renta activa de inserción, renta garantizada de ciudadanía u otras destinadas a la misma finalidad, ni reunir los requisitos para ser beneficiario de la Renta Activa de Inserción, ni de cualquier Programa estatal cuya finalidad sea sustancialmente idéntica a la del PIE.

Habrá que estar empadronado también en alguno de los municipios de Castilla y León desde el 1 de enero de 2010, como mínimo, y carecer de rentas de cualquier naturaleza cuyo cómputo mensual sea superior al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
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