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Considera que limita las actuaciones de la Comunitat

El Consell recurrirá la demarcación de la CHJ

El Gobierno valenciano acordó este viernes autorizar a la Abogacía General de la Generalitat a impugnar en vía contencioso administrativa y a ejercitar cuantas acciones sean pertinentes para obtener la nulidad de la delimitación del ámbito territorial de la demarcación hidrográfica del Júcar efectuada por el Real Decreto 125/2007, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.
El portavoz del Consell, Vicente Rambla, remarcó, en la rueda de prensa posterior a la reunión del pleno del Gobierno valenciano, que hasta ahora, la participación de la Generalitat en la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) había permitido "contar con un plan hidrológico de toda la Confederación en su conjunto" y compartir recursos de ríos como el Júcar, el Turia o el Millares en favor de las zonas deficitarias.

Precisó que el decreto del Estado "busca separar la demarcación dentro de la propia CHJ" y, con ello, "se distingue entre zonas más secas y más deficitarias de agua y zonas más excedentarias", de forma que la posibilidad de la Comunitat Valenciana "de utilizar un plan  hidrológico dentro de toda la Confederación queda alterada en este decreto que limita las actuaciones a cada una de las demarcaciones".

Así, la Comunitat Valenciana "se queda en la parte seca de la demarcación de la Confederación Hidrográfica y, por tanto, muy limitada en cuanto a las actuaciones que pueda tomar".

Manifestó que desde la Generalitat "queremos seguir teniendo una actuación general en toda la Confederación y no segmentada en distintas parcelas, de forma y manera que la capacidad de influir sobre la CHJ esté limitada a la parte más seca y a la parte de más dificultad".

Rambla indicó que este real decreto es una "medida más" de las iniciadas por el Gobierno socialista con la deregación del trasvase del Ebro "parece que buscando desecar a la Comunitat Valenciana", al tiempo que especificó que la modificación establecida "no ha sido consecuencia de una regla general que se haya tomado en otras confederaciones hidrográficas", sino que es una "excepción" que se ha aplicado "exclusivamente a las comprendidas en la parte del territorio valenciano que hasta ahora formaba parte del ámbito general de la Confederación".

Según fuentes del Consell, "otras cuencas cuyo carácter intercomunitario es idéntico al de las valencianas", pero situadas en otras comunidades autónomas "reciben un trato diferente", lo que supone "una situación discriminatoria para la Comunitat Valenciana y, por tanto, es contraria al ordenamiento jurídico".

"Modificación radical"

El Real Decreto 125/2007 excluye en su artículo 2.3 del ámbito de la demarcación del Júcar "las cuencas intracomunitarias" de la Comunitat Valenciana, "así como las aguas de transición a ellas asociadas", lo que, a juicio del Consell, significa una "modificación radical" de la situación que venía regulada por el Real Decreto 650/1987, por el que las cuencas intracomunitarias valencianas comprendidas en el ámbito de la CHJ "disponían, hasta ahora, de un marco de planificación y gestión común con las cuencas intercomunitarias que forman parte de la misma".

Las mismas fuentes especificaron que la delimitación del ámbito de las demarcaciones hidrográficas es una cuestión de "importancia vital" para la Comunitat Valenciana, dada la "escasez de recursos hídricos que afecta a la mayor parte del territorio valenciano como consecuencia de las graves sequías que periódicamente padece".

Por tanto, "cualquier decisión que pueda impedir o dificultar la posibilidad de un uso integral, solidario y sostenible de todos los recursos hídricos presentes en el territorio valenciano supone un perjuicio para el interés general de la Comunitat, por el que el Consell tiene el deber de velar", según explicaron los responsables del Ejecutivo autonómico.

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