Decisión de la Cámara Federal Porteña
Servini de Cubría seguirá a cargo de la causa por la apropiación de Ignacio Guido Montoya Carlotto
jueves 16 de octubre de 2014, 23:27h
La decisión fue adoptada la Cámara Federal porteña, que
consideró "prematura" cualquier decisión referida al envío de la
pesquisa al juzgado federal 1 de La Plata, que había reclamado a Servini la
inhibición en el caso, según la resolución firmada hoy.
La Cámara Federal porteña resolvió hoy que la jueza federal
María Servini de Cubría continúe a cargo de la causa por la apropiación de
Ignacio Guido Montoya Carlotto, el nieto de la titular de Abuelas de Plaza de
Mayo, Estela de Carlotto, cuya identidad fue recuperada en agosto último.
La decisión fue adoptada por la sala II del tribunal de
apelaciones que consideró "prematura" cualquier decisión referida al
envío de la pesquisa al juzgado federal 1 de La Plata, que había reclamado a
Servini la inhibición en el caso, según la resolución firmada hoy.
"La inhibitoria que se plantea ahora en esta causa
resulta prematura porque existen numerosas situaciones de hecho a determinar
aún", consideraron en un voto mayoritario los camaristas Eduardo Farah y
Martín Irurzun.
En una resolución de la sala II del tribunal de apelaciones
porteño se resolvió que la investigación permanezca en el juzgado de Servini,
quien ya citó a declaración indagatoria al hombre que crió a Ignacio Guido
Carlotto Montoya, Clemente Hurban y al médico que firmó el falso certificado de
nacimiento cuando fue apropiado, Julio Sacher.
Ambos trámites quedaron suspendidos por una recusación a la
magistrada presentada por el imputado Hurban, que debe ser todavía resuelta por
el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi.
Hurban pidió que se aparte a la jueza de la causa por
supuesta falta de imparcialidad a raíz de declaraciones hechas a la prensa
sobre el caso.
Por el momento y hasta que se resuelva su recusación, a
cargo de la pesquisa está el juez Martínez De Giorgi.
"De cuanto a esta altura se conoce, debe señalarse que
la inhibitoria que se plantea ahora en esta causa resulta prematura porque
existen numerosas situaciones de hecho a determinar aún", entendieron los
camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah.
Su colega Horacio Cattani quedó en minoría al votar que la
causa sea enviada a La Plata.
Irurzun y Farah consideraron que "en principio y sin
perjuicio de lo que en definitiva se demuestre, se advierte que alguna parte de
la acción de los delitos cometidos en perjuicio del hijo" de Laura
Carlotto "se habría desarrollado en distintas jurisdicciones territoriales
que aún resultan imprecisas y cuya determinación permitirá definir esta
cuestión; incluso una de ellas, que se conoce, no ha sido incluida en el
análisis y tampoco ha sido evaluada como variable por el Juzgado que generó la
incidencia".
"Y en este sentido debe tenerse presente que es
reiterada la jurisprudencia del Máximo Tribunal según la cual es necesario
esclarecer primero los aspectos fácticos del caso para determinar correctamente
el juez que debe intervenir en el hecho; y que esa tarea corresponde al
magistrado que previno en la investigación para evitar declaraciones de
incompetencia que luego deban ser revertidas", se agregó en la resolución
a la que accedió Télam.
Los camaristas recordaron que "luego de una larga
búsqueda finalmente y a partir del contacto espontáneo con la Asociación
Abuelas de Plaza de Mayo de quien se encuentra identificado como I H, el Banco
Nacional de Datos Genéticos logró establecer que éste resulta en realidad el
hijo biológico de L C y de W O M A, estudio que -según consigna el Fiscal a fs.
60/vta.- fue elevado a la Jueza actuante".
"Esta prueba resulta determinante para destrabar el
avance de la investigación, en tanto constituye un punto de inflexión para
encaminarse de manera directa al esclarecimiento de los hechos", se
agregó.
Y "tanto es así que fue recién a partir de ella que la
Secretaría de Derechos Humanos formuló la nueva denuncia -ante la Unidad
Especializada en casos de Apropiación de Niños durante el Terrorismo de Estado
de la Procuración General de la Nación- que dio origen a la causa FLP 29658 del
Juzgado Federal de La Plata, aún cuando dicho organismo conocía la existencia
previa de esta causa del Juzgado Federal n° 1 de Capital, extremo que conforme
indica la Juez de grado resulta llamativo", concluyeron los camaristas.
"Cabe concordar con el criterio de la Dra. Servini de
Cubría, coincidente con lo dictaminado con el Fiscal actuante en la
investigación, en el sentido de que resulta prematura la inhibitoria que se le
requiriera", concluyeron.