El
gobierno indignado
Apelaron el fallo de inconstitucionalidad del acuerdo con Irán
viernes 30 de mayo de 2014, 23:08h
La
sentencia "invade la esfera de actuación del Poder Ejecutivo y del
Congreso, cercenando las facultades que la Constitución expresamente otorga a
estos dos poderes", afirma la presentación.
"La
sentencia dictada es arbitraria" porque "invade la esfera de actuación del
Poder Ejecutivo y del Congreso, cercenando las facultades que la Constitución
expresamente otorga a estos dos poderes", remarcaron desde el Ministerio de
Justicia, tras recordar que el fallo de la Cámara en lo Criminal y Correccional
también declaró inconstitucional la Ley 26.843, a través de la cual el Congreso
Nacional aprobó el memorandum.
Hace 15
días, los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero habían firmado el fallo mediante
el cual declararon la inconstitucionalidad del acuerdo de entendimiento que
prevé la conformación de una "Comisión de la Verdad" compuesta por 5 juristas
internacionales que analizarían "toda la documentación presentada por las
autoridades judiciales de la Argentina y de la República Islámica de Irán" en
el marco de la causa AMIA.
El
memorandum, que también había sido declarado constitucional por el juez natural de la causa, Rodolfo Canicoba
Corral, establece que "la Comisión y las autoridades judiciales argentinas e
iraníes se encontrarán en Teherán para proceder a interrogar a aquellas
personas respecto de las cuales Interpol ha emitido una notificación roja".
El
mismo día que se conoció el fallo de la sala I de la Cámara en lo Criminal y
Correcional, el canciller Héctor Timerman y el ministro de Justicia, Julio
Alak, consideraron que la decisión judicial había invadido "facultades del
Poder ejecutivo y del Congreso Nacional".
"La
Justicia en 20 años no ha podido resolver la verdad", dijo Alak, en
aquella oportunidad, respecto al atentado a la AMIA ocurrido en 1994 que dejó
85 muertos.
Por su
parte, al citar a la Dirección de Asuntos de Derecho Internacional de la
Cancillería, Timerman remarcó: "El fallo es una invasión sin precedentes
del Poder Judicial en las competencias de los poderes Legislativo y Ejecutivo,
no se han encontrado precedentes".
En la
apelación el ministerio de Justicia y Derechos Humanos destacó que "el
tribunal ha cometido un exceso de competencia respecto de los planteos
efectuados por los amparistas".
A su
vez, en el escrito se destacó que se "ha violentado el derecho de defensa
en juicio del Poder Ejecutivo, al expedirse sobre cuestiones de la cuales no se
habían agraviado los apelantes, las que tampoco fueron incluidas en el escrito
de contestación de agravios presentado por el Estado Nacional".
El
fallo de la cámara había ordenado Poder Ejecutivo Nacional no realizar ningún
acto que implicara la ejecución del Memorándum y al juez de primera instancia
lo había instado a tomar medidas tendientes a reiterar los pedidos de
extradición y asistencia judicial formulados a Irán y a requerir a Interpol que
reexamine la solicitud de difusión roja de las capturas de Alí Rafsanjani, Alí
Akbar Velayati y Hadi Soleimanpour, imputados en la causa.
En ese
sentido, en el documento presentado hoy por la cartera de Justicia se sostuvo
que "la sentencia de la Cámara resuelve sobre lo que no tiene que resolver y
ordena a quien no tiene que ordenar".
Por su
parte, Timerman había informado el 15 de mayo que, por ley, "Irán tiene
prohibido extraditar a ciudadanos iraníes a otros países", al mismo tiempo que
"Argentina en su Constitución Nacional deja bien claro que no puede haber
juicios en ausencia". Por eso, había detallado, "se firman acuerdos
de cooperación judicial donde los jueces viajan a tomar este tipo de
declaración" y que "sin esas indagatorias no hay juicios, no se puede
avanzar".