La resolución establece que "en lo que refiere a los casos
de detenidos civiles o militares en causas en las que se investigan violaciones
a los derechos humanos, resulta indispensable que con carácter previo a
cualquier traslado ordenado por la justicia a un centro de salud dependiente de
las Fuerzas Armadas, se efectúe un exhaustivo informe sobre las condiciones de
seguridad de dicho traslado".
"
Esta evaluación deberá ponerse de manera inmediata en
conocimiento del Tribunal interviniente y del Ministerio Público Fiscal, con el
objeto de que puedan adecuar su pedido en orden a la información que les fuera
proporcionada", señala la resolución que lleva la firma del ministro de
Justicia,
Julio Alak.
También se indica que
"en todos los casos en los que
cualquier detenido necesite atención médica se lo deberá atender
prioritariamente en los hospitales y dependencias de salud con que cuenta ésta
institución penitenciaria".
"No obstante, en caso de que el estado clínico del
paciente exija la intervención de otro nosocomio, deberán utilizarse los
hospitales públicos más cercanos al lugar de detención, en tanto se encuentren
en condiciones de prestar la atención médica prescripta", precisa.
El 25 de julio se fugaron los condenados por delitos de lesa
humanidad
Jorge Antonio Olivera y Gustavo Ramón De Marchi mientras estaban en
una consulta médica por orden judicial en el Hospital Militar Central de la
Ciudad de Buenos Aires.
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los represores prófugos