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Golpe al gobierno

La Justicia falló a favor de Telecom

La Justicia falló a favor de Telecom

Anuló la resolución de la Secretaría de Comercio Interior

La Cámara en lo Penal Económico anuló la resolución de la Secretaría de Comercio Interior, que imponía a empresas del exterior la venta de acciones de una firma controladora de Telecom Argentina S.A., confirmaron fuentes judiciales.

El ministro de Planificación, Julio De Vido, en una conferencia de prensa brindada el 18 de enero último dijo que "si vemos que seguimos en presencia de chicanas cautelares express, ninguneando al gobierno nacional, vamos al Congreso con el proyecto de ley para la caducidad de la liencia de explotación del servicio a cargo Telecom Italia".

Por mayoría de sus miembros, los camaristas Nicanor Repetto y Edmundo Hendler, la Sala A de la Cámara decidió, además, que se curse una comunicación al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para que integre el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia (TNDC).

En disidencia, el camarista Juan Carlos Bonzón se opuso a las apelaciones de las empresas Telefónica SA, Telecom Italia SpA, Telecom Italia Internacional NV, Mediobanca SpA, Intesa Sanpaolo SpA, Edizione SRL, Assicurazioni Generali SpA y Sintonía SA.

La resolución de la Secretaría de Comercio Interior apuntaba a evitar el efecto distorsionador que provocaría la concentración económica, con un eventual perjuicio para el interés general.

Repetto y Hendler sostuvieron que la resolución del organismo "tiene un claro sentido sancionatorio", y que ese tipo de medida "no puede disponerse por ninguna autoridad sin antes escuchar y permitir el ejercicio del derecho de defensa" del afectado.

Al propiciar la confirmación de la resolución, Bonzón expresó que "tanto en el procedimiento administrativo como ahora en el judicial, los apelantes tuvieron plena libertad de alegar y probar todo lo que consideraron necesario en defensa de sus derechos".
Para la mayoría, con las condiciones impuestas, que a criterio del voto que prevaleció fueron notificadas a título "informativo", se violó el derecho constitucional de "defensa en juicio".

Repetto y Hendler agregaron que "las empresas extranjeras a las que se obliga a la desinversión no fueron escuchadas ni tampoco advertidas, de manera que pudieran expresar, ya fueran sus descargos o sus explicaciones o argumentos a lo que se encontraba en tratamiento".

Los camaristas pidieron la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para cursar la nota al PEN a fin de la creación del TNDC, que "es quien debe aplicar y controla el cumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia".

La mayoría consideró "un verdadero escándalo jurídico" que la ley 25.156 (que establece la creación del TNDC), dictada en septiembre de 1999, es decir hace más de diez años, se encuentre incumplida por una demora del Poder Ejecutivo en proceder a la designación que le fue encomendada expresamente".

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