Tras la sentencia del Tribunal Constitucional
Manifiesto por la devolución de la Cuenca del Guadalquivir
Preocupadas por la situación de la Cuenca del Guadalquivir tras la sentencia del Tribunal Constitucional declarando nulo de pleno derecho la transferencia de las competencias de gestión a la administración andaluza contemplada en el Estatuto de Autonomía, y las más recientes sentencias del Tribunal Supremo anulando igualmente el Decreto de traspaso de funciones y servicios sobre el Guadalquivir a la Comunidad andaluza, las instituciones y colectivos abajo firmantes suscriben el siguiente
MANIFIESTO
1.- Las recientes sentencias del Tribunal Supremo, anulando el Decreto 17 de octubre de 2008 del Gobierno central, y reforzando el criterio mantenido por el Tribunal Constitucional de considerar nulo de pleno derecho el traspaso a la administración andaluza de las competencias de gestión sobre el Guadalquivir, pone de manifiesto la improrrogable situación de interinidad en que se halla esta Cuenca intercomunitaria española, situación que la coloca al margen del ordenamiento jurídico constitucional.
2. Debe ser una prioridad para las dos administraciones implicadas devolver a la legalidad constitucional la gestión de la Cuenca, ahora mismo dudosamente salvada a través de una encomienda de gestión por seis meses, cuya legalidad también es controvertida, pues ha sido recurrida por diferentes colectivos, y que en cualquier caso no pasa de ser un instrumento absolutamente provisional y transitorio para el que no cabe prórroga alguna.
3. Es necesario defender una gestión de las cuencas e infraestructuras hidráulicas, especialmente de los embalses, bajo el más estricto respeto a la independencia técnica y al ejercicio de las potestades administrativas, algo que sólo se puede asegurar si toda la estructura está compuesta por personal independiente de los vaivenes políticos, esto es, funcionarios y laborales que accedieron a sus puestos mediante oposiciones. Los empleados públicos al frente de la gestión del agua, además de independientes, deben ser especialistas, y el planteamiento de otra estructura en la gestión de los ríos, es una postura que puede traer consigo, entre otros riesgos, un funcionamiento incorrecto de las presas, con las consiguientes afecciones a la población, servicios esenciales y bienes materiales y medioambientales.
4. El retorno a la constitucionalidad en la gestión de la Cuenca del Guadalquivir pasa única y exclusivamente por la devolución de todas sus competencias de gestión a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, de acuerdo con el modelo vigente en las cuencas intercomunitarias, modelo basado en el principio de unidad de cuenca y que garantiza la participación de la administración andaluza, como administración interesada en una Cuenca intercomunitaria que en efecto transcurre mayoritariamente por territorio andaluz.
5. El principio de Unidad de Cuenca es una destacada aportación histórica española a la gestión hidráulica en todo el mundo, que data de 1926, y que hoy está consolidado por la vigente Directiva Marco de Aguas como modelo de referencia para todo el ámbito comunitario. Este principio promueve que la gestión de las aguas se enmarque en las fronteras naturales de las cuencas, más que en fronteras administrativas o políticas, y desde criterios comunes para todo el ámbito territorial de cada Cuenca, acordados con la participación de los propios usuarios. La experiencia demuestra que el principio de unidad de cuenca aumenta la eficiencia de la gestión del agua, salvaguardándola controversias políticas y territoriales, y favoreciendo una mayor profesionalización en los criterios de gestión. En consecuencia, devolver al Guadalquivir al principio de unidad de cuenca, no es sólo favorecer su retorno a la constitucionalidad, sino también permitir una gestión más transparente, eficiente, eficaz y profesional.
6. A la vista de las sentencias sobre el Guadalquivir, los dos partidos políticos mayoritarios en España y Andalucía tienen el compromiso y la responsabilidad de sellar un gran pacto nacional, con consecuencias inmediatas para el Guadalquivir, que sirva para preservar el principio de unidad de gestión en esta Cuenca, y en todas las cuencas intercomunitarias españolas, y que permita el retorno de la gestión del Guadalquivir no sólo a la senda constitucional y a las propias leyes comunitarias sino también a la propia lógica de gestión racional y eficiente de los recursos públicos, prioritaria en los tiempos que vivimos.