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Secuestrados cada vez más cerca de su libertad

Secuestrados cada vez más cerca de su libertad

Después de que las FARC expresaran la necesidad de que se publicaran los protocolos de seguridad para avanzar en el proceso de liberaciones, el Gobierno publicó el documento que horas después fue aceptado por el grupo guerrillero y posteriormente firmado por el ministro de Defensa, Rodrigo Rivera.

La firma de este documento es un importante avance, pues fue la única exigencia de las FARC para revelar las coordenadas, por lo que una vez hecho, según la ex senadora Piedad Córdoba, “a más tardar los dos primeros días de la semana entrante” se conocerían los lugares elegidos por el grupo guerrillero para realizar las entregas.

Córdoba señaló además, que las liberaciones se realizarán en tres puntos diferentes. “Las personas ya están en los sitios donde serán entregadas. Colombianos y Colombianas por la Paz, así como el Gobierno, contactará a los familiares”, manifestó la ex funcionaria.


¿Qué puntos se acordaron en el protocolo de seguridad?

A continuación Diariocrítico revela el contenido íntegro de los acuerdos del documento:

  • El protocolo de seguridad establece que el CICR comunicará al Ministerio de Defensa, al Comando General de las Fuerzas Militares y a la Dirección General de la Policía Nacional antes del inicio de la operación humanitaria los desplazamientos de las aeronaves que se utilizarán para ingresar al país y para llegar a los puntos de concentración, sus características, los nombres e identificación de los tripulantes y pasajeros.
  • Las aeronaves ingresarán al - y regresarán del - país con los emblemas del CICR y con presencia de uno de sus delegados a bordo.
  • El CICR notificará al Ministerio de Defensa, al Ejército y a la Policía, en la tarde (hasta las 19h00 horas) de la antevíspera del día de cada operación, el área geográfica en donde se desarrollará la operación humanitaria.
  • El Ministerio de Defensa se compromete a que una vez recibidas y aprobadas las anteriores comunicaciones suspenderá o cancelará todo tipo de actividad militar y policial o de operaciones militares y policiales en el área geográfica que el CICR le haya comunicado, a partir de las 6:00 p.m. del día anterior a la operación y hasta las 6:00 a.m. del día siguiente a la operación.
  • En el caso de que se realicen varias operaciones humanitarias, es importante que no se inicie una hasta que no haya finalizado en su totalidad la anterior.
  • Quedarán suspendidos los sobrevuelos de aeronaves militares y civiles en el área geográfica determinada. Vuelos comerciales que por razones técnicas deban volar por debajo de los veinte mil pies de altura deberán desviarse fuera del área geográfica en donde se realice la operación o posponerse.
  • El Ministerio de Defensa suspenderá todo tipo de movimientos, operaciones militares y movilización de tropas por vías terrestres o campo abierto, por vías fluviales y desembarcos de tropas aerotransportadas o por embarcaciones fluviales en el área geográfica, durante el tiempo tenga duración la respectiva operación humanitaria.
  • Si hay una emergencia médica y la necesidad de evacuar enfermos o heridos de la Fuerza Pública presentes en el área geográfica determinada, la evacuación médica se ejecutará por el CICR, por vía terrestre, fluvial o aérea. En tal caso, el Ministerio de Defensa informará por escrito al CICR.
  • En el evento de que por fuerza mayor, dificultades meteorológicas o cualquier otro imprevisto el CICR considere que la operación deba demorarse más tiempo que el previsto  lo comunicará cuanto antes al Ministerio de Defensa.
  • El comandante de la tripulación brasilera a cargo de la operación logística podrá decidir en cualquier situación que considere de riesgo técnico o de cualquier otra naturaleza suspender el vuelo. En este caso y si la operación está aplazada hasta el día siguiente, las operaciones militares y policiales permanecerán suspendidas por 24 horas adicionales.
  • En caso de cancelación de la operación, el CICR informará al Ministerio de Defensa Nacional y se podrán reiniciar operaciones militares y policiales en el área geográfica determinada no antes de 12 horas después de que todas las partes (lo que incluye a las FARC-EP) hayan sido informadas de la cancelación de la operación. El cómputo de las 12 horas empezará después de una notificación explícita y escrita del CICR al Ministerio de Defensa en este sentido.


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