red.diariocritico.com

Un exdirigente de CCOO-A asegura no poder pagar la fianza civil porque está prejubilado y no tiene ni coche

domingo 24 de noviembre de 2013, 14:06h
El exsecretario de Organización, Finanzas y Comunicación de la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines (Fiteqa) de CCOO-A Juan Antonio Florido ha recurrido la fianza de responsabilidad civil de 353.353,96 euros que le impuso la juez que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares alegando que "no dispone de bienes para garantizar o hacer frente a dicha fianza", ya que "está prejubilado, reside en un piso en un barrio obrero de Sevilla y tampoco tiene vehículo".


En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de Juan Antonio Florido pone de manifiesto que su cliente, al que la juez Mercedes Alaya imputa dos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos tras ser incluido en cuatro pólizas, únicamente cuenta actualmente con los ingresos derivados de la póliza de prejubilación de la empresa Hytasal y el subsidio de desempleo.


El letrado alude igualmente en su recurso a la "falta de motivación" del auto en el que se adoptan las medidas cautelares, las cuales "no se estiman ni proporcional, ni idóneas ni necesarias", a lo que se suma que "no se dan ninguno de los presupuestos del tipo delictivo" para imputarle los delitos que la juez le atribuye.
NO EXISTE RIESGO DE FUGA

A su juicio, en este caso "no queda justificada" la adopción de la medida cautelar de libertad provisional, ni de retirada de pasaporte ni obligación de presentarse en el juzgado de manera periódica, ya que "no existe ninguna razón para que pueda sustraerse a la acción de la justicia", pues "está prejubilado y percibe el subsidio de desempleo para mayores de 52 años".


Así, su cliente "ha estado localizable en todo momento, una vez requerido, tanto para el registro de su domicilio como para su declaración ante la Guardia Civil y la juez", todo ello "pese a la inmediatez de estos acontecimientos y a no estar personado en el procedimiento" en el momento de llevarse a cabo todo lo anterior.


El letrado insiste, al hilo, en que "no existe ningún indicio de criminalidad" contra el imputado, y, entrando a analizar el delito de malversación, asevera que "existe una errónea interpretación del 'iter' del procedimiento en cuanto a la fecha de la extinción del contrato de trabajo" de Florido en Hytasal y su prejubilación y respecto "a la consideración de quién pagó las pólizas que se dice ha sido beneficiario".


Alaya imputa a Florido haber mantenido una "estrecha relación" con Vitalia a través de su responsable en Andalucía, el también imputado Jesús Bordallo, "realizando labores de captación de empresas de los sectores textil y químico, que se encontraban en procesos de reestructuración, y participando activamente en diversos procesos de regulación de empleo de empresas, en los que se han detectado irregularidades".
"PAQUETE COMPLETO"

De este modo, "y merced a sus relaciones" con los comités de empresas "gracias al cargo que ostentaba en CCOO", el imputado "habría ejercido como facilitador" para Vitalia, "aportando información acerca de empresas del sector textil y químico en situaciones de crisis y reestructuración", lo cual "habría propiciado que se les ofreciera un 'paquete completo' que suponía un ERE, con prejubilaciones y financiación pública garantizada".


Según la juez, en el año 2003 el imputado "se encuadra entre los trabajadores afectados" por el ERE acometido en Hytasal, "siendo beneficiario" de la póliza suscrita para el pago de las prejubilaciones de los afectados por el ERE, la cual fue financiada "fundamentalmente" por la Junta y "en la que resulta mediadora Vitalia".


Al año siguiente, Florido "vuelve a ser dado de alta" en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajador por cuenta de Hytasal, "llegándose a determinar" que el encausado "ha sido beneficiario de hasta cuatro pólizas --la contratada como consecuencia del ERE de Hytasal y otras tres pólizas individuales más--", cobrando por todas ellas 265.015,47 euros.


El abogado del exdirigente sindical dice que "no es cierto que se prejubilara en 2003, ni tampoco que fuera nuevamente contratado por Hytasal en 2004", sino que "lo que existe es una petición de reincorporación a su puesto de trabajo en esta empresa, aceptada por la misma, necesaria al tratarse de una excedencia forzosa, para proceder a extinguir el contrato de trabajo que les vinculaba".
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios
ventana.flyLoaderQueue = ventana.flyLoaderQueue || [] ventana.flyLoaderQueue.push(()=>{ flyLoader.ejecutar([ { // Zona flotante aguas afuera ID de zona: 4536, contenedor: document.getElementById('fly_106846_4536') } ]) })