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Confirma la imputación de altos cargos

La Audiencia reprocha a la Junta su actitud 'propia de defensa' en el caso ERE

La Audiencia reprocha a la Junta su actitud "propia de defensa" en el caso ERE

jueves 21 de noviembre de 2013, 13:59h
La Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado el recurso de apelación presentado por la Junta contra el auto en el que la juez Mercedes Alaya imputaba a 20 cargos y excargos de la Administración autonómica, entre ellos la exconsejera, exministra y actual vicepresidenta del Banco Europeo de Inversiones (BEI), Magdalena Álvarez, en el caso ERE.

Así lo dictamina la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla en auto dictado este jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que critica la "innecesariedad" de la actuación de la Junta, personada como acusación en el caso, pues con este recurso "viene materialmente a realizar labores propias de una defensa".

El tribunal pone de manifiesto que en este caso "no está en discusión la legitimación de la Junta como acusación particular", aunque "otra cosa es que se dote a sí misma" de una 'especial posición de garante del proceso' --tal y como subraya la Administración autonómica en su recurso-- "al modo que institucionalmente, conforme a la Constitución y a las leyes, en relación con la jurisdicción y en el seno del proceso, especialmente el penal, ostenta el Ministerio Público, quien, por cierto, solicita la confirmación del auto".

"No es el caso de la Junta, que no es parte institucional ni necesaria en el proceso penal como lo es el Ministerio Público, sino que interviene como una acusación particular más que legítimamente podrá defender sus intereses particulares, pero que no puede arrogarse potestades o facultades en el seno del proceso penal que no le corresponden", asevera la Audiencia.

LA JUNTA SE "ANTICIPA" A LA ACTUACIÓN DE LOS AFECTADOS POR EL AUTO

La Sala recuerda, en este sentido, que la Junta alegó la nulidad del auto en cuestión "por falta de motivación", para lo cual "invoca su derecho a la tutela judicial efectiva ante una posible posterior anulación por alegaciones de las defensas de los imputados", de manera que "lo que realmente está haciendo de hecho es anticiparse a una eventual actuación de las personas afectadas por la resolución recurrida de entender las mismas que han sido vulnerados sus propios derechos fundamentales, para lo que en verdad carece de legitimación la apelante por no ser la titular de los derechos que pudieran estimarse afectados".

En esta línea, la Audiencia señala que "el riesgo de nulidad que intenta enervar" la Junta "no se dará si ninguna de las personas afectadas lo recurre, a lo que se suma que "si alguna ellas lo impugnase --como consta a este tribunal que, al menos, una lo ha hecho-- ese derecho fundamental ya estaría defendido por quien realmente ostenta su titularidad".

"INNECESARIEDAD" DEL RECURSO DE LA JUNTA

Así, "puede alegarse igualmente la innecesariedad de la actuación de la Junta que, no obstante haberse constituido en la causa como parte acusadora, con la interposición de este recurso --lo que decimos con todos los respetos, pero hemos de afirmarlo-- viene materialmente a realizar labores propias de una defensa, de lo que es buena muestra el segundo motivo por el que defiende la legalidad del 'uso' de las transferencias de financiación".

"Podríamos comprender, lo que decimos en abstracto y a los solos efectos dialécticos, que una acusación particular no vea razonable la ampliación del objeto o de los sujetos del proceso, pero ello tendría encaje más razonable desde un punto de vista procesal en el apoyo al recurso de un imputado", pero "no en la formulación de un recurso propio contra la decisión" de la juez Mercedes Alaya.

Tras señalar que "lo que pudo ser causa de inadmisión a trámite del recurso de apelación, en este momento es causa de su desestimación", la Sección Séptima pone de manifiesto, igualmente, que "buena muestra de la confusión de planos procesales habida en el planteamiento del recurso son las adhesiones al mismo, formuladas solamente por cuatro imputados, dos de ellos, a mayor abundamiento, ni siquiera afectados por el auto" del pasado 28 de junio.

LAS ADHESIONES AL RECURSO

De este modo, se adhirieron al recurso de la Junta los abogados del exviceconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa Jesús María Rodríguez y del exinterventor delegado de Empleo Juan Luque --ambos imputados en el auto recurrido--, así como los letrados del exdirector general de Trabajo Daniel Alberto Rivera y del exconsejero de Empleo Antonio Fernández, que habían sido imputados con anterioridad al auto de 28 de junio.

Sobre este particular, la Audiencia Provincial considera que "no cabe adhesión" al recurso de apelación en fase de instrucción en el seno de un procedimiento abreviado, de manera que tales adhesiones "deberán equipararse a petición de estimación del recurso sin que, en caso de haber transcurrido para los adheridos el plazo para recurrir el auto controvertido, puedan añadir pretensiones propias o específicas".

En segundo lugar, indica que, "en cualquier caso, lo que se dice a los solos efectos dialécticos, de admitirse la posibilidad de adhesión al recurso, desestimando el recurso principal por razón de falta de legitimación de la recurrente, obviamente decaerían las adhesiones".

Además de Magdalena Álvarez, entre los imputados en el auto de 28 de junio figuran el exviceconsejero de Presidencia y director general de Presupuestos entre el 21 de abril de 2002 y el 26 de abril de 2009, Antonio Lozano; el exinterventor general de la Junta de Andalucía Manuel Gómez Martínez; los exviceconsejeros de Economía y Hacienda, José Salgueiro; de Innovación, Ciencia y Empresa, Jesús María Rodríguez y Gonzalo Suárez, y de Empleo, Justo Mañas, así como al actual director general de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), Antonio Valverde, y a sus antecesores en el cargo Miguel Ángel Serrano y Jacinto Cañete.

Alaya también imputó al exsecretario general técnico de las consejerías de Empleo y de Innovación Juan Francisco Sánchez García, quien también fue posteriormente director de Administración y Finanzas de IDEA; y a los también exsecretarios generales de la Consejería de Empleo Javier Aguado y Lourdes Medina, así como al exsecretario general de Hacienda Antonio Estepa.

LA AUDIENCIA YA ANULÓ PARCIALMENTE LA IMPUTACIÓN DE MAGDALENA ÁLVAREZ

De igual modo, fueron imputados el exdirector general de Presupuestos Buenaventura Aguilera; al actual interventor delegado en Empleo, Juan Luque; a los exdirectores generales del IFA Antonio Lara y Francisco Mencía, y a los exdirectores generales de Finanzas del propio IFA Pablo Millán y Juan Vela.

Cabe recordar que, a finales del pasado mes de octubre, la Audiencia Provincial de Sevilla anuló parcialmente el auto de 28 de junio en lo referente a la imputación de la exconsejera Magdalena Álvarez, solicitando a la juez que dictara una nueva resolución en relación a la exministra en la que "concretara" y "precisara" los hechos que le atribuye.

Tras ello, la magistrada dictó un auto en el que citó nuevamente a declarar como imputada a Magdalena Álvarez el día 7 de noviembre "a fin de colmar la exigencia de su derecho de defensa" y "por si quisiera ampliar algún extremo" de su primera declaración, prestada el 8 de octubre. Este nuevo auto de la juez ha sido igualmente recurrido por el abogado de la exconsejera ante la Audiencia.
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