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Ambos asuntos podrían llevar a nuestro país ante el Tribunal de Estrasburgo

Bruselas da un doble 'tirón de orejas' a España

> Abre un segundo expediente contra España por la tasa que impone a los telecos para financiar RTVE
> La Comisión da un ulitmátum para que se rebajen las emisiones contaminantes

La Comisión Europea ha echado un doble jarro de agua fría a España. Por un lado, ha abierto un expediente por la tasa que el Gobierno ha impuesto a los operadores de telecomunicaciones para financiar RTVE como compensación de la supresión de la publicidad, y por otro, el Ejecutivo comunitario anunció que se tomarán decisiones sobre los procedimientos de infracción contra seis países por incumplir la directiva europea de calidad de aire, entre los que se encuentra España.
Financiación de RTVE

"A la Comisión le preocupa que este nuevo gravamen sobre los operadores de telecomunicaciones pueda ser incompatible con las normas de la UE. Esta aportación parece afectar indebidamente a los operadores de telecomunicaciones, pudiendo limitar sus inversiones en nuevas redes y servicios avanzados y penalizando en definitiva a sus clientes", dijo la comisaria de Telecomunicaciones, Neelie Kroes, en un comunicado.

    Se trata del segundo procedimiento que lanza Bruselas contra el nuevo modelo de financiación de RTVE. El pasado mes de diciembre, el Ejecutivo comunitario ya abrió una investigación en profundidad por considerar que este modelo vulnera además las normas de la UE sobre ayudas públicas. De hecho, Bruselas cree que esta tasa podría constituir un "subsidio ilegal" para RTVE. Ambas investigaciones continuarán ahora "en paralelo", según explicó el portavoz de Telecomunicaciones, Jonathan Todd. La Comisión también ha abierto dos expedientes contra el modelo de financiación de la televisión pública en Francia, en el que se inspira el español.

    El nuevo modelo, que entró en vigor en septiembre, suprime la publicidad en TVE y obliga a los operadores de telefonía a contribuir a la financiación de la televisión pública con el 0,9% de sus ingresos, a las cadenas privadas a aportar el 3%, y a las de pago el 1,5%. El Ejecutivo comunitario cree que la tasa que se aplica a los operadores de telefonía "no está relacionada con los costes de regular el sector sino que está relacionada con la ausencia de ingresos publicitarios", según explicó el portavoz.

    Sin embargo, según las normas sobre telecomunicaciones de la UE, las tasas cobradas a los operadores de telecomunicaciones sólo pueden sufragar determinados costes administrativos y de reglamentación (principalmente las autorizaciones y las tareas de regulación) y deben ser objetivas, transparentes y proporcionadas. También se debe consultar oportunamente a las partes interesadas. "A la Comisión le preocupa el hecho de que la nueva tasa podría incumplir estas condiciones", según informó en un comunicado.

    La apertura del expediente adopta la forma de una carta de emplazamiento, primera fase de un procedimiento de infracción. El Gobierno tiene ahora un plazo de dos meses para responder a la denuncia de Bruselas. Si los argumentos de España no le convencen, la Comisión podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

Normas de contaminación del aire

La Comisión Europea ha enviado un último aviso por escrito a España por incumplir las normas de la UE sobre el nivel de partículas en suspensión peligrosas en el aire (PM10), que podría acarrear una denuncia ante el Tribunal de Justicia comunitario.

La CE anunció este jueves decisiones sobre los procedimientos de infracción contra seis países por incumplir la directiva europea de calidad de aire, tal como explica el Ejecutivo comunitario en una nota.

España, Chipre, Portugal y Bulgaria han recibido un apercibimiento por escrito -que supone un último aviso antes de llevar sus casos al Tribunal de Justicia de la UE- por sus niveles de concentración de PM10, en los tres primeros casos, y de dióxido de azufre, en el búlgaro. Por su parte, Eslovenia y Suecia han sido llevadas ya ante la Corte con sede en Luxemburgo por sus niveles de PM10.

El comisario europeo de Medio Ambiente, Janez Potocnik, ha instado a los Veintisiete a cumplir "rápidamente" las normas de calidad del aire y a reducir las emisiones, ya que ha considerado que "siguen siendo necesarios muchos más esfuerzos si queremos garantizar su cumplimiento pleno".

A principios de 2009, la CE envió una primera advertencia a los Estados que no cumplían con la directiva comunitaria sobre calidad del aire, que permite a los países solicitar -en determinadas condiciones y para zonas concretas de su territorio- una prórroga de limitada del plazo fijado para cumplir los niveles de PM10.

Chipre, Portugal y España presentaron solicitudes de prórroga, pero la Comisión rechazó la mayor parte de las zonas donde debe evaluarse la calidad del aire porque no cumplían todas las condiciones exigidas por la directiva. En cambio, Eslovenia y Suecia no solicitaron ninguna prórroga, por lo que dado que los dos Estados miembros, que recibieron una última advertencia en noviembre de 2009, siguen superando los valores límite de PM10, la CE ha decidido someter esos asuntos al Tribunal de Justicia.

Respecto a Bulgaria, tras evaluar su respuesta a un primer aviso que recibió el pasado mes de junio, la Comisión ha confirmado que en 2007 se habían superado los valores límite diarios y horarios de dióxido de azufre en dos zonas del país, por lo que considera que no ha cumplido los requisitos de la legislación europea.

Los valores límite de PM10 -emitidas principalmente por las industrias, el tráfico y las calefacciones domésticas- imponen un valor de concentración anual de 40 microgramos por metro cúbico y un valor de concentración diario de 50 microgramos por metro cúbico, que no debe superarse más de 35 veces por año.

Por su parte, los valores límite del dióxido de azufre consisten tanto en una media diaria (125 microgramos por metro cúbico) que no puede superarse más de 3 veces al año, como en una media horaria (350 microgramos por metro cúbico) que no puede superarse más de 24 veces al año.
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