La magistrada, que se vio obligada a suspender la lectura nada más iniciarla a causa de los disturbios provocados por los procesados, especificó que KAS constituía el frente de masas y el frente mediático de ETA. Dijo que la banda terrorista concedía a este frente una "vital importancia" dada su actuación conjunta con la lucha armada.
Las actividades de las citadas organizaciones estaban dirigidas, en opinión del tribunal, a lograr una "acumulación de fuerzas" en apoyo a las actividades etarras.
En cuanto a EKIN, la juez --que también ha actuado como ponente de la sentencia-- explicó que "no es más que KAS disfrazada bajo un manto de aparente legalidad". "Es parte esencial de ETA, no sólo presta su apoyo, está en su corazón", agregó.
Murillo mencionó también en su resumen de la sentencia, que supera los 1.100 folios de longitud, a XAKI, a la que definió como brazo internacional. Según la sentencia las vinculaciones de esta organización con la banda terrorista quedan demostradas por la presencia en su seno de miembros de Herri Batasuna (HB) que actuaban en calidad de representantes internacional en distintos países.
Tres condenados en paradero desconocido
Ángela Murillo puso de manifiesto en su lectura que 3 de los 52 procesados se encuentran a día de hoy en paradero desconocido. Se trata de Inmaculada Berriozabal, Nekane Txapartege y Miguel Angel Zuluaga. En cuanto al resto, 35 de ellos se encuentran en prisión tras la orden de detención dictada en su contra por la Audiencia Nacional el pasado 30 de noviembre.
A continuación, comenzó a dar lectura al contenido completo del fallo que incluye penas por delitos relacionados con el terrorismo que superarán los 527 años de cárcel.
Pena total superior a los 500 años
La sentencia que condena a 47 Procesados en el macrojuicio contra el entorno de ETA a una pena total superior a los 500 años considera que la desobediencia civil es "
otra forma de lucha en aras a alcanzar la construcción nacional en Euskal Herría" promovida de forma directa por ETA.
Según la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, la promoción de estas acciones corrían a cargo de la Fundación
Josemi Zumalabe, encargada de dinamizar las actividades sociales y movimientos populares. Sus integrantes colaboraron con ETA puesto que la Fundación
"fue concebida para promover la desobediencia civil como otra forma de lucha".
"Volver loco al Estado"
Este aspecto figura recogido en distintos documentos incautados y que han sido considera por el tribunal prueba de cargo contra los condenados. Uno de ellos, confeccionado por el condenado
Miguel Ángel Zuloaga con el nombre 'Pitzu Euskal Herría', propone
"volver loco" al Estado con este tipo de acciones para
"romperles en sus morros su propia legalidad".
Entre los documentos mencionados se encuentra también el 'zutabe' número 72 en el que ETA anuncia que la izquierda abertzale tiene un gran reto a la hora de encauzar la desobediencia civil.
"Los miembros de la izquierda abertzale deben mostrar su coherencia también en la vida diaria", decía el artículo del boletín interno de ETA.
En el zutabe se aseguraba también que la banda terrorista consideraba necesario encontrar nuevas formas de enfrentamiento con los Estados opresores y gracias a ellas dar
"pasos concretos" y "
sin retorno" en la construcción de Euskal Herria.
Así, ETA defendía una actitud que creara
"incomodidad en todas partes, en todos los lugares donde se da la imposición francesa o española" debido a que "
los ciudadanos vascos" no se pueden sentir "
cómodos" mientras estén
"oprimidos".
Otro de los documentos mencionados en la sentencia es un texto monográfico de la revista 'Ezpala' de KAS. En el escrito uno de los condenados,
Mario Zubiaga, defendía la práctica de la desobediencia civil como algo "
no excluyente de otras formas de lucha".
La desobediencia debía, incluir formas de violencia de baja intensidad" que provocarían de forma inevitable una respuesta del Estado. Lo
"desmedido de las sanciones" estatales contra estos actos constituye un "
nuevo eje deslegitimador del sistema político".
"Un mundo mejor"
Los jueces han considerado que, a pesar de que los acusados intentaron durante la vista oral justificar sus acciones como una forma legítima de crear un mundo mejor y más justo las consecuencias
"no casan con tanta bondad y belleza". "
Por esas casualidades que a veces depara el destino los acusados practicantes de la desobediencia civil perseguían los mismos objetivos que la organización terrorista ETA".
En cuanto a XAKI, aparato internacional de la banda terrorista, la resolución recoge que constituye "
un pequeño Ministerio de Asuntos Exteriores de ETA".
En los años 90 ETA considera que para desarrollar sus relaciones internacionales precisa "
de manera forzosa contar con individuos que en apariencia no tuvieran vinculación con ella" para contactar con grupos políticos y sociales de distintos países "
que no estarían dispuestos a establecer tratos con miembros de una organización terrorista", indica el fallo.
Esta postura quedó reforzada tras las conversaciones de Argel debido a que ETA consideró que su fracaso vino provocado porque la banda armada
"no supo crear un estado de opinión a nivel internacional favorable".
Las principales pruebas contra los condenados pertenecientes a este aparato proceden de documentos incautados al dirigente de ETA
José María Dorronsoro en la localidad francesa de Bidart en 1993. Los jueces recogen también las declaraciones judiciales del condenado
Miguel Angel Eguibar que reconoció que la banda armada le encargó pasaportes y que captara a dos personas que respaldaran a los miembros de la organización.
ETA no sólo transmitía opiniones sino también órdenes sobre las tareas que debían desarrollar estas personas. Además, según la contabilidad incautada en los ordenadores, HB, Gestoras Pro Amnistía, Askapena, Jarrai y Lab mantenían una
"caja común" con la que se pagaba los gastos de XAKI.
Diario Egin
La Sala considera también acreditado que el periódico Egin y las empresas relacionadas con la editorial Orain estaban dirigidas por ETA.
Según la sentencia tanto Teresa Toda, directora adjunta del diario, como Javier María Salutregi, director de la publicación, fueron designados por la banda terrorista tras una reunión celebrada con
José Luis Álvarez Santacristina, alias 'Txelis'.
Además, los jueces mencionan que el periódico se señalaba a determinadas personas que posteriormente sufrieron atentados terroristas. El tribunal responsabiliza de algunos de esos señalamientos a
Txema Matanzas, responsable del frente de 'makos' y condenado como dirigente.