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Una hora antes de su emisión por la televisión catalana

La Junta Electoral Central prohibió el 'cara a cara' entre Mas y Montilla en TV3

La Junta Electoral Central prohibió el 'cara a cara' entre Mas y Montilla en TV3

Definitivo: no habrá 'cara a cara' entre el convergente Artur Mas y el socialista José Montilla. Tras una larga tarde debate y una hora antes del programado debate en la televisión autonómica catalana, la Junta Electoral Central ratificó por unanimidad la decisión de la Junta Provincial de Barcelona, que se opuso por la mañana a la emisión de este debate en directo entre los dos principales candidatos a presidir la Generalitat.

La Junta Electoral Central ha prohibido por unanimidad el previsto debate cara a cara entre los candidatos de PSC y de CiU a las elecciones catalanas, José Montilla y Artur Mas, que se debía emitir en directo TV3 este mismo martes a las 22.30, han informado a fuentes de la Junta.

   Lo ha decidido en una reunión que empezó a las 18.30, justo una hora antes del debate y poco después de que la Junta Electoral Provincial de Barcelona prohibiera la emisión.

   Los recursos de PSC y de CiU han obligado a elevar a la Junta Electoral Central la decisión sobre el debate, que rechazaban el resto de candidatos de los grupos con representación parlamentaria, alegando falta de pluralismo.

   La justificación de la Junta se basa en que la petición del debate no se ha producido con los cinco días de antelación necesarios, previstos en la Instrucción de la Junta Electoral Central vigente desde 1999, y no en que la celebración de un cara a cara entre las dos fuerzas políticas con mayor representación pueda ir en contra del resto de candidaturas.

   De este modo, la Junta recuerda que de manera "constante" se ha exigido que la organización de los debates se haga "con criterio de previsión y antelación suficiente", como garantía de igualdad respecto a los candidatos concurrentes a las elecciones. De hecho, considera que la antelación "lejos de ser un mero elemento formal, constituye un instrumento imprescindible" para garantizar el pluralismo político.

Compensar a los minoritarios

   El plazo de preaviso de cinco días "no se alza contra el derecho de los electores" a conocer las propuestas, sino que es la manera de garantizar que el debate respete el pluralismo e igualdad, ya que el resto de candidatos podrían ser "compensados" con entrevistas u otros debates. El supuesto perjuicio a los electores había sido esgrimido por uno de los dos partidos, cuyo nombre la Junta no especifica.

   De hecho, precisa específicamente que un debate entre PSC y CIU "no supone desequilibrio o desproporción" para el resto de fuerzas políticas "siempre que las fuerzas políticas que no participen en dichos debates bilaterales sean compensados", con dicha vía adicional de debates y entrevistas.

   En la misma línea, subraya que la organización de uno o varios debates son una herramienta "fundamental" para el fortalecimiento del proceso democrático, si bien su ordenación es una cuestión que queda "al criterio de la dirección del correspondiente medio de comunicación", que solo debe limitarse por el respeto al citado pluralismo político y social y la neutralidad informativa.

   Finalmente, la Junta Central ratifica la decisión de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, puesto que en ella el organismo se limita a exigir el cumplimiento de la legislación, y la solicitud de un debate cara a cara sin concretar la fecha ni la duración "no puede considerarse que cumpla las especificaciones establecidas".

   El fallo, contra el que cabe interponer un recurso contencioso-administrativo, concreta que la Corporació Catalana de Mitjas Audiovisuals (CCMA) ha tenido que presentar una nueva comunicación detallando fecha y duración del debate ante la no comunicación de estos detalles en un primer momento.


 

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