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Rector Rondón dice que CNE no posee exclusividad en iniciativas de ley en materia electoral
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Rector Rondón dice que CNE no posee exclusividad en iniciativas de ley en materia electoral

jueves 07 de abril de 2016, 17:15h
El rector principal del Consejo Nacional Electoral, Luis Emilio Rondón, considera que el Proyecto de Ley Orgánica de Referendos aprobada en primera discusión por el parlamento nacional se encuentra enmarcado dentro de la norma constitucional, que en su artículo 187 numeral 1 establece que a la Asamblea Nacional le corresponde “legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional”.

A su juicio, aunque la Carta Magna en su artículo 204 numeral 6, le confiere al CNE la posibilidad de presentar iniciativas de ley relativas a la materia electoral, no ordena que dichas iniciativas deban ser planteadas exclusivamente por el Consejo Nacional Electoral.

En tal sentido Rondón recordó que “tal como lo establece la Constitución, en los últimos 10 años la Asamblea Nacional ha aprobado leyes en materia electoral cuya iniciativa ha surgido del mismo seno del parlamento y no del Poder Electoral. Un ejemplo de ello es la Ley Orgánica de Procesos Electorales presentada ante el parlamento por el diputado Darío Vivas en mayo de 2009 y sancionada dos meses después”.

También recuerda Rondón que en 2010 la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Reforma Parcial de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones presentada ante el parlamento por cuatro diputados: Tulio Jiménez, Iris Varela, Edgar Lucena y Hernán Pacheco.

El rector principal del CNE además destaca que en múltiples sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se facultó al CNE a reglamentar los procesos electorales y referendos – como en efecto se realizó en 2003, 2004, 2007 y 2009 – pero solo hasta que la Asamblea Nacional aprobara la Ley Orgánica de Referendos.

Rondón valora como positivo que la Asamblea Nacional desarrolle una ley especial, los procedimientos jurídicos que permitirán la materialización de los referendos como un medio de participación política establecido como un mandato en la Constitución Nacional, iniciativa que por cierto tiene rezagada más de una década.

Es por ello que el pasado lunes y en respuesta a una invitación realizada el 31 de marzo del presente año por Delsa Solórzano, presidenta de la Comisión Permanente de Política Interior de la Asamblea Nacional, a los fines de “escuchar su opinión especializada sobre el mencionado Proyecto de ley con el propósito de lograr la regulación más adecuada del procedimiento de los referendos”, el rector Rondón remitió ante la Comisión un informe sobre el Proyecto, en el que presentó aspectos y consideraciones que a su juicio deben estar presentes en este texto legal que viene a resarcir el rezago legislativo en esta materia.

El rector reiteró su disposición para continuar contribuyendo en la realización de la Ley Orgánica de Referendos en cumplimiento con el mandato constitucional contenido en el artículo 70 que ordena que la ley debe establecer las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación, entre los que se encuentran los referendos.

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