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Alega que los jueces "no pueden negarse a ejercer la función jurisdiccional ni retrasar artificialmente la administración de justicia"

El PP-A pide anular el auto donde Núñez rediseñó la división del caso ERE

El PP-A pide anular el auto donde Núñez rediseñó la división del caso ERE

viernes 20 de noviembre de 2015, 20:47h

El PP-A ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Sevilla para que anule el auto donde la juez María Núñez Bolaños acordó rediseñar la división en piezas del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos acordada el 30 de julio, dejando como pieza matriz la causa originaria de los ERE de 2011, de ayudas sociolaborales y directas, y desgajando de esta matriz otras seis piezas con las que se comienza a trabajar, dándoles una tramitación preferente con el fin de que puedan ser enjuiciadas en el menor tiempo posible.

En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el PP-A pone de manifiesto que "las modificaciones introducidas" en este auto de 9 de noviembre respecto a la parte dispositiva de la resolución del 30 de julio donde acordó la división en piezas del caso ERE, "lejos de ser un complemento de éste supliendo una omisión manifiesta en el mismo, es un nuevo auto con un contenido propio y diferenciado que excede de las posibilidades que otorga" la Ley.

"Asimismo, tampoco se da respuesta alguna a pretensiones previa y debidamente deducidas por las partes puesto que, como bien pone de manifiesto" la Fiscalía Anticorrupción en su escrito de 24 de septiembre de 2015, "la única parte en el proceso que instó la división de la causa en piezas, motivo al que obedece el dictado del auto, fue este Ministerio Público", asevera el PP-A en su recurso.

Al hilo de ello, asevera que "el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva presenta como una de sus manifestaciones el que las resoluciones judiciales no pueden ser modificadas sino en los supuestos previstos de forma taxativa en el ordenamiento".

El PP-A añade en este recurso consultado por Europa Press que, tras dictarse "apresuradamente" el auto de 30 de julio donde la juez acordó la formación de piezas separadas, "también con premura se han incoado hasta cinco piezas separadas", referentes a Surcolor y Surcolor Óptica, Acyco, Río Grande, Calderinox y Matadero de Fuenteobejuna. "Las dos primeras sí han sido recogidas en el auto de 9 de noviembre, no así las tres restantes", precisa.

Y es que, en este último auto, la magistrada desgajó de la pieza matriz el denominado procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas, las sobrecomisiones pagadas en las pólizas de prejubilaciones, las empresas Acyco, Surcolor y Surcolor Óptica S.A., y Cenforpre, y las ayudas a los empresarios de la Sierra Norte de Sevilla José Enrique Rosendo y José María Sayago.

En esta línea, recuerda el PP-A que el auto de 9 de noviembre, al dividir la causa "sólo" en seis piezas, "mantiene que se desgajarán 'en un futuro nuevas piezas para su enjuiciamiento cuyo diseño se realizará en atención al contenido de las sentencias que se dicten por la Audiencia Provincial".

"CAMBIO DE PARECER" DE LA JUEZ

"¿En qué situación estamos? ¿el supuesto complemento ha dejado sin efecto la incoación de las piezas separadas de Río Grande, Calderinox y Matadero de Fuenteobejuna? ¿éstas quedan suspendidas a la espera del pronunciamiento de la Audiencia, como se deduce del primer párrafo de la nueva parte dispositiva?", se preguntan los 'populares', que critican que, "sin que se haya realizado actuación procesal alguna que en cierta medida justificase su cambio de parecer, el Juzgado ha acordado tácitamente dejar sin efecto tres de las nuevas piezas incoadas".

Esta actuación, a juicio del PP-A, "no solo quebranta el justo principio del derecho que a nadie le es lícito ir contra sus propios actos, sino que además vulnera el de seguridad jurídica, el de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y el de la tutela judicial efectiva, consagrados" en la Constitución española, "y el de invariabilidad de las resoluciones judiciales si no es a través de los recursos previstos en las leyes".

El PP-A, además, señala que la frase, contenida en el auto de 9 de noviembre, que dice "... desgajándose en un futuro nuevas piezas para su enjuiciamiento cuyo diseño se realizará en atención al contenido de las sentencias que se dicten" por la Audiencia Provincial, "supone, de facto y en una aplicación literal, una negativa de la juez a la administración de Justicia, al retrasar la incoación de nuevas piezas hasta que exista un pronunciamiento de la Audiencia mediante 'sentencias'".

"Es decir, no se aperturarán nuevas piezas hasta que se enjuicien al menos dos de las piezas en las que se divide la causa, lo que previsiblemente, en el supuesto más optimista, no sucederá hasta dentro de al menos un año", asevera el PP-A.

DILACIONES INDEBIDAS

De esta manera, y "al tener que esperar a que la Audiencia se pronuncie para continuar con la incoación de piezas separadas, se estaría rehusando por el Juzgado, de manera infundada, a ejercer la función jurisdiccional, paralizándose la instrucción penal sobre determinados hechos en grave perjuicio de los derechos de los imputados, entre los que se encuentra el de un proceso sin dilaciones indebidas, o provocando la prescripción sobre aquellos sujetos que aún no han sido imputados".

A juicio del PP-A, el auto "es nulo de pleno derecho por ser contrario al derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, y es que para garantizar el derecho a la defensa de todas las partes en el proceso, tanto acusaciones como defensas, en la formación de las piezas separadas deberán seguirse los criterios garantistas establecidos por el Ministerio Fiscal en las presentes actuaciones y que hasta hoy han sido desoídos por la juez".

Según precisa, la decisión judicial de formar piezas separadas "debe exteriorizarse mediante resolución judicial en forma de auto motivado, dictado en las presentes diligencias previas, delimitando objetiva y subjetivamente, aún con carácter indiciario y provisional, el contenido de cada pieza", tras lo que "procederá delimitar qué testimonios de la causa principal deben incorporarse a la pieza separada".

Una vez dictado el auto de formación de la pieza separada, y según expone el PP-A, "debe llevarse testimonio del mismo a la causa que se incoe para la pieza separada, donde deberá tenerse de inicio, al tratarse de una pieza desgajada de la causa principal, por partes personadas a todas las demás acusaciones, tanto particular como popular, así como a aquellas personas delimitadas como imputados en el auto".

"En la medida que el auto impugnado no se adecua a las exigencias de legalidad procesal que ya ha exigido el Ministerio Público", el PP-A reclama a la Audiencia que anule el auto de 9 de noviembre y revoque y deje sin efecto la resolución inicial de 30 de julio.

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