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Promovida por la plataforma 'Compromiso social para el progreso de Andalucía'

El Parlamento remite a la Junta la ILP para un sistema de renta básica

El Parlamento remite a la Junta la ILP para un sistema de renta básica

sábado 11 de julio de 2015, 16:03h

La Mesa del Parlamento ha acordado la remisión al Consejo de Gobierno de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para regular un sistema de renta básica para la inclusión en Andalucía, con el fin de que manifieste su criterio respecto a la toma en consideración de la misma y su conformidad o no con la tramitación parlamentaria.

Esta iniciativa legislativa popular fue registrada en noviembre de 2014 en la Cámara por representantes de las organizaciones sociales y sindicales que conforman la plataforma 'Compromiso Social para el Progreso de Andalucía' y cuyo objetivo es conformar un 'Sistema andaluz de Renta Básica' que, por una parte reconozca el derecho estatutario a una renta básica que garantice unas condiciones de vida digna, y por otra parte, elimine el riesgo de exclusión social, personal y laboral, facilitando la inclusión de quienes carezcan de recursos suficientes.

La plataforma promotora recuerda que la renta básica es un mandato recogido en el Estatuto de Autonomía, en su artículo 26.6, y ha querido dejar claro que con esta iniciativa no se busca "solo una renta dineraria", sino la articulación de medidas que conformen un plan de inclusión, a través de la coordinación de las distintas administraciones.

La percepción de la renta básica propuesta en la iniciativa, que ya ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOPA), estaría condicionada al cumplimiento de una serie de requisitos, entre los que se encuentra la suscripción de un plan individualizado de inclusión por la persona perceptora. En tal sentido, el plan se configura como "un instrumento personalizado que busca de la integración a través de una serie de medidas de carácter social y/o laboral".

La iniciativa, consultada por Europa Press, consta de 27 artículos distribuidos en siete títulos. El artículo 4 establece que la finalidad de la renta básica comporta el derecho a la satisfacción de las necesidades básicas para una vida digna de los titulares del derecho, promoviendo su integración social y laboral. Se añade que dicha integración se facilitará mediante el apoyo económico y a través de las actuaciones que se determinen en el Plan Individualizado para la Inclusión Sociolaboral.

Asimismo, se indica que el derecho a los apoyos personalizados para la inserción laboral y social, sin perjuicio de lo que disponga al respecto la normativa específica sobre empleo y servicios sociales, se prestarán a las personas preceptoras de la renta básica, a fin de prevenir su exclusión social y favorecer su incorporación al empleo e integración social.

En cuanto a la cuantía de la prestación económica de la renta básica, tendrá como referencia el Indicador Público de Renta de Efecto Múltiple-(Iprem) vigente en el momento, mientras que la cuantía de la prestación básica del sistema de renta básica se establece en el 80 por ciento del Iprem. Por cada miembro de la unidad familiar o de convivencia distinto del titular se reconocerá un complemento de la prestación.

Asimismo, la iniciativa recoge que cuando la persona solicitante tenga la condición de víctima de violencia de género y sea beneficiaria del programa de renta activa de inserción, tendrá derecho a percibir los complementos por cada uno de los miembros de la unidad familiar o de convivencia que dependan económicamente de ella.

En definitiva, el importe de la prestación económica de renta básica será la cantidad necesaria para completar los recursos económicos de la unidad familiar o de convivencia hasta alcanzar la prestación máxima que le correspondería si no tuviera recursos. La cuantía máxima de la prestación a percibir será del 128 por ciento del Iprem en cómputo mensual.

En la iniciativa también se recoge que las personas que accedan al sistema de renta básica tendrán derecho a disponer de un plan individualizado
de inclusión gestionado por la comunidad para la consecución de la integración sociolaboral de los destinatarios de la prestación. Con carácter general, dicho plan tendrá que estar elaborado y suscrito en un plazo de no más de seis meses desde el reconocimiento de la prestación económica.

Como se recordará, la Ley andaluza de iniciativa legislativa popular y de los ayuntamientos establece que se ejercerá dicha acción mediante la presentación ante la Mesa del Parlamento de una proposición de Ley suscrita por las firmas de, al menos, 40.000 ciudadanos que se encuentren inscritos en el censo electoral vigente y por acuerdo, adoptado por mayoría absoluta, de los plenos de 25 ayuntamientos andaluces o de diez cuando estos representen al menos globalmente a 40.000 electores, de acuerdo con el censo autonómico andaluz vigente el día de presentación de la iniciativa ante la Mesa de la Cámara.

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