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El Supremo confirma la condena a la madre que mató y congeló a sus bebés
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El Supremo confirma la condena a la madre que mató y congeló a sus bebés

jueves 11 de junio de 2015, 15:40h
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 35 años de cárcel que la Audiencia Provincial de Sevilla impuso por dos delitos de asesinato a Sara L.H., la mujer de Pilas que mató a dos bebés suyos que, en noviembre de 2012, fueron hallados por su ya exmarido en sendos congeladores de la vivienda familiar, según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, la Audiencia Provincial condenó a Sara a 17 años, seis meses y un día de prisión por cada uno de los dos delitos de asesinato con alevosía y al pago de una indemnización de 199.654,31 euros a su exmarido y de 49.848,60 euros a dos de sus hijos menores de edad, declarando como máximo de cumplimiento efectivo de la pena 25 años de cárcel.

El pasado mes de enero, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA rechazó tanto el recurso interpuesto contra este fallo por el abogado de la condenada, que solicitó su libre absolución, como el presentado por la Fiscalía, que pidió inhabilitar a la parricida para el ejercicio de la patria potestad sobre sus dos hijos mayores.

"CUADRO DE INDICIOS EXUBERANTE"

En la sentencia, la Sala de lo Penal del Supremo considera que la resolución del TSJA "es de una racionalidad irreprochable, por la existencia de un cuadro de indicios ciertamente exuberante, del que forman parte las siguientes evidencias: la acusada disimuló con eficacia sus embarazos; los niños nacieron vivos, y, precisamente, alumbrados por ella, que dio a luz en soledad por propia decisión".

A ello se suma que los bebés "llegaron a respirar, su muerte no fue natural y aconteció en ese contexto, y fue ocultada, del mismo modo que el nacimiento, por el procedimiento, debido a la misma, de encerrar los cadáveres en un congelador, donde tiempo después serían descubiertos", sostiene el Supremo en su sentencia.

El Tribunal Supremo admite que es cierto que "falta el dato de la concreta modalidad de causación de la muerte, pero en esa constelación" de indicios "tal ausencia carece de relevancia", por lo que considera que no cabe "hablar de defecto alguno en la elaboración del objeto del veredicto ni de menoscabo de las garantías procesales fundamentales" de la acusada.

OCULTACIÓN DEL EMBARAZO

También rechaza el Supremo que se haya producido en este caso una vulneración del derecho a la presunción de inocencia y del principio 'in dubio pro reo', pues la Audiencia contó, como indicios, "con la ocultación del embarazo, del parto y del nacimiento de los niños, con el fallecimiento de estos por asfixia mecánica, asimismo ocultado, y con la ocultación también de los cadáveres".

Por ello, "no hay hipótesis dotada de la necesaria calidad explicativa ni más plausible que la de las acusaciones, acogida en la sentencia del jurado", a lo que se suma que "no existe ninguna contraprueba que pueda oponérsele" ni tampoco "el menor dato indiciario que permita conjeturar siquiera que toda esa secuencia de acciones pudo deberse a otra causa que el designio de la propia acusada de operar reflexivamente del modo que, con patente certeza práctica, ha podido comprobarse".

Por último, el Supremo pone de manifiesto que "la calificación de asesinato por la concurrencia de la alevosía dada a cada uno de los hechos no puede ser más correcta ni más obvia".

EL VEREDICTO DEL JURADO

En septiembre de 2014, el jurado declaró probado por mayoría de ocho votos a favor que la acusada mató "intencionadamente" al bebé nacido el 24 de junio de 2011 y que fue hallado por su exmarido el 9 de noviembre.

Asimismo, y respecto al bebé hallado el 27 de noviembre de 2012 también por su exmarido en un arcón congelador de la vivienda, que nació entre los años 2002 y 2008, el jurado declaró culpable a la imputada por una mayoría de siete votos a favor. En ambos casos, la acusada actuó sin que los bebés tuvieran "posibilidad de defensa".

El jurado consideró probado que la acusada, en fecha no determinada pero comprendida entre los años 2002 y 2008, quedó embarazada de su marido, "decidiendo ocultar el embarazo y dar a luz en solitario", de manera que, "llegado el día, dio a luz a un varón" en su vivienda "sin intervención de nadie", teniendo el recién nacido "respiración pulmonar independiente una vez separado del claustro materno".

"Aprovechando que, al hallarse sola, éste --el bebé-- no podía recibir auxilio alguno, la acusada dio muerte por asfixia mecánica al recién nacido", tras lo que "lo metió en bolsas que escondió en un congelador del domicilio familiar, entre alimentos, para que quedase oculto", consideró probado el jurado, que precisó que el cuerpo de este bebé fue hallado sobre las 10,30 horas del 27 de noviembre de 2012 por su marido cuando estaba realizando labores de limpieza del electrodoméstico.

El jurado declaró probado, asimismo, que en los últimos meses de 2010, Sara quedó embarazada de su marido, "decidiendo ocultar el embarazo y dar a luz en solitario", de manera que el 24 de junio de 2011 se introdujo en la bañera de su vivienda, "parcialmente llena de agua", y dio luz al bebé, el cual "estaba completamente formado, sin deformidades aparentes y con capacidad para desarrollar vida autónoma, y respiró fuera del seno materno".

OCULTOS ENTRE ALIMENTOS

Según el jurado, la acusada, "tal y como tenía previsto, provocó la muerte al recién nacido por asfixia mecánica, causándole insuficiencia respiratoria aguda", tras lo que "lo introdujo, junto con la placenta y el cordón umbilical, en una bolsa de plástico que introdujo ocultándola junto con alimentos en un cajón del congelador que normalmente no era utilizado por otros miembros de la familia".

El cuerpo de este bebé fue hallado sobre las 17,00 horas del 9 de noviembre de 2012 por su marido.

Para llegar a la conclusión de que los bebés nacieron vivos y respiraron fuera del claustro materno, el jurado tuvo en cuenta el informe pericial elaborado por los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) que practicaron la autopsia a los dos bebés, y que en el juicio ratificaron que ambos nacieron vivos, "a término" --tras una evolución de la gestación de 40 semanas--, y fallecieron por asfixia mecánica por sumersión, es decir, por ahogamiento.

En su declaración en la vista oral, la acusada aseguró que ocultó los embarazos a su ya exmarido por "miedo" a que la obligara a abortar, explicó que el primero de los bebés hallados en noviembre de 2012 en un congelador de su vivienda nació muerto, y dijo no recordar ni el embarazo ni el parto del segundo bebé que fue encontrado en un arcón congelador del mismo inmueble.
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